En todas las operaciones comerciales en las que una Micro, Pequeña o Mediana Empresa esté obligada a emitir comprobantes electrónicos originales (factura o recibo) a una “empresa grande” se deberá emitir “Facturas de Crédito Electrónicas MiPymes”, en reemplazo de los mencionados comprobantes.
A partir del 12 de abril de 2024 deberá realizarse Factura de Crédito Electrónica siempre que el monto sea como mínimo de $ 1.357.480 (anteriormente el importe era de $ 546.737) y que la empresa receptora desarrolle como actividad principal alguna de las comprendidas en las Secciones y/o grupos del Clasificador de Actividades Económicas (CLAE).
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