Debido a que en el Libro Digital de Sueldos y Jornales de AFIP, correspondiente a los meses de enero y febrero de 2023, no se encuentra estampada la rúbrica de la Provincia de Santa Fe, se tendrán por rubricados los libros, que fueran generados hasta el 31 de marzo del 2023.
Para los empleadores no intimados y/o que se encuentren excluidos de la presentación de Libro Digital de Sueldos y Jornales de AFIP, se otorga validez anual, por el período 2023, a la rúbrica bimestral solicitada ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, conforme lo dispuesto en la Resolución Ministerial 3/2023.
En caso de ser necesario, se deberá solicitar la ampliación de hojas móviles por el período 2023.
A partir de la fecha en que la AFIP intime u ordene la utilización de Libros de Sueldos Digital, se exime al empleador de solicitar la rúbrica del libro de sueldos y jornales (Libro de Sueldo – hojas móviles) ante. el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Provincia de Santa Fe.
En el caso de empresas y empleadores nuevos, con altas en los meses de enero y febrero del 2023, se tendrá por cumplido el trámite de rúbrica en tiempo y forma si éste es presentado antes del 31 de marzo de 2023.
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