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FACTURA DE CRÉDITO ELECTRÓNICA. LISTADO DE EMPRESAS OBLIGADAS A RECIBIRLAS

La Resolución 209/2018 estableció el Régimen de “Factura de Crédito Electrónica MiPyMEs” aplicable desde el 1° de enero de 2019 para las operaciones comerciales en las que una Micro, Pequeña o Mediana Empresa esté obligada a emitir comprobantes originales (factura o recibo) a una Empresa Grande que desarrolle como actividad  principal o secundaria:

291000          FABRICACIÓN DE VEHÍCULOS AUTOMOTORES
292000         FABRICACIÓN DE CARROCERÍAS PARA VEHÍCULOS AUTOMOTORES, FABRICACIÓN DE REMOLQUES Y SEMIRREMOLQUES
293090         FABRICACIÓN DE PARTES, PIEZAS Y ACCESORIOS PARA VEHÍCULOS AUTOMOTORES Y SUS MOTORES
451110          VENTA DE VEHÍCULOS AUTOS, CAMIONETAS Y UTILITARIOS NUEVOS
451190          VENTA DE VEHÍCULOS AUTOMOTORES NUEVOS
453100          VENTA AL POR MAYOR DE PARTES, PIEZAS Y ACCESORIOS DE VEHÍCULOS AUTOMOTORES
454010          VENTA DE MOTOCICLETAS Y DE SUS PARTES, PIEZAS Y ACCESORIOS

 

Faltaba definir quienes comprendían ese primer grupo de empresas grandes obligadas a recepcionar las facturas de crédito electrónicas emitidas por las PYMES. Por lo que AFIP publicó ahora el listado de grandes empresas receptoras de los comprobantes:

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