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IGJ TASA ANUAL VENCE EL 31-10-2018 RESOLUCIÓN 923/2018

Parece que la necesidad de fondos se está haciendo sentir en todos lados y la IGJ no se queda atrás a diferencia del año pasado (donde se les fue la mano para el otro lado) en el cual el vencimiento fue el 19/12/2017 o el anterior que fue el 25/11/2016, este año vencerá el 31-10-2018, así lo establece la Resolución 923/2018

ARTÍCULO 1º.- Fíjase el día 31 de octubre de 2018 como fecha de vencimiento para el pago de la tasa anual establecida por el artículo 4º de la Decisión Administrativa Nº 46/01.

ARTÍCULO 2º.-Vencida la fecha establecida en el artículo anterior, será de aplicación la multa prevista en el artículo 7º de la Decisión Administrativa Nº 46/01.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Germán Carlos Garavano

  1. 23/10/2018 N° 79155/18 v. 23/10/2018

Fecha de publicación 23/10/2018

Como de costumbre no avisan con tiempo… por lo menos los valores se mantienen fijos desde hace varios años.

 

Formas de pago

Las tasas pueden abonarse en cualquier sucursal del Banco Nación de la Ciudad de Buenos Aires o en las cajas de IGJ. En sede central de IGJ el pago puede realizarse con tarjeta de débito o cheque certificado; en tanto que en las sedes de los colegios profesionales también puede abonarse en efectivo (servicio exclusivo para profesionales matriculados).

 

¿Cómo se calcula el importe de la Tasa Anual de IGJ?

En función de la Decisión Administrativa 46/01, el cálculo de la tasa se fija en base a una escala determinada en relación a la sumatoria del capital social de los estatutos y de la cuenta ajuste de capital resultante de sus estados contables.

Vencida la fecha establecida, será de aplicación la multa prevista en el artículo 7 de la Decisión Administrativa 46/01.

 

CUENTA CAPITAL Y AJUSTE
DE $ HASTA
                                      TASA ANUAL
0 – 5.000                                             $ 100
5.000,01 – 10.000                             $ 200
10.000,01 – 20.000                          $ 400
20.000,01 – 40.000                          $ 500
40.000,01 – 80.000                          $ 700
80.000,01 – 120.000                        $ 900
120.000,01 – 150.000                      $ 1.100
150.000,01 – 200.000                      $ 1.400
200.000,01 – 1.000.000                  $ 1.800
1.000.000,01 – 2.100.000              $ 2.300
2.100.000,01 – en adelante            $ 2.500

Las sociedades que durante el año 2018 hayan ingresado al control de IGJ provenientes de la CNV, en caso de inconvenientes en la determinación del monto a abonar, podrán consultar en el box 18 de la Mesa de Entradas del organismo, en el horario de 9:30 a 13:30hs. sin turno previo.

 

¿Cómo obtengo la boleta para realizar el pago?

Para ello es necesario ingresar a la página de la Inspección General de Justicia https://www2.jus.gov.ar/igj-tasas/

Cargar los datos del número de sociedad o razón social y listo. Se baja en pdf.

 

Importancia de la presentación de estados contables

Es importante estar al día con la presentación de los balances, ya que en los casos en los que no se haya cumplido con tal obligación, el organismo efectuará una estimación de oficio del importe que corresponda abonar. Una vez presentados los estados contables, el monto de la tasa se recalcula automáticamente.

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