Desde el jueves pasado el sistema “Mi simplificación II” no permite informar bajas a través de la pagina Web de AFIP. Según la RG (AFIP) 2988/10 la comunicación de la baja deberá realizarse dentro del plazo de 5 días corridos, contados a partir de la fecha, inclusive, en que se produjo la extinción del contrato de trabajo, por cualquier causa. Motivo por el cual aquellos empleadores que tienen bajas de empleados con fecha 14/2/2013 hoy seria el ultimo día para informar la baja.
¿Cómo informar la baja si “Mi Simplificación II” no funciona?
El empleador deberá presentación el formulario de F. 885/A , por duplicado, ante la dependencia de la AFIP en la cual se encuentre inscripto. En este supuesto, la aludida dependencia tramitará la respectiva comunicación y entregará al empleador, de corresponder, como constancia provisional del trámite el duplicado del F. 885/A, con el sello de recepción. Dicha constancia tendrá una validez de 2 días hábiles administrativos, lapso en el cual el empleador deberá retirar el respectivo acuse de recibo. Transcurrido el mencionado plazo sin que el empleador haya retirado el acuse de recibo de la presentación del F. 885/A, se procederá al archivo de ambos documentos, en el legajo del empleador.
BIENES PERSONALES DETERMINACIÓN E INGRESO DEL GRAVAMEN. RG 4266
Resolución General 4266 – Impuesto sobre los Bienes Personales. Determinación e ingreso del gravamen. Resolución General N° 2.151, sus modificatorias y complementarias. Norma modificatoria. Ciudad de Buenos Aires, 21/06/2018 VISTO ...
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