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GUIA PARA EL USO DEL SIFERE WEB

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El SIFERE Web de a poco comienza a ser obligatorio para mas contribuyentes.

La siguiente guía contiene información sobre el uso, la carga de datos y especialmente las opciones para la carga de las deducciones (Retenciones, Percepciones, Recaudaciones Bancarias y Percepciones Aduaneras).

A medida que se utiliza el sistema se pueden ir presentando casos especiales que requieran un tratamiento especial.

Seguramente haya información que se le pueda agregar a la guía, están invitados a compartirla y la iré agregando a medida que la envíen.



Espero les sirva.

Pueden descargar la guía desde ACA.

 

SIFERE

313 comments

  1. Gisella 6 febrero, 2024 at 18:42 Responder

    Buenos días,

    Quiero cargar una declaracion jurada y cuando quiero colocar el monto editando en la zolapa actividades, no me deja. Vi que a muchos les paso. Tendrán la solución?

  2. Miriam 20 marzo, 2022 at 21:42 Responder

    Perdon pero tengo el mismo problema que ustedes me posiciono en la actividad pongo editar y no carga el importe nadie sabe solucionar el inconveniente y nadie contesta alguno de uistedes pudo solucionarlo.

  3. JORGE LUIS ARAOZ 23 septiembre, 2021 at 07:25 Responder

    Hola! No puedo editar los montos en la dj mensual SIFERE en la solapa “Datos de actividades” me posiciono sobre la actividad y pongo EDITAR y no me deja cargar el importe. Alguien le paso? Elimine la Dj mensual la volvi a cargar y el problema persiste. Hace desde el viernes que hice la prueba en diferentes horarios y nada. Gracais!!!

  4. Veronica 17 agosto, 2021 at 20:16 Responder

    Hola! No puedo editar los montos en la dj mensual SIFERE en la solapa “Datos de actividades” me posiciono sobre la actividad y pongo EDITAR y no me deja cargar el importe. Alguien le paso? Elimine la Dj mensual la volvi a cargar y el problema persiste. Hace desde el viernes que hice la prueba en diferentes horarios y nada. Gracais!!!

  5. SILVIA CRIBARO 19 julio, 2021 at 13:30 Responder

    SOY MONOTRIBUTISTA Y ME COBRAN PERCEPCIONES DE ING. BRUTOS EN LA BOLETA DE LUZ DE LA COSTA LAS PUEDO DESCONTAR DE ING. BRUTOS CONVENIO

  6. FLOR 14 julio, 2021 at 16:33 Responder

    Hola buenas tardes, tengo que presentar ddjj mensual por art 13. Agropecuario Pero no me deja ingresar valor en esa casilla que estoy haciendo mal??

  7. claudia 2 julio, 2021 at 01:34 Responder

    ¿Se puede confeccionar una DDJJ mensual convenio multilateral y dar cierre en el mismo mes que se declara y luego enviarla al siguiente mes? Ejemplo realice cmo3 de junio y quedo cerrada el 30 de junio para luego enviarla el 2 de julio.

  8. Laura 22 abril, 2021 at 18:32 Responder

    Hola colegas! debo realizar rect de CM desde 2015, con el sistema SIAP, desde alli genero el achivo pero la afip me rechaza las presentaciones, me pueden ayudar por favor.

    • PAULA 16 diciembre, 2020 at 23:20 Responder

      HOLA TENGO PROBLEMAS AL CARGAR, ENTRAR A LA TABLA DE COHEFICIENTES , NO ME MUESRA AL PONER EL MES Y AÑO NO ME MUESTRA TODA INFORMACION Y POR ENDE NO PUEDO AVANZAR, TENGO DOS ACTIVIDADES POR REG.2 Y REG.9 , ES LA PRIMERA VES QUE HAGO ESTA DDJJ .

  9. Mariana 7 septiembre, 2020 at 17:46 Responder

    Hola cuando cargo ingresos brutos en el Excel me tira error cuando lo quiero cargar al sistema no así cuándo cargo el Excel de la declaración jurada.

  10. Monica 13 julio, 2020 at 16:56 Responder

    Hola ! Omití dar de alta una jurisdicción como inicio de actividad. Si rectifico tengo que disminuir la base imponible de todas las jurisdicciones y declarar solo en la omitida (no hay otras ventas). Es correcto hacerlo así ? o genera inconvenientes y eventuales verificaciones ? GRACIAS

  11. luisa susana 19 junio, 2020 at 08:27 Responder

    buen dai carla la consulta es la siguiente tengo actividad art 9 transporte y la activdad de venta mayorista pero la mayorista solo ejerce actividad en salta nunca vendio a otras provincias , se que la actividad especia se sigue liquidando en las jurisidicciones donde dieron origen a su servicio , este es el segundo año de convenio, y por lo que lei debo determinar coeficiente unificado para la mayorista ,pero haciendodla tabla de computable y no computable de ls ingresos y gastos de la mayorista obtengo coeficiente uno, es asi por favor necesito estar segura.gracias

  12. agustina 16 junio, 2020 at 16:58 Responder

    Hola Carla,
    Tengo un contribuyente monotributista inscripto desde 12/2018 en CM por art.2 (actividad servicios informaticos), que tiene domicilio y sede en PBA y presta servicios sólo en CABA. El anterior contador le hizo los cm03 en los primeros meses con el 100% de los ingresos en caba, luego un sólo mes 50% a cada jurisdicción, y luego 2 meses 80% a caba (donde presta serv.) y 20% a la jurisd. sede. En todas las DJ no usó coeficientes, sino el art.14.
    Mi consulta es: si está inscripto en CM por art.2 y sólo presta servicios en caba no debería imputar el 100% de los ingresos a caba? o en su defecto 50% a cada jurisd. (según art.2)?

  13. Mara 12 junio, 2020 at 11:52 Responder

    Hola Carla, te consulto porque con las ventas online un cliente realizo ventas en otras provincias, el ya esta incripto en convenio, debo dar de alta las nuevas provincias y como hago con los coeficientes.

    • mirta 18 julio, 2020 at 22:31 Responder

      Hola Carla.
      Tengo cliente que esta inscripto en dos provincias. ahora con la venta on line agregue 3 provincias. Sigo liquidando con los coeficientes originales hasta fin de año o liquido estas nuevas provincias por art. 14 ???

  14. Elisa 3 junio, 2020 at 10:13 Responder

    Hola Carla, buen dia.. tengo un cliente que presenta en varias juridicciones y una de ellas es de Salta… tengo entendido que una vez presentado tengo que hacer algo mas pero nose que.
    Gracias

  15. German 2 junio, 2020 at 21:55 Responder

    Buenas noches

    Di el alta de un cliente hace 24 horas en convenio multilateral e ingreso de la opccion “Convenio Multilateral – SIFERE WEB – DDJJ” , selecciono el cuit y me dice “Error al consultar datos de Contribuyente. Cuit no existente.”

  16. Uriel 20 mayo, 2020 at 03:06 Responder

    Hola Carla, buen día, te quería consultar: este mes de mayo 2020 le di la baja a mi cliente en ARBA como contribuyente local abonando el impuesto, pero en abril 2020 le di de alta a mi cliente en convenio, la DDJJ de abril se liquida igualmente (80-20) o se presenta en $0???.
    Gracias.

  17. CAROLINA 11 mayo, 2020 at 18:38 Responder

    Buenas tardes, tengo la siguiente duda, el pago de monotributo lo tengo en cuenta como gasto no computable para el CM05?

  18. Cristian 6 mayo, 2020 at 19:07 Responder

    Consulta , CM03 debo ajustar la base imponible segun venta por jurisdiccion y pagar en cada jurisdiccion por lo que vendo o determino el impuesto a pagar por jurisdiccion segun coeficiente unficado . Hablando de que todas las jurisdicciones son ART.2 .

    • Monica 13 julio, 2020 at 16:51 Responder

      Hola ! si tenes coeficiente unificado significa que ese es el que asigna la base imponible a cada jurisdicción, no se asignan directamente, excepto que sea inicio de actividad. No se si esta es la consulta

  19. Julieta 5 mayo, 2020 at 12:30 Responder

    Buen día Carla, tengo una duda por favor si me pudieras ayudar…
    Estoy cargando en CM05, en el Resumen anual del período fiscal, cargo las retenciones y percepciones pero no hay casillero para indicar el saldo a favor que se arrastra del a;o anterior, entonces, al final no me coincide el saldo a favor ya que incluye solo los del año 2019 y no arrastra el anterior. Como se hace?
    Gracias

  20. lucas 2 mayo, 2020 at 13:28 Responder

    Buenos dias,

    Quera hacer 2 consultas:

    1)Mi cliente posee su actividad en bsas (taller) y factura al seguro con domicilio fiscal en caba, yo considere que es convenio multilateral y así lo inscribí, esta bien?

    2)En el caso de la luz de local por lo que entendí es gasto computable entre las jurisdicciones, ya que no es un impuesto es un servicio.

    Saludos.

  21. Carolina 24 abril, 2020 at 11:30 Responder

    Hola Carla, te consulto lo siguiente: tengo que hacer una declaración jurada anual 2019 de una sociedad que cierra el primer balance el 31/07/2020. Fue inscripta en 09/2019 en el RPC. Ademas, no tuvo movimientos en 2019. (ni compras ni ventas) Como hago la DDJJ anual 2019 en cero???no me permite subir los archivos de resumen de ventas y compras en cero, en la ventana de determinación de coeficientes unificados.
    Te agradezco.Saludos.

  22. AYELEN 11 febrero, 2020 at 14:56 Responder

    Hola,
    queria consultar.Tengo una clienta que es monotributista con actividad de servicios relacionados con la salud,domicilio en buenos aires y factura en caba. Desde agosto 2018 es monotributista, la voy a incribir con esa fecha para que coincida.
    Deberia hacerlo con el articulo 2 .Las alicuotas me las tira el sistema o tendria que averiguar cuales fueron en 2018,2019 y ahora para 2020.Otra consulta, a medida que vaya presentando periodos viejos y pagando por cada ddjj fuera de termino me genera multas automaticas no? MUCHAS GRACIAS

  23. Javier 5 febrero, 2020 at 01:18 Responder

    Buen día, Soy de provincia y trabajo para agip, estoy bajo convenio multilateral. Al cobrar Agip me retiene el 1,5% de ingresos brutos por ser agente de retención del total facturado, y luego el banco a través del SIRCREB me retiene el 2,5% de ingresos brutos del total depositado. La pregunta es ¿Por qué me están reteniendo el 4% si en capital se paga el 3%? ¿Cómo debería hacer la declaración jurada?

  24. cintya 22 enero, 2020 at 08:43 Responder

    Hola buenos días,
    hice la presentación de la ddjj periodo 12/19 el día de ayer me aparece como cerrada pero no me da la opción para realizar la presentación ante la afip, que puedo hacer?

  25. Mariana 20 enero, 2020 at 12:15 Responder

    Hola Carla! Te escribo a ver si me podes ayudar por favor…
    Hice la DDJJ anual 2019 de un cliente con 3 jurisdicciones. Una de las jurisdicciones es Río Negro y tiene fecha de cese 31/12/19 (la di de baja en modificacion de datos).
    Cuando quiero grabar los coeficientes para la DDJJ mensual anticipo 1/20 me aparecen tildadas las 2 jurisdiciones que quedaron pero obviamente la suma de ambas no da 1. Como se procede en esos casos? Gracias!!!

  26. antonela 16 enero, 2020 at 15:03 Responder

    Estimados,
    Tengo la siguiente consulta
    Agarre una SAS de CABA que si bien tiene todas sus declaraciones juradas al día, noto que en la liquidación (es constructora y tributa en CABA y BS AS), hay un error de coeficientes ya que se viene liquidando con el 90/10 incluso cuando el servicio se brinda en su misma jurisdicción, lo cual es incorrecto porque el coeficiente debería ser 100 a esa jurisdicción.
    Hay algún problema si rectifico todas las declaraciones? Ya están todas abonadas y en ese aspecto no tendría problema porque ambas jurisdicciones son de 2.5%

    Aguardo sus comentarios
    Gracias,
    Saludos.

  27. Christian 5 enero, 2020 at 17:37 Responder

    Hola, soy monotributista tengo domicilio fiscal en BS AS y trabajo para una empresa de remis en CABA, debo inscribirme en Convenio?

  28. Laura 26 septiembre, 2019 at 18:17 Responder

    Buenas Tardes, presenté la declaración de convenio, parecía empezar el proceso de presentación y como resultado dice: RECHAZADA, “No se adjuntó la declaración o se encuentra vacía. Transacción nula (null)”. No me deja volver a crear una nueva, ya que me dice que la misma se encuentra rechazada y sería imposible crear una nuevamente. A la vez, tampoco me deja eliminar la que se encuentra rechazada. ¿Cómo lo solucionaría? Muchas Gracias.

  29. Camila 14 agosto, 2019 at 16:26 Responder

    Hola, buenas tardes, di de alta a un cliente por Padrón Web, por ART 9 ya que realiza actividades de transporte de pasajeros.
    Cuando fui a dar de alta el servicio en AFIP, no me figura directamente para poder habilitarlo. Nunca me había pasado con ningún otro cliente y no se por que puede ser. Alguien tiene idea? Les pasó?
    Muchas gracias.

    • Carla Lombardi 15 agosto, 2019 at 09:33 Responder

      Camila,
      Fijate que aparece un listado de organismo al momento de dar el Alta de los servicios, tenes que entrar al que dice “Comisión Arbitral”

  30. verónica 15 abril, 2019 at 10:32 Responder

    Buenos días tengo un cliente que es mercado libre , y en varias jurisdicciones no vende todos meses por ejemplo en salta tiene venta en mayo de 2017 y en enero y junio y noviembre de 2018, según rg 91/2003 tendría que tener al menos 90 días de ingresos antes del cierre del ejercicio anterior para ser artículo 2, como no lo cumple es art 14, es correcto? y como cargo esto en las planillas de a importar en sifere ya que no contempla el art 14.

  31. Jorge Correa 9 abril, 2019 at 18:37 Responder

    Hola a todos,
    Tengo el siguiente caso de Monotributista, en la ciudad de Córdoba.
    Su actividad principal es la exportación de Servicios de Software, y lo fue todo el año 2018,
    620100 – Servicios de consultores en informática y suministros de programas de informática
    Por la misma esta exento del pago de IIBB en Córdoba, Por tratarse de una actividad Profesional.
    A partir de Febrero de 2019, Alquiló un inmueble (local comercial) ubicado en la provincia de Jujuy, por lo que se dio de alta CM por articulo 2 para la tributacion de IIBB por esta actividad (secundaria).
    681098 – Servicios inmobiliarios realizados por cuenta propia, con bienes urbanos propios o arrendados n.c.p
    Mi duda es en cuanto los coeficientes de la DDJJ mensual, si en ambas jurisdicciones se debe tildar el articulo 14, o si solo en Córdoba y coeficiente 1 para Jujuy. Ademas, a la hora de realizar la declaración jurada , el monto imponible se debe cargar en “Total Monto Imponible (Artículo 2)” o en Total Monto Imponible Inicio Actividades (Artículo 14)?. Desde ya muchísimas gracias por su colaboración

  32. Ivone Pereiro 28 febrero, 2019 at 15:14 Responder

    Hola recien empiezo a usar sifere, alguien me puede ayudar sobre como abrir el client app, cuando lo abro me lleva a elegir programa, y en la carpeta java hay varios exe y no se cual elegir, gracias

  33. javier 17 enero, 2019 at 11:36 Responder

    hola, desde 2017 la clienta empezó actividades con convenio multilateral, articulo 2, trabaja en provincia de buenos aires, no ha hecho la primera ddjj, que recomiendan, se hacen las rectificativas por no presentación? o se elaboran las ddjj desde un comienzo? agradezco si alguien me da una mano.
    saludos

  34. antonela mutti 7 enero, 2019 at 09:35 Responder

    hola,
    tengo un cliente que venia haciendo el cm03 pero no se habia dado cuenta que su cliente le retenia ingresos brutos y no le estaba presentando el comprobante, entonces no lo incluiamos en la declaracion y le daba importe a pagar.
    ahora este mes, le mando todas las retenciones juntas de hace un año atras. como hacer ahora? hay que rectificar? y el importe que el ya pago se reconoce?

  35. Laura Seguel 18 diciembre, 2018 at 02:52 Responder

    Buenas, quiero hacer la declaracion mensual en sifere locales y me sale el siguiente error, “Falla al procesar pantalla de ddjj. Faltan cargar parámetros en la actividad ” alguien lo pudo solucionar?
    Desde ya muchas gracias.
    Saludos cordiales.

    • Carla Lombardi 24 diciembre, 2018 at 09:05 Responder

      Laura,
      Hice la consulta en la Comisión Arbitral y me respondieron lo siguiente:

      Estimado/a:
      Tiene que realizar la consulta en el fisco correspondiente.
      Atte.
      SUM@ – Sistema Unificado de Mesa de Ayuda
      Comision Arbitral del Convenio Multilateral

    • Ivone Pereiro 28 febrero, 2019 at 16:07 Responder

      Hola a mi me paso lo mismo y era porque en rentas estaba registrada con el codigo viejo de actividades, o sea en la constancia de inscripcion de afip codigos NAES, tenia un codigo y en rentas otro, lo solucione haciendo en rentas el reempadronamiento NAes

  36. Lu 31 octubre, 2018 at 15:37 Responder

    Hola buenos días estoy intentando cargar declaraciones juradas rectificativas desde abril con los coeficientes actualizados. No estoy pudiendo modificar los coeficientes ya cargados, me indicarías como lograrlo?

    Muchas gracias.

  37. Belen 26 octubre, 2018 at 12:31 Responder

    buenos dias; estoy por empezar a cargar desde el periodo julio presentaciones faltantes y cuando quiero pasar al sigueinte paso n°2, me dice un cartel en rojo: “Atención
    Falla al procesar pantalla de ddjj. Faltan cargar parámetros en la actividad 477470.”. por favor, si alguien me puede orientar como resolver este probl. muchas gracias. belén

  38. galilea 11 octubre, 2018 at 19:28 Responder

    Tengo un cliente con TASA CERO EN INGRESOS BRUTOS y me hacen retenciones de SIRCREB sobre los depósitos bancarios, la consulta es como debemos hacer para evitar LAS RETENCIONES. Muchas gracias

  39. Marcela 2 octubre, 2018 at 21:10 Responder

    Hola; al querer cargar el periodo 2/2018 por el sifere, me salta este cartel…..Falla al procesar pantalla de nueva ddjj. Las actividades 521130 no poseen alícuotas definidas para el período 02-2018
    Como hago para cambiar esa alicuota, si cuando voy a las actividades no me deja hacer ninguna modificacion…

    Gracias

  40. angela 1 octubre, 2018 at 14:48 Responder

    Hola buenas tardes
    Me podrian decir en que Articulo y norma establece que es obligatorio informar el IVA DF? Ademas las percepciones que facturo tambien las debo informar en el sifere web? gracias

  41. Vanesa 30 septiembre, 2018 at 12:46 Responder

    Hola! tengo un cliente que liquidó enero 2018 una jurisdicción en forma directa (como alta de jurisdicción porque había quedado con coeficiente cero en año anterior). Luego en abril cuando hace los nuevos coeficientes y los ajustes:
    1) La jurisdicción liquidada en forma directa, si ahora tiene coeficiente ¿se ve cual hubiera sido la base imponible de esos primeros 3 y se compara con la que se liquido y va en ajuste? es decir como se hace normalmente.
    2) La jurisdicción liquidada en forma directa, si sigue sin tener coeficiente ya que se calculan con el balance cerrado y la operación fue posterior, como va por asignación directa no se hace nada con lo declarado ya que corresponderia seguir haciéndolo en forma directa.
    3) Si al hacer los nuevos coeficientes, una jurisdicción que antes tenia coeficiente y por lo tanto durante los primeros tres meses tuvo asignación de base imponible y se liquidó impuesto, resulta que al calcularse los coeficientes queda con coeficiente cero porque no tuvo ni ingresos ni egresos en esa jurisdicción en el balance…. pero en el mes de marzo y en el de abril tuvo facturación a esa provincia, entiendo que abril debería hacerlo en forma directa y ajustando como si hubiera sido directo lo de marzo descontando la base imponible ya liquidada en enero, febrero y marzo?
    Gracias en forma anticipada por la ayuda que me puedan dar.

  42. Hebe 20 septiembre, 2018 at 09:22 Responder

    Buenos dias, estoy liquidando un convenio que tiene toda la facturacion en neuquen pero tiene inscripcion en rio negro tambien. las retenciones bancarias vienen divididas con un porcentaje altisimo en rio negro y el resto en neuquen, por lo que al liquidar se va acumulando un saldo a favor en una jurisdiccion y en la que tengo base imponible descuenta poco quedando un alto importe a pagar. Puedo yo discrecionalmente asignar la recaudacion bancaria de una jurisdiccion a la otra? Gracias

      • fabian 20 septiembre, 2018 at 15:46 Responder

        Hola, Carla quería realizarte una consulta, es la primera vez que liquido CM, es una persona que jamas tuvo actividad es autonomo tampoco jamas le habia dado de baja pero eso es otro tema…, y hoy lo estan intimando en CM, esta inscripto x art. 2, sucede que cuando realizo la 1 DDJJ q es del periodo 04/2001 no se me presenta ningún incoveniente pero cuando quiero realizar la próxima me solicita los coeficiente unificado, aclaro que todo lo puse en cero me refiero a los importes, cual fue mi error. u equivocación. ?

        Gracias

        • Carla Lombardi 21 septiembre, 2018 at 09:22 Responder

          Fabian,
          Estás presentando lo CM03 para poder dar posteriormente la baja?
          Con que fecha se inscribió en Convenio?

          Tenes que tener en cuenta
          ARTÍCULO 14°.- En los casos de iniciación o cese de actividades en una o varias jurisdicciones, no será de aplicación el régimen del artículo 5º, sino el siguiente:
          Iniciación: En caso de iniciación de actividades comprendidas en el Régimen General en una, varias o todas las jurisdicciones, la o las jurisdicciones en que se produzca la iniciación podrán gravar el total de los ingresos obtenidos en cada una de ellas, pudiendo las demás gravar los ingresos restantes con aplicación de los coeficientes de ingresos y gastos que les correspondan. Este régimen se aplicará hasta que se produzca cualesquiera de los supuestos previstos en el artículo 5º:
          Lo dispuesto en el párrafo anterior no será de aplicación para las actividades comprendidas en los artículos 6º al 12, ambos inclusive.
          En los casos comprendidos en el artículo 13, se aplicarán las normas establecidas por el mismo, salvo en la parte de los ingresos que se distribuye según el Régimen General, en cuyo caso será de aplicación el sistema establecido en el primer párrafo del presente inciso.
          Cese: En los casos de cese de actividades en una o varias jurisdicciones, los contribuyentes y responsables deberán determinar nuevos índices de distribución de ingresos y gastos conforme al artículo 2º, los que serán de aplicación a partir del día primero del mes calendario inmediato siguiente a aquél en que se produjere el cese.
          Los nuevos índices serán la resultante de no computar para el cálculo, los ingresos y gastos de la jurisdicción en que se produjo el cese.
          En el ejercicio fiscal siguiente al del cese, se aplicará el artículo 5º prescindiéndose del cómputo de los ingresos y gastos de la o las jurisdicciones en que se produjo el mismo.

          En el SIFERE Web tenes que ir a la tabla de coeficientes y allí marcar con tilde donde dice coef. 0 o inicio de actividad.

  43. gaston olivieri 29 agosto, 2018 at 17:33 Responder

    Hola. tengo que realizar ddjj de convenio en una empresa agropecuaria que tiene producción agrícola, ganadera y lechera en córdoba, y vende a capital, córdoba y buenos aires provincia.
    Ejemplo, en el caso del tambo que vende toda la producción a buenos aires provincia a través de liquidación unica (27), como debo calcular la distribución? Se carga en córodoba o buenos aires?
    Saludos, muchas gracias

  44. Aldana Secondini 22 agosto, 2018 at 10:12 Responder

    Hola
    Tengo una empresa que esta dentro del Articulo 13 de CM, estoy tratando de presentar una declaración por convenio y me da a pagar 300.000, más del 10% del impuesto, quería saber como puedo cargar los coeficientes por jurisdicción, o que error puedo haber cometido, cargue las retenciones por jurisdicción y los netos de las ventas por jurisdicción. Tiene algun articulo donde ejemplifique y explique bien las presentaciones por Art 13? porque encuentro de todos los articulos menos del 13. aldanasecondini@gmail.com
    Desde ya muchas gracias.

    • Carla Lombardi 23 agosto, 2018 at 09:44 Responder

      Aldana,
      Art. 13 no se liquida por coeficientes. No tengo una nota armada sobre el tema. Si queres indicanos como hiciste los cálculos para poder visualizarlo mejor.

  45. Florencia 15 agosto, 2018 at 13:23 Responder

    Hola, quería consultarte, es la primera vez que liquido CM, es una persona que abrió un local de venta y colocación de materiales para la construccion (Placas antihumedad, pisos flotantes), la fabrica está en CABA, por lo tanto le dí de alta con Jurisdicción sede en Prov Bs As, por el art 2. Esta bien?

    Como liquido el primer mes?

    Gracias

  46. Alejandro 12 agosto, 2018 at 03:21 Responder

    Buen día .
    Molesto para consultar sobre un cliente nuevo, es monotributista inicia su actividad en 8/2018. en régimen general por venta de articulo en internet, Hasta que momento debo liquidarlo por art. 14. ?
    Y por otro lado ya que es el primer convenio que voy a hacer y estoy como Adam y Eva, esta dado de alta en todas las jurisdicciones con sede en Santa Fe, suponiendo que tiene una facturación total mensul de 10.000 $ ej. 4000 en Cordoba, 3000$ en La Pampa y 3000$ en Corrientes , debo liquidarle 5000$ en Santa fe, 2000$ en Cordoba, 1500$ en La Pampa y 1500$ en corrientes?
    Desde ya Mmchas gracias.
    Saludos Alejandro

    • Carla Lombardi 13 agosto, 2018 at 09:42 Responder

      ARTÍCULO 5º – A los efectos de la distribución entre las distintas jurisdicciones del monto imponible total, se consideran los ingresos y gastos que surjan del último balance cerrado en el año calendario inmediato anterior.
      De no practicarse balances comerciales, se atenderá a los ingresos y gastos determinados en el año calendario inmediato anterior.

  47. Alberto Oyhanart 13 julio, 2018 at 18:35 Responder

    Estoy cargando la ddjj anual en Sifere WEb. El sistema indica que falta una jurisdiccion. Nunca se dio de alta a una segunda jurisdicción. Siempre tributo en una. cual sería la solución. No admite poner 0.
    Gracias

  48. Julieta Rubinstein 5 julio, 2018 at 10:20 Responder

    Hola, tengo una consulta, cuando es actividad especial, como cargo el coeficiente 10/90 u 80/20 por ejemplo?
    No encuentro la opcion.

    Gracias!!

    • Liliana 15 julio, 2018 at 21:59 Responder

      Hola, consulta tengo que empezar a liquidar conveniocon jurisdicción Santa Fe, la alicuota para la actividad 081300 extraccion de arena, canto rodado, …es del 1%; y la actividad 239422elaboración de cal laalicuota es del 2% xq facturó más de 64 millonesel año anterior? Muchas gracias.

  49. romina 19 junio, 2018 at 08:56 Responder

    Buenos Días, presento la declaración de convenio empieza el proceso de presentacion y como resultado dice no se adjunto la declaración o se encuentra vacia transaccion nula (null) . No me deja volver a crear una porque dice que esta pendiente ni eliminarla. Como lo soluciono???? Y la declaración tiene datos y la veo

  50. Gonzalo 16 junio, 2018 at 15:40 Responder

    La consulta es sobre convenio multilateral (sede en provincia de bs as).
    La duda me surge al leer que en capital la actividad está exenta del impuesto. Entonces si el factura 10.000 en capital y 10.000 en provincia de bsas(sede):
    CAPITAL: El el 80%(8000) en esa jurisdicción es exento. Y el 20%(2000) restante le correspondería a la jurisdicción donde tiene la sede con una alícuota de 3,5%.
    Es correcto lo que estoy entendiendo?
    901: 8000 EXENTO
    902: 12.000×3.5%=$420 IMPUESTO A PAGAR

    ES CORRECTO EL PLANTEO??

  51. Lucia 14 junio, 2018 at 17:46 Responder

    Buenas tardes, quería hacer la siguiente consulta. Tengo como cliente un profesional que está inscripto en convenio multilateral con sede en neuquen y tiene además jurisdicción en Río Negro. Su estudio se encuentra en neuquen. Este profesional tiene matrícula en Río Negro, por lo tanto el gasto le genera sustento territorial en dicha provincia. Aún no ha tenido casos en Río Negro. Todos los casos que tiene han sido en Neuquen.
    En este caso se debe liquidar por el artículo 10. Como todos los casos han sido en neuquen , debería colocarl el 100 por ciento de la facturación en la jurisdicción de neuquen. Aún no ha tenido ingresos en Río Negro como para aplicar el. 80 y 20

    Quería consultar si dicho razonamiento es correcto

    Muchas gracias

    • Carla Lombardi 15 junio, 2018 at 09:46 Responder

      Si, es correcto, en realidad aplicas el 80 / 20 pero al coincidir jurisdicción donde tiene su estudio, consultorio u oficina similar con la jurisdicción en la cual se realiza la actividad, suma el 100% en esa jurisdicción.

  52. Luis Alberto 29 mayo, 2018 at 10:00 Responder

    Necesito incorporar una nueva actividad a las que ya tengo, y el sistema no me lo permite. Cuales son los pasos a seguir?

  53. adriana 11 mayo, 2018 at 12:35 Responder

    buenos dias, tengo que incluir dentro de la liquidacion mensual de ing brutos , la venta de un bien de uso…ingreso no computable. Su actividad ppal se liquida por art 2. No me valida la ddjj argumentando que falla al validar la sumatoria de base imponible original con la sumatoria de base imponible gravados mas no gravados. Lo que hago es lo siguiente : en la solapa datos de actividades, comunes a las jurisdicciones, cargo solo los gravados. En la solapa datos de facturacion agrego el importe por la venta de bienes de uso. Cuando voy a la solapa de la jurisdiccion donde se realizo la venta de bienes de uso, pongo el importe como no gravado, y luego cuando hago la carga de datos por actividades desdoblo la actividad para generar la carga de la alicuota en la actividad gravada, y la carga de la venta del bien de uso, como no gravada a la alicuota cero. Al intentar validar, me da error por no coincidir las bases imponibles

  54. Laura 9 mayo, 2018 at 09:34 Responder

    Buenos días, una consulta en sifere web intento cargar la base imponible de cada jurisdicción y me da error, por eso vengo cargando el valor de ventas como ajuste de base imponible y el sistema me calcula el impuesto correctamente.
    El problema surge porque nos incorporaron al padrón sircreb por presentar las bases imponibles en cero.
    Por favor si tienen algún dato sobre este tema espero su respuesta.
    Gracias.

  55. LUIS MARIA DELAVAULT 7 marzo, 2018 at 18:34 Responder

    BUENAS TARDES! QUIERO REALIZAR LA DECLARACION JURADA ANUAL DEL CONVENIO MULTILATERAL POR WEB Y NO ME LA DEJA PRESENTAR PORQUE ME DICE QUE FALTA DECLARAR POR LO MENOS DOS JURISDICCIONES Y NO ME DA EN DONDE PONER LA OTRA JURISDICCION, DONDE PUEDO BUSCAR LOS PASOS PARA REALIZARLA. GRACIAS

  56. Mariana 2 febrero, 2018 at 14:31 Responder

    Buenos días Carla,

    Te escribo porque tengo un cliente, que tributa en dos jurisdicciones, hace ya dos años (art 2). Utiliza el coeficiente unificado para las mensuales. En enero de este año agrego una nueva actividad en estas jurisdicciones ya existentes. Esta actividad nueva tributará por articulo 14? Si es así hasta que mes tiene que hacerlo con coef 0 – cero? Por todo el año 2018?
    Muchas gracias por tu ayuda!

  57. Alejandra 1 febrero, 2018 at 11:07 Responder

    Hola buenos días , alguien que me pueda decir como cargar una percepción negativa como N/C en la plataforma SifereClientApp por que sacando un cero en el lugar del importe y poniendo en signo negativo me lo toma igual como sumando. Agradecederia que alguien me ayude a aclarar esta duda.

  58. DANIELA 14 enero, 2018 at 17:40 Responder

    Hola buenas tardes necesito consultar ya que es la primera vez que hago convenio multilateral.. es una contribuyente pertenece al regimen especial art 10 profesional, que nunca la dieron de baja de convenio desde 2011, y para esto debo regularizar; debo presentar desde 09/2011 en adelante mas anuales, y en esta ultima tengo dudas. Durante 2011 tuvo ingresos ya que vi presentaciones mensuales por lo tanto para el coeficiente unificado como lo calculo, declare en resumen anual del periodo y solo calculo esto es correcto? MUCHAS GRACIAS

  59. Marisel 12 diciembre, 2017 at 12:13 Responder

    Buenos días Carla, consulta: cliente nuevo ejerce actividad art 2. inicio sus actividades en 03/2010 siempre se presento por ART 14 coef. 0%, tiene los anticipos declarados hasta marzo 2015 que fue cuando cerro su negocio. No tiene ninguna CM05, como hago para calcular coeficiente unificado para los cm05? a partir de 03/2015 hasta 12/2017 tengo que poner en los ingresos $0 para las cm03?
    Luego tengo que realizar todas las cm05 para darle la baja por cese de actividades, estoy en lo correcto?
    Muchas gracias!
    Saludos.

  60. Juan Carlos 27 noviembre, 2017 at 09:25 Responder

    Buenos días, consulta, estuve haciendo rectificativas desde Abril al día de la fecha para ajustar los coeficientes por el CM05 , hasta setiembre todo bien, cuando llego a octubre creo la DJ, copio los coeficientes y una de las jurisdicciones no me deja marcar como agregar, ya que tiene coeficiente para el calculo, y asi no me deja grabar, paso que lo realizé sin ningún inconveniente en los periodos que venia rectificando, a que se debe?

  61. Veronica 13 noviembre, 2017 at 11:36 Responder

    Carla,
    Buenos dias,
    Quisiera saber para el caso de un abogado inscripto en convenio, en la jurisdicción de Buenos Aires, en que parte de la declaración de sifere web debo cargar el pago del “anticipo de honorarios prof” R114V2 de Arba.
    En Comarb y Arba y no supieron informarme.
    Muchas Garcias

    • Carla Lombardi 14 noviembre, 2017 at 08:53 Responder

      No tengo en este momento clientes abogados. Creo que una opción sería informarlo como “Créditos del Anticipo” en el SIFERE Web que es una opción menos restrictiva…

      • SERGIO LEONARDO CORVALAN 14 noviembre, 2017 at 14:03 Responder

        SI NO ME EQUIVOCO SERIA SI NO HUBO FACTURA, NO CARGUES NADA, SOLO CARGA CUANDO TENGAS LA FACTURA, AHI CARGALA , LA LIQUIDAS Y PAGAS EL IMPUESTO CORRESPONDIENTE

  62. Nicolás 8 noviembre, 2017 at 09:10 Responder

    Buen día Carla, te hago una consulta, alguien que como monotributista inició actividades en septiembre 2017, hastá que mes tiene que liquidar asignando el articulo 14? Gracias

    • Carla Lombardi 8 noviembre, 2017 at 09:20 Responder

      Persona Física hasta marzo, en abril debe realizar el ajuste de base imponible y utilizar coeficientes obtenidos por los ingresos y gastos determinados en el año calendario inmediato anterior (período 2017).

  63. María 27 octubre, 2017 at 10:51 Responder

    Buen día Carla Lombardi, me podrías pasar la guía por mail? porque me es imposible hacerlo desde el link mencionado más arriba.
    mreina1@hotmail.com
    Te lo agradecería mucho porque estoy empezando como profesional indepeniente y en Noviembre sería mi primera liquidación CM03.
    Saludos!

  64. Gisel 26 octubre, 2017 at 17:53 Responder

    Buenas tarde Colegas. tengo que realizar ddjj Anual de 2011,2012 sin movimientos por donde se debe presentar por el sifere web o siap.

    Gracias

  65. NATALIA 18 octubre, 2017 at 12:00 Responder

    HOLA

    LE HAGO UNA CONSULTA , QUISE PRESESNTAR LA DDJJ DE CONVENIO MULTILATERAL mensual Y ME SALE EL SIGUIENTE ERROR ( REGISTRO TIPO 17 REGISTRO OBLIGATORIOS SIN CONCURRENCIA OCURRIO F5866 v 400

    que significa . gracias

    • Franco 19 octubre, 2017 at 18:52 Responder

      Yo también estoy con el mismo problema desde fines de septiembre, bajé versión nueva del aplicativo y el mismo error al querer hacer la presentación.
      A alguien más le pasó, alguna solución. Gracias.

  66. Natalia 12 octubre, 2017 at 17:54 Responder

    Hola. Tengo una pequeña duda… Hace unos meses presento CM por SIFERE web de un contribuyente. Ahora tengo que hacer una rectificativa de un período (12/2014) que originalmente fue presentado por aplicativo, debo hacer la rectificativa por aplicativo? o por Web?
    Gracias!!

    • Jessica 17 octubre, 2017 at 19:25 Responder

      TENGO LA MISMA CONSULTA!!! ya que por sifere web solo se pueden hacer rectificativas de ddjj que ya presentaste via sifere web.
      Y cuando intento hacer rectificativa por aplicativo siap y presentarla me salta ERROR.

  67. Romina 9 octubre, 2017 at 06:08 Responder

    Hola Carla,
    Tengo un nuevo cliente que efectua asesoramiento en recursos humanos e inscripto por el Art 10. El tema es que estoy viendo que los CM05 presentados tienen coeficientes, se cargaron los ingresos y los gastos segun la jurisdiccion en donde se efectuo el ingreso y el gasto. Aunque los CM03 se realizaron segun la normativa del Art 10.
    Deberia rectificar las mismas. Ahora, segun lo que dice la ley no deberia informar los gastos y los ingresos declararlos como cada CM03. (80 – 20). Esto seria lo correcto?
    Gracias.

    • Carla Lombardi 9 octubre, 2017 at 09:05 Responder

      Cuando el CM05 es de uno de los Regímenes Especiales, no es necesario informar ni ingresos ni gastos (aunque si se debe importar igualmente la planilla en el SIFERE Web)

  68. Graciela Zarate 5 octubre, 2017 at 16:08 Responder

    Buenos días Carla. Te hago una consulta, tengo una clienta que hay que rectificarle varios períodos por haber declarado mal la base imponible en una jurisdicción errónea. Al rectificar cada período, no me deja borrar la base imponible a la jurisdicción declarada.
    ¿Cómo puedo realizarla?

      • M. Gabriela 10 octubre, 2017 at 18:21 Responder

        Hola Carla, no se si me respondiste el tema de las recificativas ? Agip me exige que las retenciones de juridicción Caba no esten en las DDJJ para que ellos efectuén la devolución, ya que el contribuyente esta exento en Caba por profesiones liberales.
        Y tengo que rectificar desde 2013, sacando las retenciones de Caba, es así como dice Agip ?
        Gracias!!!

        • Carla Lombardi 11 octubre, 2017 at 08:35 Responder

          Gabriela,
          Hasta hoy nunca pedí una devolución. Te indicaron el porque? No me suena logico, ya que si las sacas de las DJ donde figuraría el saldo por el cual estas pidiendo la devolcuión?

  69. M. Gabriela 27 septiembre, 2017 at 14:59 Responder

    Hola Carla ! Consulta tengo un cliente abogado que genero saldo a favor en juridiccion CABA porque estaba dentro del padrón Sircreb. El Contador anterior le declaraba la actividad exenta y le tomaba las retenciones, ahora una vez que le regularice todas las presentaciones y lo exclui del Sircreb reclame la devolución de la juridicción CABA 901, y Agip me contesto que para elevar la solicitud de devolución las retenciones a devolver no deben estar en ninguna DDJJ, esto me significa hacer 50 rectificativas ……, es así como dice AGIP ? La verdad les tengo desconfianza y para hacer 50 rectificativas quiero estar segura !

    Gracias !!!!!!!

  70. CAROLINA 25 septiembre, 2017 at 12:57 Responder

    Tengo que hacer las ddjj anuales pendientes de 2015 y 2016. Las puedo hacer por SIFERE WEB?
    Soy profesional artículo 10 y solo tuve ingresos en capital federal, por ende estoy exenta.
    Cargue los datos de la Actividad, puse el total de mis ingresos en “Ingresos No gravados, Desgravados y Exentos”.
    Luego quiero cargar los Datos de Las Exenciones de CABA pero me pide Número de Ley, porcentaje y fecha. Por favor me podrían decir cuales es la ley que corresponde para 2015 y 2016. Y qué fecha de inicio y expiración debo poner si tiene que ser año calendario.
    En mi caso debo completar algo en “Resumen Anual del Período Fiscal”?
    Muchas gracias!

    • Carla Lombardi 25 septiembre, 2017 at 13:18 Responder

      Esta es una pagina para Contadores Públicos, no realizamos asesoramiento a particulares.
      Te recomiendo que busques un profesional por tu zona para que te asesore correctamente.

  71. claudia 18 septiembre, 2017 at 20:36 Responder

    Hola carla mi problema es el siguiente yo cargue las declaraciones juradas mensuales sin problema, el problema esta en la declaracion anual cuando me pide que cargue Datos de Determinación del Coeficiente Unificado
    hay algun instructivo de como puedo hacerlo.

  72. andrea 13 septiembre, 2017 at 06:35 Responder

    buenos días, cliente nuevo que tiene presentado desde 06/2013 hasta el 10/2015 por art 14, luego nada, como determino el coeficiente sino tiene nada para poder determinar el gasto y hacer el cm 05???
    en ningún ejercicio tiene presentada la anual! siempre cargada por art 14!!
    que puedo hacer?? dice que sus gastos no los guarda!!
    es un cliente que su actividad es fumigar.

    • Carla Lombardi 13 septiembre, 2017 at 09:12 Responder

      Podrías confeccionar los coeficientes según los ingresos que es el unico dato que tenes.
      Tambíen podrías informar Impuestos y tasas, aunque es un gasto no computable para el coeficiente, por lo menos lo informas como no computable.

    • Carla Lombardi 13 septiembre, 2017 at 09:17 Responder

      Al final de cada mes… no entiendo bien la consulta.
      Los agentes de recaudación tienen tiempo entre el 15 y el 20 de cada mes de presentar las DJ de las cuales surgen la información.

  73. M. Gabriela 5 septiembre, 2017 at 15:57 Responder

    Hola colegas ! Consulta tengo un cliente que es profesional distribuye por medio del régimen especial 80% y 20%, Caba exento y Bs As gravado al 100%, realice el Cm05, y en la planilla de excel de coeficientes unificados puse todo en cero , ya que no tributa por Art.2 es Correcto ??

    Gracias
    Gabriela

    • Carla Lombardi 29 agosto, 2017 at 10:04 Responder

      Creo que si (habría que ver en detalle la situación), pero vas a tener que rectificar desde el momento que diste la baja en adelante y calcular los nuevos coeficientes si es Art. 2…

  74. Andrea 25 agosto, 2017 at 11:40 Responder

    Hola Carla Lombardo, te consulto: es obligatorio cargar el iva en el sifereweb?. Si no lo estaban haciendo hay que rectificar?.

    Muchas gracias

    • Carla Lombardi 25 agosto, 2017 at 16:21 Responder

      Si, se debe informar pero si yo estuviese en tu lugar, costo/beneficio, no rectifcaría, empezaría a informarlo desde este período en adelante…

  75. Fabiana 24 agosto, 2017 at 15:41 Responder

    Hola Carla Lombardi, te consuto: me dieron para rectificar todo el 2017.El CM 05 se hizo en junio. Dando coeficiente unificado por gastos a una provincia que fue dada de alta en junio.
    La consulta es: que hay que hacer para que quede bien ?. Ya que el alta fue en junio por ventas, pero dio coeficiente por gastos en el 2016. Los gastos son de noviembre de 2016.
    Esto esta mal hecho.

    Muchas gracias, Fabiana

  76. Fabiana 14 agosto, 2017 at 21:43 Responder

    Hola, consulta. Me dieron para rectificar las DDjj de enero a mayo de 2017 por los coeficientes determinados en el CM 052016.
    Tengo CABA Y BS AS , alta en 1996.
    -Rio Negro ,alta 09/2016( quedo saldo a favor en 12/2016). Sin ventas en 2017.
    -Tierra del Fuego , alta 10/2016.(quedo saldo a favor en 12/2016). Ventas en 02/03/5/2017).
    -Entre Rios , La Pampa, Cordoba, Tucuman, Neuquen (Fueron dadas de alta en 2017 por tener ventas, las mismas no son significativas).

    Quedaron coeficientes para CABA, BS AS, RIO NEGRO, MISIONES.

    LA ???? ES SE PUEDE DAR DE BAJA ESAS JURIDICCIONES DEL 2017. Y RECTIFICAR LAS QUE QUEDARON CON COEFICIENTES UNIFICADO.
    GRACIAS

  77. AGUSTIN 26 julio, 2017 at 11:35 Responder

    CARLA , DONDE PUEDE VER SI UNA DECLARACIÓN JURADA MENSUAL DE CONVENIO MULTILATERAL SE ENCUENTRA PAGA O IMPAGA .

    GRACIAS.

  78. RAUL 25 julio, 2017 at 17:00 Responder

    Hola Buenas tardes, un contribuyente tiene que presentar CM05 2014, 2015 y 2016. La anual correspondiente 2016 presenta bajo Sifere web, ahora las restantes puede presentar bajo aplicativo siap??

    Gracias
    Saludos

  79. Ana 23 junio, 2017 at 19:21 Responder

    Estimados, tengo dado de alta un monotributo por la actividad arrendamiento de campos. Solo tengo ingresos una vez al año, por eso cada 6 meses por presentar las DDJJ en cero me incluyen de oficio en el padron ( esa parte no la comprendo, cuando me incluyen en el padron los bancos me retienen SIRCREB y si estoy fuera no me retinen??
    Realizaba las DDJJ por medio del SIAP en el SIFERE y las cargaba a la pagina de la AFIP.
    Ahora las hago directamente desde la pagina de la AFIP, SIFERE WEB.
    1) Mi duda es sobre los coefecientes vengo arrastrando los mismos desde el 2013, como los calculo correctamente? Solo estoy en la juridicción 901 y 902.
    2) En este aplicativo realizaba DDJJ anuales es lo mismo que CM05?
    Ahora como debo generar las DDJJ anuales

    • Carla Lombardi 26 junio, 2017 at 09:32 Responder

      Ana,
      Esta es una pagina para contadores publicos.
      Te recomiendo que busques un profesional por tu zona para que te asesore correctamente sobre tu caso.

  80. Damian 23 junio, 2017 at 11:10 Responder

    Hola Carla, buenos días..
    Te molesto para consultarte sobre un contribuyente monotributista que inicio su actividad en 12/2016. Hasta el momento esta liquidando por art. 14.
    La pregunta es hasta cuando debe liquidar por art. 14 y si debe presentar el CM05?
    Muchas gracias.
    Saludos,

    • Carla Lombardi 26 junio, 2017 at 09:41 Responder

      El art. 14 se aplicaría en este caso hasta el mes 12/2016. Y por lo meses de enero a marzo, a partir de abril debe utilizar los coeficientes que surjan de los ingresos y gastos determinados en el año calendario inmediato anterior.
      Si, hay que presentar CM05 por el 2016.

  81. Florencia 22 junio, 2017 at 09:13 Responder

    Hola buenos dias,
    Queria consultarles si me podrian indicar como proceder con este caso. Presta servicios de instalacion de agua, gas, etc. Va por art 6 reg especial. Tengo que hacer la.ddjj anual, no se como es el tema de los coeficientes. Debe la del 2015 y ahora 2016. Muchos gastos no tiene de hecho no tiene xq no tiene comprobantes de nada. Me podrian ayudar? Gracias

  82. Carla 21 junio, 2017 at 22:54 Responder

    Hola Carla, como estas?
    Disculpame te hago una consulta, me trajeron un caso de un contador que esta en condiciones terminales pobre y no puede obviamente hacer las DDJJ de convenio.
    El siempre usó SIAP, por lo que yo en DDJJ WEB no puedo ver nada. Hay alguna manera de recuperar informacion sin tener que pedirle nada al pobre hombre? Para ver como declaró en los ultimos meses.
    Muchas gracias!!!!!!

    • Carla Lombardi 23 junio, 2017 at 09:19 Responder

      Si, dentro del servicio “SIFERE Web Consultas” tenes la opción de ver el detalle de las DJ presentadas, esta absolutamente toda la información desde la Base Imponible, la alícuota, el impuesto, etc.

  83. Flavia 18 junio, 2017 at 11:42 Responder

    Buenas! Me parece haber leído una pregunta similar pero sin respuesta:
    Si el contribuyente presentó ddjj mensuales a traves de SIAP hasta 09/16, y luego mediante WEB, como se realiza la anual??
    El error que tira es: “Falla al mostrar pantalla de Nueva DDJJ Anual. Existen otras DDJJ en estado Borrador para el período 2016. Imposible crear una nueva.”

    • Carla Lombardi 19 junio, 2017 at 08:43 Responder

      Falvia,
      Por SIFERE Web, el problema es que ya hay una DJ Anual abierta, tenes que ir a la pestaña de DJ Anuales, ver el listado y seguir editando la que ya creaste.

  84. Sergio 9 junio, 2017 at 14:47 Responder

    Hola, les hago una consulta.
    Tengo un cliente el cual es monotributista y se dio de alta en convenio el 12/10/2016 (ART2), ahora tengo que presentar la DDJJ anual al 31/12/2016 o recién en el mes 11/2017.

  85. Viviana 6 junio, 2017 at 11:46 Responder

    Hola! consulta, necesito ingresar a una DDJJ ya cerrada por sifere Web para imprimir los datos de las deducciones ingresadas, alguien me puede decir desde donde y como hacerlo? muchas gracias!

    • Carla Lombardi 6 junio, 2017 at 18:32 Responder

      Podes hacer clic en la opción para generar rectificativa, ahi podes entrar a la DJ para poder ver las deducciones ingresadas.
      Una vez descargada toda la información que necesitas, borras la rectificativa (ya que al no presentarla es simplemente un borrador).

  86. Cecilia 23 mayo, 2017 at 11:51 Responder

    Hola!
    Un contribuyente tiene como actividad secundaria ingresos por alquileres que deben ser atribuidos exclusivamente a la jurisdicción sede (según respuesta de API) y no encuentro la manera de poder hacer la asignación directa de esos ingresos en el Sifere Web.
    Alguien sabe cómo hacerlo?
    Gracias.

    • Carla Lombardi 23 mayo, 2017 at 15:52 Responder

      Cecilia,
      Si tenes la respuesta de API me gustaría leerla.
      El tema de los alquileres es bastante discutido, pero sigue primando el concepto de Convenio – Sujeto, por lo cual si la actividad principal liquida por Art. 2, entonces la secundaria tambien liquida por Art. 2 Coef. Unif.

    • el che 25 mayo, 2017 at 10:49 Responder

      Buen día.

      Cuidado Cecilia con eso, dado que para asignar los ingresos exclusivamente en Santa Fe (como el caso que vos estás mencionando), la actividad “alquileres” tiene que estar escindida 100% de la actividad principal. Tiene que ser perfectamente demostrable que no utiliza la misma administración (por ejemplo). De ser así, y si tu respuesta es afirmativa, lo que podés hacer, para asignarlo directamente a la jurisdicción
      1) En “datos de actividades”, no le cargues el importe, porque sino te lo va a distribuir
      2) cuando ingreses en el detalle de la jurisdicción específica, ingresá el importe en “Ajuste Base Imponible”
      con su correspondiente alícuota.

  87. Jorge Paez 16 mayo, 2017 at 12:23 Responder

    Hola Carla

    Ya hice ésta consulta y no obtuve respuesta, hay algún método para pagar con la cuenta de otro CUIT un VEP de una declaración jurada de otro contribuyente ?
    Anteriormente se podía con el VEP desde archivo pero ahora no ?
    Que puedo hacer ?
    Muchisimas gracias

    • Yesica Carrizo 16 mayo, 2017 at 15:40 Responder

      Buenas tardes! Sí, cuando vas a generar un VEP te da la opción “ingrese una Cuit”. Ahí pones el cuit del contribuyente al que queres pagarle el VEP.

  88. Monica 15 mayo, 2017 at 16:20 Responder

    quisiera saber como se realizan las rectificaticas del sifere en afip , como genero para traer los datos del mes que quiero rectificar sin tener que copiar los datos nuevamente.
    muchas gracias

    • Caro 16 mayo, 2017 at 16:46 Responder

      Monica posicionate en las Listado de Declaraciones Juradas Mensuales en las dos ojitas que están alado del símbolo de la impresora y automáticamente te genera el borrador de la rectificativa.

  89. Adrian 15 mayo, 2017 at 10:55 Responder

    Hola. Estoy haciendo la DJ anual y necesito saber si uno tiene que disponer de las facturas o tickets de los gastos que respalden la declaracion. En mi caso trabajo desde mi casa ofreciendo servicios y la verdad tengo gasto cero para mi actividad, entonces pensaba poner como unico gasto 500 pesos en articulos de oficina y listo. Es buena idea? Que deberia hacer sino?
    Muchas gracias!
    Adrian.

  90. Monica 13 mayo, 2017 at 23:18 Responder

    Buenas! Tengo un cliente q inicio act. en noviembre 2016 en Convenio. No confecciona balance. Le corresponde el art.2. Corresponde presentar el cm05?
    Por otro lado, podrian mandarme la guía ya q no me descarga. Mi mail es monicagutierrez76@hotmail.com.
    Muchas gracias.

  91. Liliana 13 mayo, 2017 at 13:19 Responder

    Buen dia,

    Al preparar la DDJJ anual de un contribuyente con Regimen Especial art. 10, aunque sé que es informativa, igualmente veo que me genera los coeficientes unificados… esto es asi? no me va a generar ningun inconveniente futuro? Yo solo ingresé las ventas en la linea correspondiente al art.10 del excel.

    Gracias!

    • Carla Lombardi 15 mayo, 2017 at 09:04 Responder

      Liliana,
      Parece que esta habiendo algún tipo de problema con esa carga, una opción sería informar en 0 los ingresos por Art. 10

  92. Maxi 12 mayo, 2017 at 19:49 Responder

    Hola, un contribuyente dado de alta en abril de 2016 (art 2 general). Hasta el anticipo 3/2017 lo hice por Asignación directa s/ art 14. Para el anticipo 4/2017 me genera la duda que hacer:
    a-(debo hacer la DDJJ anual (por más que venza recién en Junio/2017)??? y usar esos coeficientes?
    b- seguir haciendo asignación directa hasta junio, y recien empezar a usar los coeficientes en julio?
    c- además de empezar a usar los coeficientes en abril, debo rectificar las de enero,febrero/marzo???
    Si no es ninguna, agradecería cual es el paso a seguir, porque no soy muy amante de convenio y en la lectura que hice no fue muy aclaratoria. Desde ya, muchas gracias

    • Carla Lombardi 15 mayo, 2017 at 09:06 Responder

      Si es persona humana, debes comenzar a utilizar coeficiente en 4-2017 y hacer ajuste de base imponible por el período enero a marzo.

  93. Sabrina 11 mayo, 2017 at 21:31 Responder

    Estimados,
    me sale el error en el CM05 sifere web “Falla al mostrar pantalla de cierre de Declaración Jurada. Imposible cerrar DJ. Debe cargar previamente los coeficientes unificados”, pero el problema es que es regimen especial, no tiene coeficiente unificado.

    Como lo resuelvo

    Gracias

      • Alfredo Muñoa 13 mayo, 2017 at 11:58 Responder

        Buenos días, tengo un cliente que desarrolla actividades profesionales en 2 jurisdicciones, En actividades pongo que entra en el artículo 10. Y en la pantalla Determinación del Coeficiente Unificado cargo que los datos en Ingresos por Regímenes Especiales Art. 10. Pero de igual manera me calcula un coeficiente en la pantalla de abajo. Con esto me permite cerrar correctamente la ddjj. Mi duda es si con la carga del cm 03 del próximo mes no tendría problemas y si esta es la forma correcta de cargarlos.
        Muchas Gracias, Saludos.

        • Carla Lombardi 15 mayo, 2017 at 09:03 Responder

          Alfredo,
          Parece que no sos el unico con este problema. A mi no me paso, pero una opción sería informar en 0 la información del Art. 10, asi no te genera coeficiente.

  94. Jorge Paez 10 mayo, 2017 at 12:33 Responder

    Una tercera persona puede pagar el VEP de OTRO CUIT, antes se podian generar VEPS desde archivo en AFIP, ahora los codigos 5800 no los permiten

  95. LUISINA PIETRASANTA 9 mayo, 2017 at 16:51 Responder

    Buenas tardes, una consulta…
    SRL que se inició en 09/2016 y cierra su primer balance el 31/07/2017
    Se encuentra en CM, jurisdicciones CABA y Santa Fe, desde el inicio viene tributando todo por Art. 14.
    Debe presentar CM05 por el año 2016? De ser así, coeficientes no deben calcularse por no tener balance cerrado…que particularidades debe tener la carga del CM05 Web??
    Cuando se calcularían por primera vez los coeficientes, en abril 2018?
    Gracias!

    • Carla Lombardi 10 mayo, 2017 at 13:07 Responder

      Luisina,
      Seguis con Art. 14 hasta próximo año, recien vas a usar coeficientes unificados en abril 2018, es correcto.
      El CM 05 de 2016 debes presentarlo, cargas todas las pantallas y la de coeficiente unificado la cargas en 0.

  96. nadia 7 mayo, 2017 at 19:22 Responder

    Hola Carla, como estas??

    Tengo un nuevo cliente el cual esta inscripto en convenio multilateral desde 2003 con dos jurisdicciones dadas de altas. Por la actividad que realiza, obtuvo una exencion especial en el pago de ingresos brutos que se le termino el plazo en marzo por lo que abril deberia comezar a tributar.
    Mi pregunta es basica, deberia determinar coeficiente unificado en el mes de abril? o tributa por asignacion directa por este año?

    La firma cierra ejercicio en el mes de abril.

    Muchas gracias

    Saludos

    • Carla Lombardi 8 mayo, 2017 at 09:48 Responder

      La asignación directa es solo para el primer año. Si esta inscripto desde 2003, debería aplicar coeficiente.

  97. Isabel 27 abril, 2017 at 09:21 Responder

    Buen día! Hay algun instructivo para cargar por primera vez la DDJJ anual en sifere web? Hay manera de importar las ddjj mensuales o hay que volver a cargarlas una por una?
    Si es monotribustista solo factura un servicio al mes y no tiene gastos como se calcula el coeficiente? Gracias!

  98. Maria 19 abril, 2017 at 21:11 Responder

    Contribuyente convenio, debe ddjj anual 2012 a 2015.
    En todo el período no tuvo facturación, ingreso mensualmente el mínimo.
    Como se deben completar los datos de coeficientes en el sifere aplicativo? Si se presenta todo en cero tira error….muchas gracias!

  99. Eliana 19 abril, 2017 at 17:33 Responder

    buenas,
    en el caso que tenga exclusivamente actividad de regimen especial, directamente no tengo que presentar el CM05 web??
    gracias

  100. MARTIN FATTORE 17 abril, 2017 at 18:26 Responder

    HOLA, CARLA, BUENAS TARDES:
    INICIE ACTIVIDAD DE TRANSPORTE EL 01/03/17 Y TENGO QUE HACER LA PRIMER DDJJ EN EL SIFERE, CUANDO QUIERO GRABAR LOS COEFICIENTES ME SALE UNA LEYENDA DONDE ME DICE QUE DEBE SER ART 14 O COEFIC 0,00, CUANDO DEBERIA SER ART. 9 REGIMEN ESPECIAL POR LA ACTIVIDAD, O SERA QUE POR INICIAR ACTIVIDAD SE APLICA EL ART. 14, POR FAVOR SI PUEDES ACLARARME ESTE TEMA, TE LO AGRADECERIA.-

    • Carla Lombardi 18 abril, 2017 at 08:53 Responder

      No, es Art. 9 aunque inicie actividad. Fijate como esta dada el alta y como estan cargados los datos.
      Si es regimen especial, no hay que informar coeficientes.

  101. sandra Romani 17 abril, 2017 at 00:31 Responder

    Hola si es un contribuyente de Convenio que se inscribio en noviembre 2016, por consiguiente el numero de CUIt es el numero del convenio , como hago pra armar el convenio CM 05 2016, no me deja poner el numero de cuit , me sale invalidos

  102. guillermo bahler 5 abril, 2017 at 11:26 Responder

    Carla como estas??

    como hago la anual de 2016??? no figura en el modulo de SIFERE web.

    lo hago por aplicativo??

    espero novedades.

    • Romina 11 abril, 2017 at 11:55 Responder

      Legalmente mediante RG (CA) 16/16 se estableció el uso obligatorio del Módulo DDJJ “Generación de Declaraciones Juradas Mensuales (CM03 y CM04) y Anuales (CM05) del Sistema SIFERE WEB”.
      Pero en la realidad, el modulo para realizar el CM 05 mediante el SIFERE Web todavía no está disponible.

      ¿BAJO QUE PLATAFORMA DEBO LIQUIDAR EL CM05?
      Mi respuesta a boca de urna sería bajo SIFERE Web, con lo cual por ahora no quedaría otra que esperar.
      Sin embargo al realizar la consulta a la Mesa de Ayuda de Comisión Arbitral, me respondieron que hasta que no salga la opción para realizarla online, se podrá utilizar el aplicativo SIFERE que funciona bajo la plataforma SIAP.
      Les dejo las respuesta que me enviaron vía mail y aprovecho para destacar la rapidez con la que respondieron.

      Re: [Ticket#2017040610000753] CM 05 del año 2016
      Sistema SIFERE WEB
      Estimado/a:
      Hasta el momento se presenta por siap, la versión del sifere web está próxima a salir pero en caso de ya haberla presentado por siap no hay ningún inconveniente
      Atte.
      SUM@ – Sistema Unificado de Mesa de Ayuda
      Comisión Arbitral del Convenio Multilateral

      Re: [Ticket#2017040610000744] CM 05 del año 2016
      Aplicativo SIFERE
      Estimado/a:
      La ddjj anual aún se confecciona con SIFERE/SIAP.
      Se están haciendo algunas pruebas finales para que en poco tiempo sea habilitado el modulo para las anuales dentro de sifereweb pero no podemos precisar fecha.
      Atte.
      SUM@ – Sistema Unificado de Mesa de Ayuda
      Comisión Arbitral del Convenio Multilateral

  103. federico2488 15 marzo, 2017 at 19:30 Responder

    Hola les hago una consulta, tengo que cargar retenciones por la herramienta de deducciones el problema se me platea cuando un comprobante de retención es sobre varias facturas solo puedo cargar un solo numero de factura me podrian indicar como realizar la carga?
    Si el comprobante de retención es sobre una sola factura no hay problema el tema es cuando me abarca más de una.
    Muchas gracias.

  104. liliana scalise 7 marzo, 2017 at 13:35 Responder

    liliana scalise
    hola al cargar los datos en el aplicativo sifere me solicita datos de la persona y aparece numero de inscripcion en convenio y el espacio no me deja cargar el cuit que es el unico numero que me dieron al inscribirme como hago???
    gracias

  105. Silvana 6 marzo, 2017 at 18:34 Responder

    Hola! Un contibuyente presento sus ddjj por SIFERE Siap hasta el periodo 09/2016 y luego por SIFERE WEb. Ahora tiene que presentar rectificativas del periodo 2016, debe hacerse con el sistema que se presento oportunamente o deben realizarse todas por SIFERE Web?

  106. Ariel 9 febrero, 2017 at 12:53 Responder

    Buen día, necesito hacer dos consultas.

    1- Para realizar la ddjj anual (cm 05) se debe realizar por el aplicativo SIAP?, ya que no encuentro la forma de poder realizarlo por la web.

    2- Este contribuyente empezó a generar la DDJJ mensual desde octubre del 2016, ahora bien le llego una intimación de rentas córdoba, donde debía presentarlos a partir del primero de junio de 2016, lo que se me ocurrió fue generar una DDJJ rectificativa sin montos a pagar a través de la web, pero me encuentro que obviamente no se puede generar una rectificativa sino esta presentada la original desde la web. Debería presentar las ddjj ORIGINALES (ya que tienen otro número de formulario) con los montos a pagar en cero?.

    Gracias

  107. Marcela 7 febrero, 2017 at 18:14 Responder

    Hola necesito reinscribir la jurisdicción 902 que di de baja en 2014 entro por el padrón web pero no figura el listado el jurisdicciones inscriptas Es un tramite definitivoGracias

  108. Mara, 01/02/2017 1 febrero, 2017 at 01:28 Responder

    Disculpen mi preg es muy basica. tengo que hacer la primer DDJJ mensual de Convenio Multilateral,
    por favor, alguien me puede guiar? Hay que bajar un aplicativo?, hay que habilitar la funcion SIFERE con Administrador de clave fiscal en la pag de afip? . El contrib figura en el padron de Conv. Multilateral.Ayuda por favor. Muchas gracias.

  109. Esteban 24 enero, 2017 at 11:59 Responder

    Buenos días, tengo una consulta, como debería hacer la DDJJ anual para un contribuyente que realiza 2 actividades, estando una de ellas contempladas dentro del Art 2 y la otra en Art. 9. La duda surge ya que el sistema, dentro de los datos de la empresa, te da la opción de “coeficiente unificado Art 2 y/o 14” y “SOLO regímenes especiales Art. 6,7,9,…” Si tildo una de las opciones la otra me queda no contemplada.
    Ademas la actividad por art 9 se dio de alta en Agosto y dentro de las de Art 2 se incorporo una jurisdicción en Diciembre.
    El caso es algo complejo así que toda ayuda que puedan brindarme seria de muchísima utilidad. Saludos!!

  110. Isabel 19 enero, 2017 at 17:05 Responder

    Buenas tardes Carla,
    Un contribuyente que inicio actividades en enero de 2016 presento todas las ddjj por el articulo 14. Es monotributista. Cuando debe dejar de hacerlo por ese art y en tal caso como debería presentarlas a partir de ahora que se cumplió un año calendario?
    La DDJJ anual se hace por sifere web?
    Muchas gracias!
    Saludos,

    • Carla Lombardi 20 enero, 2017 at 08:48 Responder

      A partir de abril debe utilizar los coeficientes unificados y deberá ajustar en ese periodo los meses de enero a marzo.

        • Carla Lombardi 23 enero, 2017 at 16:41 Responder

          RG (CA) 16/2016: SIFERE WEB:
          Artículo 1º-Establecer para todos los contribuyentes de Convenio Multilateral –con la excepción prevista en el artículo 3º-,el uso obligatorio del Módulo DDJJ “Generación de Declaraciones Juradas Mensuales (CM03 y CM04) y Anuales (CM05) del Sistema SIFERE WEB” –aprobado por R.G. 11/2014 de esta Comisión Arbitral-, para la presentación de DDs JJs Mensuales a partir del 1º de Noviembre de 2016. Para su uso, deberán considerarse las disposiciones previstas en la mencionada R.G.

  111. karina 15 enero, 2017 at 19:00 Responder

    Hola tengo que ingresar una ddjj de sifere web con articulo 9, es empresa de transporte, el sistema me pone solo articulo 14 (diciembre seria el primer mes de facturación de todos modos), adonde puedo colocar el articulo 9? gracias

  112. Vanesa 13 enero, 2017 at 13:32 Responder

    Hola, necesito cargar las retenciones y percepciones de un sistema que tiene mi cliente al sifere web pero me pide en la conversion que cargue la referencia externa o codigo de salida y nose cual es.. me las podrías pasar para cada caso por favor, ya que no las veo publicada en la resolución.

  113. Leticia 31 diciembre, 2016 at 17:11 Responder

    Hola, como puedo hacer la ddjj anual 2016 de un contribuyente de convenio multilateral si no se puede aún por SIFERE WEB y por aplicativo tengo que cargar el número de inscripción viejo que no tengo porque el contribuyente es nuevo y su número ahora es la jurisdicción + cuit. Necesito hacer la ddjj anual para darlo de baja.
    Gracias.

    • Romina 10 enero, 2017 at 06:52 Responder

      Te copio lo que me respondieron ayer x mail:

      Estimado/a :

      Por el momento se hacen mediante Sifere/Siap como era antes. De no tener número de inscripción porque el contribuyente se inscribió posteriormente a noviembre 2015 deberá usar un número genérico anteponiendo los tres dígitos de su sede. Por ejemplo:

      ?901-302000-1, 902-302000-1, 903-302000-1 etc.

      Atte.
      Sabrina
      SUM@ – Sistema Unificado de Mesa de Ayuda
      Comision Arbitral del Convenio Multilateral

      SUERTE!
      Espero que te sea útil

  114. CAROLINA 28 noviembre, 2016 at 11:21 Responder

    hOLA BUEN DIA! NECITO AYUDA, ES LA PRIMERA VEZ QUE LIQUIDO CONVENIO Y NO ME DEJA CARGAR LA DDJJ PORQUE NO TENGO CARGADO LOS COEFICIENTES, EL CONTRIBUYENTE TRIBUTA POR ART. 11 Y NO SE COMO CARGAR LOS COEFICIENTES YA QUE SOLO ME APARECE PARA CARGAR COEFICIENTE UNIFICADO O ÁRT. 14. POR FAVOR NECESITO AYUDA

  115. Melisa 26 noviembre, 2016 at 10:48 Responder

    Hola, tengo un inconveniente con respecto a la ddjj CM SIFERE WEB (ARBA), me reclaman el pago de un período que ya ha sido abonado, estuve controlando (pagina de ARBA) y es porque NO CONSIDERAN el SALDO A FAVOR del periodo anterior. Les consulto, a algunos de udes se les presentó éste problema? Espero respuesta alguna, desde ya muchas gracias!!!!

    • Carla Lombardi 30 noviembre, 2016 at 09:20 Responder

      Melisa,
      Si, yo tambien tengo un cliente con el mismo problema.
      Presente un descargo a traves de la pagina.
      Todavía no tuve respuesta.

  116. MARIA 23 noviembre, 2016 at 19:35 Responder

    HOLA,TENGO UN CONTRIBUYENTE QUE DEJA CONVENIO Y PASA AL LOCAL,TENGO QUE HACERLE EL CM 05 2016 Y NO SE COMO HACERLE.POR FAVOR ME PODRIAN AYUDAR.GRACIAS

  117. Magali 22 noviembre, 2016 at 11:05 Responder

    Hola, quería saber cómo encontrar los VEPs que se generan mediante el SIFERE WEB.
    No hemos podido encontrar ninguno de los volantes electrónicos generados y no conocemos alternativa para efectuar dichos volantes incluyendo intereses.
    Agradecería su ayuda.

    Gracias!

    • José Simes 28 noviembre, 2016 at 13:43 Responder

      Si lo generaste por SIFERE WEB, fijáte en consulta de VEP, y vas a ver que fue generado con el CUIT del Sistema Arbitral. Lo ideal, es entrar con clave fiscal, y generarlo desde ahí, y queda generado por el contribuyente.

  118. Graciela 14 noviembre, 2016 at 15:44 Responder

    Hola, si por favor me pueden mandar el Instructivo para hacer la ddjj por primera por sitio Web, ya que no lo puedo bajar.
    Por otro lado NO entiendo que hay que hacer si uno quiere cargarlas manualmente todas las deducciones ??? que se debe bajar o descargar y como opera?
    gracias ¡¡¡¡

  119. Victoria 14 noviembre, 2016 at 15:05 Responder

    Buenas Tardes
    Quería saber cómo se presenta la DDJJ de sifere web en el caso de las sociedades,ya que cuando voy a afip y busco el numero de formulario no me aparece. En cambio en las personas físicas cuando busco en afip el formulario 5866 me aparece.
    Saludos!

  120. Laura 11 noviembre, 2016 at 16:11 Responder

    Hola Carla. Tengo que hacer las ddjj IIBB convenio multilateral y no tengo ni idea como hacerlas. Me podes por favor mandar la guía. Muchas Gracias

  121. Noelia 7 noviembre, 2016 at 20:47 Responder

    Si alguien tiene una guía de como hacer una DDJJ CM03 SE los voy a agradecer!!! No encuentro ninguna en Internet y es la primera vez que debo hacer una …..estoy de los pelos.
    Muchas gracias.. (noelialuengo@hotmail.com)

  122. Ana María 26 octubre, 2016 at 14:23 Responder

    Buenas tardes. Mi consulta es ¿cómo cargo las retenciones y percepciones tanto de provincia bs as como de otras jurisdicciones? Solo encuentro en Sifere consultas el sircreb, pero no tengo forma de saber las otras retenciones y percepciones. Inclusive de ARBA hasta hace un tiempo se podían consultar y ahora no hay donde…
    Y por otro lado, necesitaría que me envíes la guia de uso.
    Muchas gracias

    • Mariana 11 noviembre, 2016 at 15:50 Responder

      Hola, en la página de arba están las retenciones, cambió el formato de la página pero siguen estando, tenés que ir a menú por impuesto (arriba a la izquierda)cliqueas en ingresos brutos/ddjj y deducciones informadas/consultas y descargas, luego te pide el cuil y todo lo demás es igual que antes. Saludos

  123. gabriela 13 octubre, 2016 at 17:53 Responder

    Hola, es posible hacer un pago parcial en una juridiccion? cuando voy a generar VEP no me permite modificar el importe. Muchas Gracias

  124. Juan Carlos Bignone 8 octubre, 2016 at 19:24 Responder

    Hola Carla, Buenas tardes!!

    Necesitaria si lo podes hacer, que me envies la guia de uso del SIFERE WEB. Lo he intentado, pero me fue imposible llegar a la misma…
    Desde ya, muchas gracias y perdon por la molestia!!
    Te dejo el mail: juancarlosbignone@gmail.com
    Saludos!!

  125. Pablo 26 septiembre, 2016 at 14:16 Responder

    Hola!
    Cómo se calculan los intereses/multas para declaraciones juradas emitidas con SIFERE Web?
    Además, los intereses/multas se deben calcular durante la emisión de la declaración, o una vez ya presentada, desde la generación del VEP?
    Muchísimas gracias!

      • Pablo 27 septiembre, 2016 at 14:32 Responder

        Hola!
        Muchas gracias!
        Tendría algún link para acceder a las leyes de CABA y Provincia de Bs As y saber cómo calcularlos? No logro encontrarlas.
        Además, debería rectificar la DDJJ vía copia para poder sumar los intereses/multas, verdad?
        Gracias!

        Un saludo.

  126. carolin 14 septiembre, 2016 at 18:38 Responder

    hola, me podrias por favor enviar la guia a mi mail? intent hacer mi primer ddjj de una persona fisica, articulo 10, domicilio CABA y trabaja en PBA. Seria 20% en la primera y 80% en la segunda. No sé como se cargan las DDJJ, se piden muchos datos.

    Muchas gracias,saludos

  127. Claudio 14 septiembre, 2016 at 10:17 Responder

    Buenos días, tengo dos consultas. La primera: Confeccioné las ddjj de un contribuyente que inició actividad en 04/2015 y decidí hacerlo directamente por el sifere web, aunque no fue notificado de la obligatoriedad de adherirse a este sistema, hice bien?
    Segunda consulta: presenté las ddjj desde 04/15 hasta 08/16 y por supuesto tengo que hacer el cm05 y no encuentro la manera de hacerlo via web. Alguien sabría como hacerlo? Muchas Gracias!!

    • Maria Laura 7 octubre, 2016 at 07:47 Responder

      hay que hacerlo por aplicativo sifere ya que (al menos hasta hace unos meses), no tenian configurado el sistema web para las anuales

  128. Fernando 8 septiembre, 2016 at 16:39 Responder

    Buenas tardes
    La empresa para la cual trabajo tiene dada de alta a la jurisdicción BAE pero no realiza actividad en ella desde hace varios años, y solo para poder arrastrar el saldo a favor se declara por art14. En la Comar me dicen que la única manera de informarlo por SIFERE WEB es tildando actividad por Art14. Al hacer esto, ARBA nos asigna alícuota de retención y percepción en el padrón de agentes. ¿Se les ocurre otra manera de informar el SAF en una jurisdicción sin tener que informar actividad por algún artículo?
    Gracias!

    • Carla Lombardi 9 septiembre, 2016 at 08:35 Responder

      Fernando,
      ¿Antes de ingresar en SIFERE Web tenias la jurisdiccion abierta pero ARBA no te asignaba alicuota de retencion y percepcion?
      ¿Si realizabas operaciones en Buenos Aires no te retenian ni te percibian?
      Porque excepto que sea una actividad especial, que no utiliza coeficiente, la unica opcion que tenes es Art. 2, excpeto que sea inicio de jurisdiccion que es Art. 14.
      Si mantenes abierta una jurisdiccion y estas por el Regimen del Art. 2 considero que deberias tener asignado coeficiente.

      • Fernando 9 septiembre, 2016 at 16:25 Responder

        Desde 2012 que no tenemos coeficiente en ARBA, y desde 2013 hasta la actualidad usamos el Art 14 solo para informar en SAF. Recién en 2016 comenzaron a asignarnos alícuota de retención y percepción, anteriormente estas figuraban en 0. Está abierta la jurisdicción, pero no se realiza ninguna operación allí, no se da de baja porque en el futuro quizás se realicen operaciones nuevamente.

  129. Sebastian 7 septiembre, 2016 at 13:48 Responder

    No me deja ingresar la alícuota, la ingreso pero queda en 0 y me tira este error, Falla al modificar datos de actividades por jurisdicción. Falla en transacción de actualización de actividades por jurisdicción. Error al actualizar actividades por jurisdicción de declaraciones juradas del Contribuyente. null

  130. Ramiro 3 agosto, 2016 at 13:37 Responder

    Hola Carla, como estas?
    Quería hacerte una consulta:
    Estoy dando de alta a un contribuyente en el aplicativo sifere y me pide el número de inscripción al convenio. Sin embargo, ese número no lo tengo y no se de donde obtenerlo.
    Me podrás ayudar?
    Muchas gracias!
    Saludos,

    • Carla Lombardi 3 agosto, 2016 at 19:21 Responder

      Ramiro,
      Al utilizar dicho aplicativo, debe colocar como N° de Inscripción el que fue otorgado oportunamente, o bien el N° 9XX-302000-1, donde “9xx” es su jurisdicción sede (901 a 924).

  131. Julian 29 julio, 2016 at 12:35 Responder

    soy nuevo, una pregunta:
    cuando tengo que ingresar el numero de inscripcion en convenio multilateral pongo el numero que me figura como numero de tramite (7 digitos). si bien la jurisdiccion es correcta no me deja aceptar y me dice que el numero es incorrecto.
    Es otro el numero que hay que colocar? y si es asi donde lo encuentro?

  132. karmen 18 julio, 2016 at 08:32 Responder

    hola me inscribi en el convenio , pensando facturar pero trabaje muy poco hoy quiero darle de baja pero no puedo actualizar el sifere y me sale un cartel de proceso de migracion que nunca termina.

  133. julieta 15 julio, 2016 at 21:31 Responder

    Hola , mi consulta es la siguiente , tengo una empresa q en el día de hoy ledi de alta en el servicio de la afip , /,sifere web DDJJ, y cuando ingreso me dice q el cuit no estano está autorizado por Comisión Arbitral para operar con el Sistema SIFERE WEB., como hago para que me lo permita ? Les dejo mi email
    Julietanovoa36@gmail.com
    Saludos

  134. Matias 14 julio, 2016 at 15:37 Responder

    Buenas tardes,

    Consulta:
    -Sifere aplicativo
    -Una S.A. y ya tiene varios Balances cerrados y CM05 presentados
    -Tengo 3 jurisdicciones (CABA- Prov Bs As – Salta)
    -Tengo 1 actividad (venta zapatos)
    -El cliente me informa que va a tener una nueva actividad, que va a desarrollar dentro de una jurisdiccion ya existen. CABA la actividad (alquiler comercial)
    -Ambas actividades pertenecen al regimen general art 2.

    1-La nueva actividad tributa, bajo asignacion directa art 14? o
    2-Tributa normalmente bajo el art 2 y el ingreso, en este caso de la actividad de alquiler, se distribuye al resto de las jurisdicciones.

    de corresponder la opcion, como se carga en el sifere.

    desde ya muchas gracias

    • Carla Lombardi 14 julio, 2016 at 16:58 Responder

      Matias,
      Se aplica el criterio convenio-sujeto por ahora vigente, se debe distribuir la base imponible según el coeficiente único de todas las actividades que desarrolla el contribuyente.
      Hay algunos fallos plenarios de la Comarb sobre este tema, especificamente con el tema de los alquileres.

  135. Agustín 14 julio, 2016 at 09:50 Responder

    Hola ¿a Ustedes les pasa, que realizar una decla de sifere web es un dolor de estomago?. No deja copiar las declas anteriores, hay que hacer click a cada rato y cada click demora hasta dos minutos en un buen día. Hoy hacer una decla con base imponible en Bs As. (sin retenciones ni percep. ni saldo a favor) me llevó 27 minutos.

  136. veronica 3 julio, 2016 at 19:21 Responder

    Hola Carla, te puedo pedir que me pases el archivo? me salen muchas paginas de publicidades, y cuando clickeo en saltar publicidad, me cierra todo y no hay nada para descargar ni tengo continuar en lo que realmente me interesa, ver tu guia. Muchas gracias!! veronicasota@yahoo.com.ar

  137. Laura 21 junio, 2016 at 17:47 Responder

    Camila la declaracion anual se hace por el aplicativo del siap, no esta la opcion para hacerla por el sifere web.

    Es tremendamente tedioso este nuevo sistema, por dar un ejemplo, los datos del firmante no se cargan solo la primera vez, hay que volverlos a cargar todos los meses, y lo mismo las alicuotas de todas las jurisdicciones. Es una locura que no se pueda copiar del periodo anterior.

    Saludos

    Laura

  138. Roberto 17 junio, 2016 at 18:43 Responder

    No sé si equivoque algo, pero me resulta extraño.
    Intenté seguir los links, para obtener la guía, pero me devolvió una catarata de páginas, solicitudes de actualización del teléfono, etc.
    Abandonó.
    Hasta ahora confio en CeR.
    Roberto

    • Carla Lombardi 21 junio, 2016 at 08:34 Responder

      Roberto,
      Tenes que hacer click en el margen superior derecho que dice saltear publicidad, igual que siempre.
      Si no encontras donde enviame tu mail y te lo envio por ese medio.

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