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MIS FACILIDADES. REHABILITACION DE CUOTA Y PAGO MEDIANTE VEP. RG 3926

Se habilíta en el sistema “Mis Facilidades” la opción para rehabilitar las cuotas impagas de planes de facilidades de pago y ser abonadas a través de un VEP.

Este procedimiento también resultará aplicable para el caso de cuotas impagas originadas en una solicitud de cancelación anticipada total.

La opción se encontrará disponible para su utilización una vez que la entidad bancaria acredite la falta de débito de la/s cuota/s, luego del segundo intento de débito, excepto para los planes de facilidades establecidos por la RG 3756, en los que la rehabilitación estará disponible sin esperar el resultado del débito.

Tener en cuenta:

1. Si se cancelara una misma cuota más de una vez, se la considerará abonada con el primer pago registrado y el excedente quedará a disposición del contribuyente para su posterior reafectación o devolución.

2. Se podrá generar un solo VEP por día y tendrá validez hasta la hora 24 del día de su generación.

3. En caso que el VEP se genere en un día feriado o inhábil no se trasladará su vencimiento al día hábil inmediato siguiente. Por ello deberá considerar que el lapso coincida con los días y horarios de prestación del servicio de la respectiva entidad de pago.

4. La cuota rehabilitada incluirá por el período de mora transcurrido desde la fecha de vencimiento original de la cuota hasta la fecha del VEP, los intereses resarcitorios previstos en el Art. 37 ley 11683 o en el Art. 794 ley 22415.

5. La cancelación de las cuotas impagas por esta metodología será considerada en el proceso que determina la caducidad del plan.

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