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IGJ Intima a las entidades civiles para la presentación de una Declaración Jurada de actualización de datos. Resolución (IGJ) 1227/11

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La IGJ dictó la Resolución General IGJ 1 de fecha 15 de julio de 2010 que dispuso la obligación de la presentación de una Declaración Jurada de actualización de datos para las sociedades comerciales, sociedades extranjeras, binacionales, asociaciones civiles y fundaciones.

Mediante las Resoluciones Generales IGJ 2/2010, 4/2010, 5/2010, 1/2011 y 2/2011, este organismo prorrogo los plazos de la presentación indicada, otorgándose a las Asociaciones Civiles y Fundaciones un plazo con vencimiento el día 29 de julio de 2011, el cual se encuentra vencido.

Pero de las tareas de control llevadas a cabo surge que luna gran cantidad de entidades no han dado cumplimiento con la normativa precitada, por lo cual sin perjuicio de lo establecido por el artículo 14 de la Ley 22.315 y artículo 6 de la Resolución General IGJ Nº 1/2010, la IGJ las intima para concretar el cumplimiento de las obligaciones.

Controlen si sus clientes serán intimados por la IGJ, pueden descargar el listado completo de entidades intimadas desde ACA

IGJ

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