Icono del sitio Contadores en red

Libro de IVA digital – Espacio de diálogo Particular. Algunas Respuestas

LIBRO DE IVA DIGITAL – ESPACIO DE DIÁLOGO PARTICULAR

El lunes 29 de junio de 2020 se realizó un Espacio de Diálogo Particular para tratar la temática tendiente a la entrada en vigencia del nuevo Libro de IVA Digital, según lo establecido en la Resolución General N.° 4597 y modificatorias. Se trabajo sobre el temario que se comparte a continuación.

I. AMBIENTE DE PRUEBA
1. Disponibilidad de ambiente de prueba
Se solicita la disponibilidad de un ambiente de prueba para poder testear el funcionamiento previo a la obligatoriedad en su aplicación. a) Posibilidad que comprenda varios períodos mensuales, permitiendo la utilización simultánea del actual esquema de información y determinación y de la nueva aplicación del Portal IVA.
b) Las empresas con gran volumen de operaciones requieren pruebas previas en cuanto a la factibilidad de “bajar” o “subir” archivos al sistema. c) Se solicita se habilite la aplicación Portal IVA a los responsables que requieran la realización de pruebas bajo una condición / caracterización que NO DETERMINE EL REGISTRO DE LA INFORMACIÓN QUE SE INCORPORA EN LA APLICACIÓN PORTAL IVA COMO LA DECLARACIÓN DE CONTRIBUYENTE.

Respuesta de AFIP
Por cuestiones de seguridad informática, no fue posible implementar un ambiente de prueba de la aplicación en cuestión.

II. LIBRO DE IVA DIGITAL
2. Crédito fiscal de Facturas “B”
El Libro de IVA puesto a disposición por AFIP informa como crédito fiscal el IVA de las Facturas B cuando no se puede computar. Esto exige tener que realizar una modificación manual en todos los comprobantes. El sistema no debería acumular en crédito fiscal el IVA de las facturas B y en todo caso, si el contribuyente considera que puede computarselo, que haga la modificación.
Respuesta de AFIP
Por definición no debería mostrar el IVA de los comprobantes B en el Libro Compras. En caso de detectarse este error, se solicita cargar el reclamo en la página de AFIP así podemos analizar el caso puntual:https://www.afip.gob.ar/reclamos/

3. Formato de importación
El formato de importación al IVA Digital desde los sistemas de los contribuyentes hacia la AFIP (formato texto con diseño de registro Resolución General N.° 3685) no coincide con los formatos de exportación desde el IVA Digital (formato CSV, XLS, O PDF con diseño de registro distinto a la Resolución General N.° 3685 -no contiene todos los campos por ej. percepciones nacionales-).
Respuesta de AFIP
Es correcto, ya que no se pensó en la funcionalidad de exportar la información desde el Libro con el formato de Compras y Ventas, para luego ser importada nuevamente. La función importar se consideró con dos métodos alternativos de ingreso de información: desde la contabilidad del contribuyente o desde la base de datos de AFIP.
No obstante, existen dos módulos desde donde se pueden exportar los comprobantes: uno es desde el Libro Compras o Libro Ventas (información más resumida) y el otro es desde la vista previa (información más detallada).
Por otra parte, al momento de confeccionar los archivos de importación de datos para el Libro de IVA Digital, se debe considerar para la opción “NO CORRESPONDE” del campo ‘Código de Concepto’ únicamente el valor ‘ ‘ (un espacio en blanco), a diferencia del Régimen de Información de Compras y Ventas, donde se aceptaban indistintamente los valores ‘0’ (cero) o ‘ ‘ (espacio en blanco)”.
Se incorpora un nuevo diseño de registro para los comprobantes de Turismo TURIVA (se agregó al final un campo que antes no era solicitado en el Régimen Informativo de Compras y Ventas).
Se deben informar de manera simplificada los comprobantes no electrónicos que fueron anulados (por ejemplo, por vencimiento del CAI), que antes no había obligación de informarlos. Esto se debe a que habrá una validación de correlatividad en los documentos emitidos.

4. Moneda de emisión
La información puesta a disposición se expone en moneda de emisión, lo cual no responde a los diseños de la Resolución General N.° 3685, y podría generar diferencias en pesos al momento de presentar las declaraciones juradas. Se propone que la información disponible se encuentre en pesos.
Respuesta de AFIP
La información disponible en AFIP se expone en Moneda Original, por lo que a diferencia del régimen de presentación de la Resolución General N.°3685, los datos que se informen en el Libro de IVA Digital también deberán ingresarse en moneda original. Está previsto que el sistema para la generación de la presentación efectúe los cálculos en Pesos ARS.

5. Información disponible
La DDJJ que se genera a partir de los libros de IVA no arrastra el SAF anterior ni tampoco permite la carga de retenciones / percepciones de IVA en forma manual.
Respuesta de AFIP
La declaración jurada de IVA Listo es una simplificación que se hizo para determinados sujetos que fueron caracterizados con el código 442 – Libro de IVA Digital – Régimen Simplificado. No es la misma declaración que en un futuro se pondrá a disposición para el resto de los contribuyentes.

6. Presentación de DDJJ
Si no se presenta la DDJJ por este servicio un mes (por ejemplo porque no funciona y se presenta por Mis Aplicaciones) al mes siguiente indica que no se puede generar una nueva DDJJ porque la anterior no fue generada por este servicio (a pesar de estar presentada por otro servicio).
Respuesta de AFIP
El error mencionado ocurrió en algunas presentaciones de la Declaración Jurada de IVA denominada IVA Listo, que no es la misma declaración que en un futuro se pondrá a disposición para el resto de los contribuyentes.
Si bien está contemplado la vinculación del Libro IVA Digital con la Declaración Jurada de IVA, en una primera etapa, la presentación de la declaración jurada determinativa del impuesto (vía el servicio web Mis Aplicaciones o bajo la versión SIAP) estará desvinculada de la Registración Electrónica de Operaciones – Libro IVA Digital.

7. Operaciones con comprobantes en otro mes
Se solicita se especifique el tratamiento que se le dará a las operaciones que generan crédito o débito fiscal pero no hay comprobante emitido dentro del mes sino al mes siguiente.
Respuesta de AFIP
El Libro de IVA Digital contempla un apartado denominado “Ajustes al Débito y Crédito Fiscal” donde se permite realizar los ajustes al débito fiscal, tanto positivos como negativos, por perfeccionamiento de hechos imponibles diferentes al de facturación. Para registrar el ajuste existe un campo específico donde se puede registrar el importe correspondiente en forma global.
En ajustes al crédito fiscal se pueden incorporar los créditos fiscales presuntos (como por ejemplo el CF por contribuciones de Seguridad Social).
La registración de las compras no necesariamente debe realizarse en el período de la operación. En el Libro de IVA se contempla que pueda existir diferimientos en el cómputo del crédito fiscal.

8. Operaciones de Aduana
Se solicita conocer el tratamiento en particular de las operaciones de Aduana: su carga automática en la información que proviene de los despachos en forma correcta. En igual sentido las operaciones que generan crédito fiscal por importaciones de servicios (Resolución General N.º 549/99).
Respuesta de AFIP
Esta información se puede cargar por importación de archivos o carga manual, con el mismo diseño de registro que el Régimen de Compras y Ventas. Información disponible en: www.afip.gob.ar/libro-iva-digital/documentos/libro-iva-digital-diseno-registros.pdf

9. Tratamiento de documentos específicos
Se solicita conocer el tratamiento particular respecto de documentos específicos de ciertas actividades en las que es obligatorio el uso de liquidaciones específicas del sector con validez de documentos fiscales como lo son – a modo de ejemplo – las liquidaciones primarias y secundarias de compra de granos, liquidaciones pecuarias de hacienda bovina, porcina y avícola o la liquidación de compra de tabaco.
Respuesta de AFIP
Se está trabajando en el armado de un documento con algunos referentes del sector. Una vez consensuado, será remitido a las Cámaras para su consideración.

10. Registración y procedimiento vinculado con el costeo del crédito fiscal previsto en el artículo 13 de la Ley.
Respuesta de AFIP
En el Libro de IVA Digital se contempla la posibilidad de efectuar el prorrateo de tres formas:
– Prorrateo global: En un apartado especial se informa el monto del crédito fiscal computable de cada período.
– Prorrateo comprobante por comprobante: en el archivo de importación del Libro Compras se especifica para cada comprobante, el crédito fiscal y el crédito fiscal computable.
– Prorrateo mixto: se detallan algunos créditos fiscales computables en el archivo de importación del Libro Compras y en un apartado especial se informa el monto del crédito fiscal computable en forma global.

11. Información disponible por el Organismo
Se solicita explicar el proceso de obtención de información disponible por parte del organismo y la posibilidad de eliminar masivamente esos comprobantes y luego subir la información propia del contribuyente.
Respuesta de AFIP
Cuando se ingresa a la aplicación, se debe ingresar al Libro Compras y al Libro Ventas.
Desde allí, se podrá seleccionar importar los comprobantes desde la base de datos de AFIP o desde los archivos propios. Según el tamaño de los archivos, esta operación podrá demorar más o menos tiempo. Una vez que se procesó la importación de datos, el sistema arrojará un mensaje con el resultado de la misma.
Se permite realizar importaciones parciales. En caso de informar nuevamente un comprobante, se debe indicar si se mantienen los datos que ya están cargados o sereemplazan por la información que se está importando en ese momento.
Además, existe la funcionalidad de eliminar los comprobantes individualmente o en forma masiva.

12. Comunicación por Domicilio Fiscal Electrónico.
Especificar cómo son las comunicaciones por DFE sobre el cambio de régimen de declaración a los responsables comprendidos. Los responsables del IVA con ingresos en el 2018 de hasta $ 500.000 fueron registrados en este mes con la Caracterización Código 441 Registración de Operaciones – Libro de IVA Digita, pero no recibieron comunicación en DFE sobre dicho cambio.
Respuesta de AFIP
Se toma la sugerencia. Se les remitirá una comunicación por Domicilio Fiscal Electrónico a los contribuyentes caracterizados de oficio.
Se incorporará la novedad en la página de internet del Organismo y se remitirá una comunicación por DFE a todos los contribuyentes con ingresos 2018 de hasta $ 500.000 que fueron caracterizados con el Código 441 Registración de Operaciones – Libro de IVA Digital. Lo mismo se hará con el resto de los universos a medida que vayan quedando obligados.

13. Inconvenientes en la presentación del Libro
Consideración de la presentación del Libro de IVA Digital con carácter previo a la DDJJ determinativa del mismo período fiscal, ya que puede ser un factor importante en las primeras presentaciones en el marco de la nueva aplicación, por las dificultades que pueden presentarse en la transmisión de la información.
Respuesta de AFIP
Esta exigencia no aplica. Para todos aquellos inconvenientes que surjan con la utilización del nuevo servicio, se pone a disposición un canal de contacto específico para brindar celeridad y otorgarle la prioridad que merece. Para ello, se deberá ingresar la consulta utilizando el canal institucional de consultas web (serviciosweb.afip.gob.ar/consultas/), seleccionando como tipo de consulta “Impositiva” – “Impuestos” – “Libro de IVA Digital”.

14. Reconocimiento del pasivo a favor
Habilitar el reconocimiento del pasivo a favor del proveedor y la necesaria incorporación de compras y gastos que no son documentados fiscalmente en forma electrónica.
Respuesta de AFIP
Los comprobantes no electrónicos deben incorporarse en el Libro de IVA Digital, ya sea por importación de archivos o por carga manual.

15. Registración de compras o gastos menores
Posibilidad de registración global de las compras o gastos no respaldados por documentos fiscales electrónicos que incluyen compras y gastos menores (registrados a partir de la contabilización de sistemas de fondos fijos, pagos descentralizados, pagos por tarjetas de crédito corporativas) o significativos originados en servicios de entidades financieras, compañías de seguros, etc.
Respuesta de AFIP
Se acordó mantener, en una primera etapa, la misma metodología que hoy se está utilizando para el Régimen Informativo de Compras-Ventas.

16. Incorporar en una segunda etapa de la implementación la apertura con más detalle de los comprobantes que hoy se registran en forma global.
Respuesta de AFIP
Se decidió prorrogar la implementación de esta nueva metodología.

17. Monto de comprobantes de registración global.
Posibilidad que el monto de los comprobantes individuales que no puedan registrarse de forma global sea de $30.000 y que dicho monto se actualice.
Respuesta de AFIP
Los montos que se consideran para la registración global son los mismos que se establecieron para la identificación de consumidores finales en los comprobantes. Estos importes serán actualizados automáticamente.

MIEMBROS PARTICIPANTES
Externos:
• COPAL – Coordinadora de las Industrias de Productos Alimenticios
• CAC – Cámara Argentina de Comercio
• CSA – Cámara de Sociedades Anónimas
• UIA – Unión Industrial Argentina
• ASU – Asociación de Supermercados Unidos
• ATA – Asociación de Teleradiodifusoras Argentinas
AFIP: Patricia Vaca Narvaja (SDG SEC); Ignacio Yasky (SDG SEC); Gonzalo Checcacci (DI PyNSC); Constanza Chiapperi (DE EVAS); Lucas Gómez (DE EVAS); Fabiana Bermudez (DE EVAS); Pablo Guziuk (DI PyNR); Carlos Samra (DI RODE); Natalia Bravo (DI RODE); Mónica Parolari (DI RODE); Daniela Brugnoli (DI RODE); Fabián Tosco (DI RODE); Pablo Miguez (DE PRSE).

Salir de la versión móvil