La factura electrónica para respaldar las operaciones de exportación a Tierra del Fuego (Ley 19.640); comprendidas en el sub régimen denominado “REMO – Guía de Removido – EXPCON”, será de uso obligatoria a partir del 01/10/2010.
Hasta el 30 de septiembre de 2010, inclusive, las operaciones se documentarán mediante la emisión y entrega del comprobante respectivo, de acuerdo con lo establecido en las Resoluciones Generales Nº 100 y Nº 1415, sus respectivas modificatorias y complementarias.

Nuevos parámetros para clasificar grandes contribuyentes
A través de la RG 5670/25 se establecen los criterios para clasificar y determinar la nómina de contribuyentes bajo la órbita de la Subdirección General ...
Hola buen día quisiera saber si los residentes de tierra del fuego deben pagar el IVA en los productos de primera necesidad, a lo que me refiero es que si el impuesto del IVA IMPACTA SOBRE LA CANASTA BASICA ?
Pregunta: los impuestos provinciales deben ir informados a AFIP en el archivo que se envía vía webservice para obtener el CAE ?