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Impuesto Inmobiliario ARBA Exención para Jubilados y Pensionados

Las personas jubiladas y pensionadas pueden solicitar en ARBA la exención en el impuesto Inmobiliario Básico, los cuales deben ser propietarios, usufructuarios o poseedores de un solo inmueble.

Impuesto Inmobiliario ARBA Exención para Jubilados y Pensionados – Requisitos

Periodos

Valuación Fiscal

Importes Brutos

Desde enero del 2024
hasta la última fecha de actualización*
$6.000.000 $211.426
2023 $6.000.000 $132.034
2022 $6.000.000 $76.652
2021 $6.000.000 $50.400
2020 $6.000.000 $36.100
2019 $5.000.000 $25.000

Los Jubilados y Pensionados que con anterioridad al ejercicio fiscal 2018, hubieran obtenido la exención, mantendrán la misma en el año 2024 aunque la valuación fiscal del inmueble supere el importe de $ 6.000.000, en la medida que conserven la misma propiedad y cumplan con las demás condiciones requeridas para acceder al beneficio.


* Última actualización: 01/03/2024.

Documentación

Toda DOCUMENTACIÓN -sin excepción- se presentará en Original y Copia, o copia certificada por Escribano Público. No es válida la certificación Bancaria.

Todos los CERTIFICADOS deberán tener una vigencia de emisión no superior a los 120 días corridos, salvo que el certificado exprese lo contrario o plazo diferente.

En el caso de MATRIMONIOS o PAREJAS CONVIVIENTES, los 3 primeros items de la documentación solicitada, deben ser de ambas personas.

 

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