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IMPUESTO SOBRE LOS BIENES PERSONALES. MODELO PARA CALCULO DE ANTICIPOS PERIODOS FISCALES 2017 Y 2018. RG 4091-E

Como consecuencia de haberse modificado la Ley de Impuesto sobre los Bienes Personales incorporando -entre otros aspectos- mínimos no imponibles y alícuotas diferenciadas para los períodos fiscales 2016, 2017 y 2018 era necesario adecuar el procedimiento para la determinación de dichos anticipos, a través del ajuste de la base para su liquidación.

Por lo tanto las personas humanas y sucesiones indivisas, responsables del impuesto sobre los bienes personales, deberán determinar los anticipos a cuenta del gravamen por los períodos fiscales 2017 y 2018, considerando los mínimos no imponibles y alícuotas diferenciadas, dispuestos por el Título IV del Libro II de la Ley  27260, conforme los siguientes modelos de liquidación:

IMPUESTO SOBRE LOS BIENES PERSONALES. Régimen de anticipos Períodos Fiscales 2017 y 2018. RG 2151

ANEXO (Artículo 1°)

IMPUESTO SOBRE LOS BIENES PERSONALES. PERSONAS HUMANAS Y

SUCESIONES INDIVISAS. MODELO DE RELIQUIDACIÓN DE LOS ANTICIPOS

 A – PERÍODO FISCAL 2017

  1. Valor total de los bienes sujetos al impuesto del período fiscal 2016       $…………..
  2. Mínimo no imponible del período fiscal 2017                                              ($ 950.000)
  3. Base imponible                                                                                                     $ =======
  4. Impuesto determinado, aplicando la alícuota del 0,50%                            $ =======
  5. Pago a cuenta gravámenes similares en el exterior en 2016                       ($…………)
  6. Monto base para el cálculo de los anticipos del período fiscal 2017         $ =======

 B – PERÍODO FISCAL 2018

  1. Valor total de los bienes sujetos al impuesto del período fiscal 2017              $…………..
  2. Mínimo no imponible del período fiscal 2018                                                 ($1.050.000)
  3. Base imponible                                                                                                         $ =======
  4. Impuesto determinado, aplicando la alícuota del 0,25%                                 $ =======
  5. Pago a cuenta por gravámenes similares en el exterior en 2017                     ($…………)
  6. Monto base para el cálculo de los anticipos del período fiscal 2018               $ =======

Vigencia: Las disposiciones de la presente entrarán en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial, 11 de julio de 2017.

Pueden descargar el  ANEXO I en PDF desde ACA

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