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Libro de Sueldos Digital: Rúbrica Digital en Provincia de Buenos Aires. Pasos a seguir.

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La Resolución 210/22 del Ministerio de Trabajo Provincia de Buenos Aires estableció la obligatoriedad en la utilización de Rúbrica Digital en Provincia de Buenos Aires como soporte del Libro Especial de Sueldos y Jornales en forma progresiva hasta alcanzar a la totalidad de los empleadores, etapas:

a) empleadores con más de 500 trabajadores: a partir del 1° de noviembre de 2022
b) empleadores que ocupen entre 100 y 499 trabajadores:  a partir del 1° de febrero de 2023
c) empleadores que ocupen entre 50 y 99 trabajadores: a partir del 1° de abril del 2023
d) empleadores que ocupen menos de 50 trabajadores: a partir del 1° de junio de 2023.

Y si bien no habíamos tenido novedades sobre el tema, pero hoy la querida colega Dra. Silvia Osso nos compartió la novedad de que están llegando al DFE para empleadores con más de 100 empleados la siguiente notificación:

Guía N° 38 – LSD: Rúbrica Digital – Provincia de Buenos Aires

En la presente guía explicaremos los pasos a seguir para realizar la rúbrica del libro de sueldos del art 52 de la LCT N° 20.744 de forma digital, a partir del libro generado por el servicio “Libro de sueldos” de AFIP para la Provincia de Buenos Aires.
Tener en consideración que, en principio, cada empleador será notificado por la autoridad local de Trabajo en relación al período a partir del cual deberá cumplimentar la rúbrica digital a través de este mecanismo.

Por este motivo, las pantallas que se indicarán a continuación no estarán disponibles para todos los empleadores que rubriquen en la provincia.

SIMPLIFICACIÓN REGISTRAL

Los empleadores deben contar con los datos de jurisdicciones actualizados en el servicio Simplificación Registral.

MÓDULO DE RÚBRICA

Los empleadores alcanzados por la utilización de la rúbrica vía el servicio LSD, tienen a disposición el nuevo módulo de Rúbricas en el encabezado del servicio:

A partir de esta opción, el empleador podrá:

a) Generar volantes Electrónicos de Pago que generarán créditos disponibles para rubricar sus libros.
b) Conocer la cuenta corriente con la provincia.
c) Visualizar el seguimiento de su cuenta corriente con la autoridad local de Trabajo.

IMPORTANTE: Para poder rubricar los libros, el empleador deberá contar con el crédito necesario vinculado a la cantidad de trabajadores informados en cada libro. El valor por cada cápita es definido por la Provincia de Buenos Aires mediante la Ley Tarifaria correspondiente al año por el cual se genera el libro.

GENERACIÓN DEL VEP

El empleador podrá generar el Volante electrónico de pago por el importe que desee de la siguiente manera:

1- Selección de la jurisdicción por la que se desea generar el VEP

2- Presionar el botón de generación del volante.

3- Se deberá indicar el valor por el cual se desea generar el crédito. Automáticamente se calcularán los gastos bancarios vinculados a la operación.

4- Se debe seleccionar la red a partir de la cual se abonará y presionar “Enviar VEP”.

IMPORTANTE: si un empleado para el mismo periodo es incluido en más de una liquidación, el cobro se realiza una única vez por mes por ese trabajador.

GENERACIÓN DEL LIBRO DE SUELDOS

Al momento de generar el Libro de Sueldos definitivo, el servicio verificará que el empleador cuenta con el saldo suficiente de acuerdo al libro a generar. Tener presente que la generación de libro debe realizarse por la liquidación de forma íntegra (todos sus empleados) y no parcialmente.

Fuente: www.afip.gob.ar/LibrodeSueldosDigital/documentos/G38-rubricadigitalLSD-PciadeBuenos-Aires.pdf

 

El Libro Especial de Sueldos y Jornales de la Provincia de Buenos Aires deberá ser presentado digitalmente conjuntamente con la presentación de la Declaración jurada de aportes y contribuciones de Seguridad Social. El sistema informático “Libro Sueldo Digital” identificará en forma fehaciente la fecha de las presentaciones realizadas fuera de término y, en esas condiciones, esta Autoridad Administrativa del Trabajo procederá a su rúbrica, dejando constancia de la presentación extemporánea e intimando a la empleadora a que justifique y acompañe prueba de la causa de la presentación extemporánea.

El silencio o respuesta improcedente será motivo del labrado de la pertinente acta de infracción, dando inicio al procedimiento sancionatorio de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 10.149, el Decreto N° 6409/84 y el Régimen General de Sanciones por Infracciones Laborales establecido en el Anexo II del Pacto Federal del Trabajo, ratificado por la Ley N° 12.415.

21 comments

  1. Matias 5 octubre, 2023 at 12:17 Responder

    Buenos días, si el contribuyente no fue notificado que debe presentar Rubrica digital pero se agrego el modulo (signo $) en el Libro sueldo digital, esta obligado a realizar la rubrica digital (salvo excepciones) o se debe esperar a que sea notificado?.

    Saludos

  2. Analia 11 julio, 2023 at 07:29 Responder

    Buen día , ingrese en la obligatoriedad de Libro sueldo digital, ( que ya vengo presentando hace varios meses) pero ahora no tengo mas hojas móviles y debería generar el VEP, pero no figura en el sistema el signo $ ¿ alguno pudo solucionar este tema?
    Gracias

  3. Gonzalo 7 junio, 2023 at 15:17 Responder

    Hola, no me aparece el botón para generar el VEP y ya nos encontramos obligados a la presentación por este medio, los datos del empleador están actualizados, a alguien le sucedió algo similar? lo pudo resolver?

    • GABRIELA 4 julio, 2023 at 12:04 Responder

      Nos pasa lo mismo! hace meses liquidamos x LSD pero todavia no aparece el boton $…..y nadie me contesta, ya mande mail a delegacion de MT y a la Pcia y nada…

  4. Ana 12 mayo, 2023 at 10:36 Responder

    Hola, este mes me encuentro obligada a la Rubrica por libro digital. Subi como 10 liquidaciones (entre vacaciones, finales, Asignacion de Comercio y liquidacion mensual) y el Sistema me debita del VEP Abonado por cada empleado de la liquidacion.
    Es decir tengo al mismo empleado en varias liquidaciones y por cada una ellas me obliga a pagar. en la GUIA indicaba “IMPORTANTE: si un empleado para el mismo periodo es incluido en más de una liquidación, el cobro se realiza una única vez por mes por ese trabajador.”
    pero esto no estaria sucediendo, alguno lo pudo solucionar?porque algo que calcule por $10.000 me sale $30.000

    • Craolina 26 octubre, 2023 at 18:59 Responder

      hola, cómo hiciste para llegar hasta ahí? porque a mi me aparece el $, pagué el vep pero no sé como hacer para que se vaya descontando ese vep y poder presentar la rubrica

  5. Viviana 27 abril, 2023 at 14:25 Responder

    Buenas tardes, qué pasa si no tengo más hojas móviles para períodos anteriores, no las entregan ni tampoco me mandaron para que pueda hacerlo mediante VEP?.
    Por otro lado, en este caso se podrán pagar por VEP períodos anteriores los cuales no puedo imprimir?.

    Gracias , es todo muy confuso

  6. Jose 20 abril, 2023 at 16:01 Responder

    Alguien me puede guiar, en el procedimiento para solicitar la adhesión voluntaria al LSD para Pcia de Buenos Aires, este tramite se realiza con multinota en la delegación AFIP correspondiente o se puede realizar via web. Alguien me puede dar una mano???

  7. Veronica 18 abril, 2023 at 14:49 Responder

    Adicionalmente tenes que presentar documentación en alguna jurisdicción o con presentarlo y pagar la tasa en afip se da por rubricado el libro ?

  8. Gabriela morresi 12 abril, 2023 at 09:00 Responder

    hola!
    EXCEPCIÓN A LA OBLIGACIÓN DE UTILIZAR EL SISTEMA DIGITAL
    – Las y los empleadores quedarán exceptuados temporalmente de la obligación de utilizar el Sistema Informático del LibroEspecial de Sueldos y Jornales de la Provincia de Buenos Aires, conforme lo previsto en el artículo 2° de la presente medida, hasta tantoagoten las hojas móviles que se encuentren en su poder.

  9. Alejandra 11 abril, 2023 at 13:56 Responder

    No entiendo el mecanismo….se supone que todos los meses van a descontar del saldo $ 14 por empleado??para que podamos emitir el mismo libro de sueldos que antes??

    • Craolina 26 octubre, 2023 at 19:00 Responder

      hola, pudiste hacerlo? yo desde abril pagué el vep pero no se como hacer para rubricar el libro sueldo y se vaya descontando el vep

  10. Graciela 11 abril, 2023 at 13:32 Responder

    Qué locura que nadie sepa nada ! yo iría con esta Resolución 210/22 al Ministerio de Trabajo junto con la constancia del inicio del pedido de la hojas móviles, para que me den una explicación coherente de cómo proceder cuando se reciba la notificación al DFE

  11. MARIA ALBA PEREZ 11 abril, 2023 at 09:42 Responder

    Buenos dias, acabo de pagar por 100 hojas móviles e iniciar el pedido ayer 10 de abril en la Delegación del Ministerio de Trabajo de Mar del PLata. Se supone que ese importe se acreditará en la cuenta de la empresa? Cuando presenté el trámite ayer nadie me dijo nada, solo que recién para fin de año y con suerte pueden entregarme las hojas móviles. Recién estaban entregando las solicitadas por las empresas en el año 2021. Gracias.

    • Alejandra 11 abril, 2023 at 14:09 Responder

      No creo que te devuelvan nada…. ni que acrediten nada…. ni ellos saben que camino deben seguir los tramites. Mientras tanto sigo haciendo todo como de costumbre porque si cae un inspector se desdice totalmente de lo que informan los organismos

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