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La provisión de servicios de salud para el monotributista. Libertad en ambos sentidos.

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El Decreto 1/10, en su Capítulo IV, Sección D, bajo el título “Prestaciones del Sistema del Seguro de Salud”, establece, entre otros aspectos, la asistencia sanitaria y el derecho a la libre elección de la obra social para los monotributistas pero ¿Qué pasa cuando ese derecho comienza a tener limitaciones?

El Decreto 955/24 que entró en vigencia el 25 de octubre de 2024, estableció entre otras modificaciones que los contribuyentes que adhieran al monotributo solo podrán optar por realizar el aporte a la obra social seleccionando alguna de las que figuran en el nuevo Registro de Agentes de Salud para Monotributistas y linda es la sorpresa cuando vemos que el listado se redujo de más de 300 obras sociales (aunque había muchas que no atendían a monotributistas en la realidad) a menos de 15.

Además, la Obra Social puede decir a que categoría de monotributistas les prestará el servicio, lo que limita aún más el acceso a una provisión de servicios de salud.

Con este panorama, nos planteamos ¿No debería tener el monotributista la misma libertad de optar por NO APORTAR a una obra social? Especialmente teniendo en cuenta que en muchas zonas del país la cobertura es nula para estos contribuyentes.

El problema no es nuevo pero se profundiza ante la cada vez mas reducida cantidad de opciones por las que pueden optar aquellos que adhieran al Régimen Simplificado.

¿Qué están haciendo actualmente sus clientes? ¿Están abonando el Aporte de Obra Social?

7 comments

  1. Eliana 29 noviembre, 2024 at 11:14 Responder

    El sistema debería actualizarse, para adecuarse a la realidad. A los monotributistas, el importe destinado a la obra social, se les convierte en un incremento de la cuota mensual del monotributo que en la mayoría de los casos SE PIERDE directamente. Porque las obras sociales a las que les permiten adherirse en las localidades del interior, sobre todo en los pueblos, no les sirve para nada. Si la persona que es monotributista, no es un “empleado en relación de dependencia” no veo la obligación de aportar a un sistema de salud, (el cual nunca puede utilizar en esas condiciones). Entonces, sería más acorde a su naturaleza de “autónomo” que decida si quiere o no adherir a algún sistema de salud, y hacerse cargo por su cuenta y en función de su presupuesto. Basta de robarle el dinero a la gente.

  2. Maxi 27 noviembre, 2024 at 23:46 Responder

    Habria que excluir a los monotributistas del sistema de obras sociales. Explicitar que con el valor de lo que pagan de cuota no cubren el pago de media docena de alfajores, ni mucho menos una plan preventivo ni contingencia de Salud

  3. Marcela 27 noviembre, 2024 at 21:00 Responder

    El monotributista debería tener la misma libertad de optar por NO APORTAR a una obra social, nosé porque no modifican eso y se ahorrarían muchos dolores de cabeza.

  4. Raul 27 noviembre, 2024 at 19:04 Responder

    Muy bueno el articulo, le agregaria que en el interior la mayoria de la obras sociales atorizadas para monotributistas no tienen cobertura, ni una sede para reclamar

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