Tal como lo hubiese adelantado el Dr. Abad, AFIP habilito el servicio denominado “Ganancias y Bienes – nuestra parte”, el servicio ya se encuentra habilitado y para poder ver la información, por ahora parcial, que AFIP posee de los Bienes de los contribuyentes solo es necesario entrar a la pagina de AFIP con CUIT y Clave Fiscal y hacer clic en la opción.
El servicios “Ganancias y Bienes – Nuestra parte” muestra lo siguiente:
- Inmuebles
- Automotores
- Depósitos en dinero
- Plazos Fijos
- Títulos Públicos y Privados
- Compra Venta de divisas.
Hola! En el caso de cuentas compartidas siempre hay que declarar 50 y 50 aunque los aportes no hayan sido en esos porcentajes?
Hola buenas noches hago una pregunta cuando dice compra y venta de divisas , en q parte de bienes personales lo ponen ? Lo ponen como exento??
BUENAS TARDES, ALGUIEN SABE QUE CONSIDERA EL ITEM COMPRA /VENTA DE DIVISAS?
Lo averiguaste?!
Buenos días! a alguien le pasó que las retenciones de Ganancias que figuran en el Servicio “nuestra parte” no coincida con las informadas en el servicio “mis retenciones”?
me aparece en la 2.600.000 pesos insolito ojola los tuviera. creo que en toda mi vida sumando no llego a esa cifra en depositos
pedí que te los depositen….=)
El servicio funciona bien y es útil. La única dificultad que le encuentro es que no se pueden bajar los datos A Excel, donde si resultaría práctico (cómo podemos hacer con retenciones y otros tantos datos)
Un saludo.
No tiene sentido este servicio, crea confusion en los clientes, tengo un monto de contribuyentes preguntando porque el 649 no cruza con nuestra parte, si la empresa paga a mes vencido los sueldos el criterio es el del percibido segun la ley de ganancias y esta correcto.
tengo la misma situacion!!! y estaba buscando alguna respuesta…. en ese caso no hay que darle importancia a los datos que pone afip??? y se presenta con lo que dice el 649.
AFIP no lo va a cuestionar nada?
SUCESIONES:No permite dar de alta el servicio .
Solo se puede ingresar al servicio de la cuit del administrador, que ya sencuentrata dado de alta por defecto.
Buenas! Hasta el momento he podido acceder sin problemas, lo que observo es que en caso de una cuenta bancaria compartida, el sistema informa el total del saldo a ambos titulares, por lo que hay que tener cuidado de no duplicar los montos al informarlos.
Yo ingresé y los datos no coinciden con los datos que tengo yo, alguno tienen poca diferencia, pero otro mas.
No funciona, tira ese error de persona no autorizada.-
Tengo el mismo problema, me arroja error, persona no autorizada y tengo la maxima autorizacion.
En todos los clientes me sale el mismo error que a ustedes. Inscriptos o no, con datos biométricos o sin ellos. Espero que lo arreglen.
Buenos dias, el servicio ya aparece habilitado en el perfil de cada contribuyente, no hace falta adherir al mismo. Saludos
Gracias por el comentario! no me había dado cuenta y por eso arrojaba el error de persona no habilitada
No hay que dar de alta la relación, la AFIP ya se las habilitó a todos los contribuyentes. Aparece primera a la izquierda
Buenos días! Yo no tuve ningún inconveniente con todos los contribuyentes que ingresé. El servicio ya está habilitado. Aparece la leyenda “la persona no se encuentra…” cuando intentás habilitar el servicio desde el Adm. de relaciones de clave fiscal. Esto no es necesario hacerlo.
A MI ME PASA LO MISMO. TENDRÁ QUE VER CON CLIETNES QUE NO TIENEN HECHOS LOS DATOS BIOMÉTRICOS?
Sale una leyenda q dice la persona no se encuentra habilitada para operar el servicio cuando le das el alta a la relacion
porque viene dada de alta por defecto, no hay que habilitarla para poder usarla
Buenos días. Trato de ingresar en este servicio para varios contribuyentes pero indica: “la persona no se encuentra habilitada para operar este servicio”. Habrá alguna forma de subsanarlo? Muchas gracias
Buen dia. Probe adherir el servicio a tres clientes y no pude con ninguno. Me tira error. Ya está habilitado?
Melisa,
Yo lo probe ayer y funcionaba… pero con la pagina de AFIP nunca se sabe!!
Me da el mismo error.
Entre con una clienta y me sale esto
“Ha ocurrido un error en la ejecución del sistema. El mensaje del error es
La persona no se encuentra habilitada para operar el servicio
Para obtener ayuda respecto a este error, envie un correo electronico a mayuda@afip.gov.ar mencionando el Número de Ticket 15764376 como referencia a su situación.”
Es para algun nivel de clave especial?
Saludos
Virginia,
Yo lo probe con clientes que tienen nivel 3 de clave fiscal.
Me sale el mismo error y los clientes tienen clave 3
virginia me esta pasando lo mismo que a vos probe con dos de mis clientes y me aparecio el mismo cartel que a vos!!
Al ingresar aparece “La persona no se encuentra habilitada para operar el servicio”, es solo para determinados contribuyentes?
Buenos días, Carla! También tiene otro acceso, el mismo servicio donde informa la AFIP los ingresos brutos (sueldos de enero a dic 2015- q cruza con los informados en Aportes en línea) y las retenciones(cod 160 de mis retenciones de enero a diciembre 2015)
Surge la duda, en los casos q el empleado cobra el sueldo los primeros días del mes siguiente y el empleador hizo el F 649 considerando el sdo de diciembre 2014 y el 2do SAC 2015 (no el sdo dic 2015 xq se cobró en enero 2016 ni 2 do SAC 2014 porque se cobró en dic 2014) con el criterio q corresponde a 4ta categoría de lo percibido, no cruza con la información q aparece en este servicio de ganancias y bienes-nuestra parte…que hacemos en DJ IG declaramos según F 649 o según lo q surge de este nuevo servicio?
Marisa,
Yo considero que debemos declarar según la ley de Ganancias y no según la información de la pagina de AFIP.
Saludos
Marisa, Tengo la misma duda, pudiste despejarla? Informo según el 649 sin tener en cuenta lo que Afip muestra? Gracias!