Los monotributistas que estén en la categoría H o superior y que deban emitir factura electrónica, se encuentran con que ante la inoperatividad del sistema (Facturas en Línea) deberán emitir facturas en forma manual, hasta acá no hay ninguna novedad.
Sin embargo hace un par de días surgió una consulta sobre si deberían llevar CAI las facturas manuales. La RG 3067/11 establece claramente que ante inoperatividad del sistema se debe proceder según lo establecido en el 1º párrafo del Art. 33 de la RG 2485/08:
ARTICULO 33.- En el caso de inoperatividad del sistema se deberá emitir y entregar el comprobante respectivo, de acuerdo con lo establecido en las Resoluciones Generales N° 4.104 (DGI), texto sustituido por la Resolución General Nº 259, N° 100 y N° 1.415, sus respectivas modificatorias y complementarias, hasta tanto esta Administración Federal apruebe otro procedimiento alternativo de respaldo.
Por lo cual en principio no estarían obligados a solicitar CAI, ya que ninguna de las resoluciones anteriores obliga a los monotributistas a hacerlo.
Pero, esta semana llamo un imprentero haciendo la misma consulta, ya que se habilito el CAI para las facturas “C”.
Motivo por el cual hice la consulta en la Mesa de Ayuda de AFIP, obteniendo 2 respuestas distintas, la primera fue la siguiente:
Ante todo muchas gracias por su consulta.
En relación a la misma, se aclara que la norma transcripta, así como la disposición que obliga a obtener CAI corresponde a aquellos contribuyentes que opten por emitir comprobantes en los términos de la RG 2485/08. No así para
aquellos obligados por la RG 3067/11.
Y la segunda:
Ante todo muchas gracias por su consulta.
En relación a la misma, se informa que de acuerdo con lo establecido por el Anexo II de la RG 1415/03 los comprobantes emitidos por los monotributistas no deben poseer ni CAI ni fecha de vencimiento del CAI. Asimismo, tenga en cuenta que la RG 100/98 en su Anexo IIb contempla los códigos de comprobantes que deben contener CAI no contemplando los comprobantes letra “C”.
Si bien coincido con la segunda respuesta y llego a la mismo conclusión “los comprobantes emitidos por los monotributistas no deben poseer ni CAI ni fecha de vencimiento del CAI”, tendría muy en cuenta la primer respuesta sobre todo para aquellos que ante los problemas que hubo con el sistema de comprobantes en línea y el alta de los puntos de venta decidieron empadronarse en forma voluntaria en el RCEL.
Hola,
Quisiera preguntarles que diferencia hay entre:
Alta Puntos de Venta A/B/M
1) Factura en línea-monotributo
2) Factura electronica monotributo-web service
3)Factura web (imprenta) Monotributo
Muchas gracias.