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F. 2002 IVA ¿SE PRORROGA (DE HECHO) EL VENCIMIENTO PARA TODOS LOS CUIT AL 24-7-2015?

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Ayer muchísimos profesionales de todo el país no pudieron presentar el F. 2002, la gran mayoría opto por presentar el F. 731 en su lugar, hoy los problemas con la pagina continúan y si bien la AFIP no publicó ninguna resolución al respecto, al consultar los vencimientos en su pagina Web, puede observarse que para el periodo 6-2015, todos los vencimientos fueron corridos y unificado al viernes 24 de julio, sin importar la CUIT del contribuyente.

F. 2002 IVA WEB SE PRORROGO VENCIMIENTO PARA EL 24-7
¿Puede considerarse la misma como una “flexibilización” en el calendario de vencimientos?
En principio yo creo que ese es el objetivo que tuvo AFIP al modificar su pagina Web, aunque olvido modificar la información que figura en la pagina principal y en Dialogo Fiscal, donde todavía aparecen las antiguas fechas de vencimiento.
Por lo cual ahora coexisten dentro de la misma pagina 2 vencimientos distintos para un mismo impuesto.

F. 2002 IVA TODAVIA FIGURAN LOS VIEJOS VENCIMIENTOS EN LA AFIP
¿Si ayer se presento el F. 731 porque el F. 2002 IVA Web no funcionaba, hay que presentar ahora el F. 2002 antes del 24/7?
Creo que esa es la pregunta del millón… porque no solo se estaría duplicando la tarea al tener que cargar nuevamente toda la información el F. 2002, sino que además nada garantiza que de acá al 24/7 la pagina si funcione correctamente.

Es un hecho lamentable que a la AFIP se le haya olvidado que para comunicar las modificaciones de las normas deben utilizar las vías legales para hacerlo y que la simple modificación de la información que brinda la pagina no es suficiente y solo genera mayor desconcierto, especialmente cuando la misma se conoce a destiempo.

43 comments

  1. Hilda 19 agosto, 2015 at 19:15 Responder

    Como hacemos para presentar una rectificativa de los meses de mayo y junio 2015 de iva que se presento por DDJJ form 731 y ahora las rectificativas hay que presentarlas por form 2002 web, pero si no se presentaron las originales por el sistema web no encuentro la forma de hacer la rectificativa, si alguien sabe como se hace, les agradezco

    • Carla Lombardi 20 agosto, 2015 at 09:08 Responder

      Hilda,
      Te copio respuesta de AFIP que me envio el Lic. Jorge E. Zissù
      Ante la Consulta N° 124101
      Las declaraciones RECTIFICATIVAS de Iva por Períodos NO obligados a presentar con F 2002 , los debo realizar con Aplicativo Siap F.731?
      Haciendo referencia al 2do párrafo del art 5 de la RG 3711-15
      Art. 5° — Las disposiciones establecidas en esta resolución general resultarán de aplicación respecto de las declaraciones juradas —originarias o rectificativas— que se presenten a partir del día 1 de julio de 2015.
      No obstante, el procedimiento previsto en el Artículo 3° podrá ser utilizado en forma optativa por los sujetos alcanzados, para la confección de las declaraciones juradas —originarias o rectificativas— cuyos vencimientos operen a partir del primer día hábil del mes siguiente al de publicación de la presente en el Boletín Oficial.”
      La respuesta es:
      “Le informamos, que al ser dos formularios y presentaciones distintas, deberá presentar el F.2002 por actividad,en carácter de Original.”

  2. Augusto 24 julio, 2015 at 15:12 Responder

    Acabo de realizar la presentacion via web, ya la habia realizado el lunes mediante el Siap… figura correctamente en cuentas triburarias, se anulo la presentacion anterior y el pago figura correcto

  3. Susana 24 julio, 2015 at 11:31 Responder

    El 20/07 que iniciaba el vto. del IVA y ante la imposibilidad de poder realizarlo vía web, lo realicé con el siap F. 731 y conulté a AFIP. Me contestaron hoy 24/07 diciendo lo sig.: “Ya está solucionado en sistema operativo y en caso de haber efectuado la presentación del F. 731 mediante la utilización del aplicativo IVA (que corre bajo el Siap) deberá volver a presentar dicha D.J. teniendo en cuenta lo establecido en la R.G. 3711/15” – Susana de Rosario

  4. Jorge Enrique 23 julio, 2015 at 16:39 Responder

    Respuesta a Gestion de Consultas Afip
    NOTA DE FINALIZACIÓN
    Finalizar:
    Chicos/as:
    Para aquellos contribuyentes que consultan vía Web sobre la imposibilidad de presentar el F2002 Web y que plantean si pueden utilizar el F731 (Iva generado mediante SIAP), debemos indicarles lo siguiente:

    Le informamos que el servicio con clave fiscal “Mis aplicaciones Web” para la presentación del F2002 – Iva por actividad se encuentra operativo. Por ello le solicitamos que reintente la operación correspondiente al día de la fecha.
    En caso de haber efectuado la presentación del F731 mediante la utilización del aplicativo IVA (que corre bajo SIAp) deberá volver a presentar dicha DJ teniendo en cuenta lo establecido en la RG 3711/15:
    “La determinación del impuesto, así como la confección de la respectiva declaración jurada mensual, deberá efectuarse desagregando los débitos fiscales de acuerdo con la actividad económica declarada y las ventas conforme a la alícuota que corresponda para cada caso. Para ello se deberá ingresar al servicio denominado “Mis Aplicaciones WEB” y seleccionar el formulario “F2002 IVA por Actividad”, que se encuentra disponible en el sitio “web” institucional (http://www.afip.gob.ar).”
    Una tomada de pelo más de Afip y van……………………..!!!!!!!!!!!!

    • Carla Lombardi 23 julio, 2015 at 17:46 Responder

      Jorge,
      Gracias por el aporte. De ser posible agerga el Nº de consulta que dieron junto con la respuesta.
      Lamentablemente esto no se condice con lo publicado hoy en la pagina del CPCECABA:
      Inconvenientes con el IVA Web
      1. Vencimiento de presentación y pago de la declaración jurada de IVA, dificultades para su cumplimiento:
      Como consecuencia de las dificultades para la presentación del IVA planteadas por nuestro Consejo en la nota del lunes 20 de julio, la AFIP en su sitio Web ha modificado en el link “Agenda de vencimientos” la fecha de presentación y pago del IVA, operando todos los CUIT el viernes 24/7/2015.
      No obstante, destacamos que a la fecha no se ha emitido normativa que modifique las fechas de vencimiento originales dispuestas para la presentación de la declaración jurada de IVA correspondiente al período fiscal junio 2015, por tanto el vencimiento del Régimen de Información de Compras y Ventas no se modifica.
      2. Inconvenientes para presentar el IVA mediante el nuevo servicio online dispuesto en la RG 3711 (AFIP):
      Con motivo de las distintas inquietudes formuladas por nuestros profesionales referidas a los inconvenientes técnicos para ingresar al IVA Web, el Consejo envió una nota a la AFIP el 20 de julio, sugiriendo que se admita la liquidación a través del aplicativo en base S.I.Ap.
      En función de nuestra solicitud, las autoridades de la AFIP transmitieron que las presentaciones efectuadas mediante el Formulario 731, a través del aplicativo S.I.Ap. de IVA versión 5.2 release 16, serán consideradas como válidas para el período fiscal junio 2015.
      3. Inconvenientes para compensar saldo a favor de libre disponibilidad contra saldo a pagar de IVA surgido de la presentación IVA por Actividad vía Web:
      De acuerdo con las inquietudes planteadas por los matriculados con respecto a la dificultad para compensar el saldo a pagar de IVA presentado mediante lo dispuesto por la RG 3711 (AFIP) por el Formulario 2002, les informamos que se deberá esperar que se refleje en la cuenta tributaria el saldo a pagar a compensar, dado que el proceso demora al menos 24 horas para ello.
      Fuente: http://www.consejo.org.ar/noticias15/iva_2207.html

  5. BERNARDO 23 julio, 2015 at 11:34 Responder

    SEGUN PAGINA DEL CONSEJO CABA
    2. Inconvenientes para presentar el IVA mediante el nuevo servicio online dispuesto en la RG 3711 (AFIP):

    Con motivo de las distintas inquietudes formuladas por nuestros profesionales referidas a los inconvenientes técnicos para ingresar al IVA Web, el Consejo envió una nota a la AFIP el 20 de julio, sugiriendo que se admita la liquidación a través del aplicativo en base S.I.Ap.

    En función de nuestra solicitud, las autoridades de la AFIP transmitieron que las presentaciones efectuadas mediante el Formulario 731, a través del aplicativo S.I.Ap. de IVA versión 5.2 release 16, serán consideradas como válidas para el período fiscal junio 2015.

  6. BERNARDO 23 julio, 2015 at 11:14 Responder

    EN BUENOS AIRES ALGUNA NOVEDAD SOBRE COMO PROCEDEMOS SI PRESENTAMOS POR F731 Y PAGAMOS, SI PRESENTAMOS EL F2002 Y EN PAGO A CUENTA INGRESAMOS EL MONTO PAGADO???

  7. Sergio 22 julio, 2015 at 16:06 Responder

    Les cuento que acabo de ver un mail del CPCE Cba donde informan que AFIP ha autorizado la presentación del IVA por el período Junio 2015 a través del SIAP (F731) habida cuenta los innumerables problemas verificados con el engendro F2002, como verán, cada vez es más fácil ser profeta en nuestro querido país….

  8. Sergio 22 julio, 2015 at 15:45 Responder

    Recomiendo la lectura del informe de la reunión del día 16.07.2015 de la FACPCE con AFIP, está en la web de la entidad que nos representa, hay información muy útil en relación a las novedades que nos vienen explotando muy cerca día a día, según las respuestas de AFIP se advierte hacia dónde va todo, practicamente a que la ddjj de IVA se arme solita con la info proveniente del sistema de comprobantes electrónicos y de retenciones, sin márgen para nada….

  9. Sergio 22 julio, 2015 at 15:34 Responder

    Luego de casi 30 años trabajando en la profesión ya nada me sorprende, no reniego ni dos minutos más de lo necesario, he presentado vía SIAP todos los IVA que éste nuevo engendro -desde luego que no es el último!- no me permitió hacer, el mes que viene veré cómo sigue y obraré en consecuencia

  10. MARCELO 22 julio, 2015 at 15:21 Responder

    PRESENTEN TODO EN 731 Y QUE TENGAN SUERTE CON EL F 2002. YA A VARIOS CONSEJOS PROFESIONALES LES ESTAN DICIENDO QUE SI LA AFIP, QUIEN LES ASEGURA QUE EL VIERNES LA CANTIDAD DE CONTRIBUYENTES VA A SER MENOR O IGUAL A LOS DEL PRIMER VTO? LOS REYES MAGOS SON LOS PADRES CHICOS, JA, JA. SERIA IMPOSIBLE QUE 3 REYES MAGOS LES REPARTAN JUGUETES A TODOS LOS NIÑOS DEL MUNDO. NO LES PARECE? JA, JA.

  11. MARCELO 22 julio, 2015 at 15:03 Responder

    CREO QUE YA NO SABEN DE DONDE SACAR GUITA EL ESTADO PARA MANTENER A TANTO GUAPO, QUIEREN RECAUDAR UN POQUITO MAS CON LAS MULTA AUTOMATICAS, ACA EN MENDOZA, ESTAN LLEGANDO REQUERIMIENTOS MASIVOS POR INCONSISTENCIAS EN 931 CON EMPLEADOS QUE FUERON DADOS DE ALTAS Y QUE LUEGO SE FUERON DE LAS EMPRESAS, TE TENES QUE PRESENTAR EN LA DIVISION INVESTIGACIONES A EXPLICARLES A LOS CHICOS QUE ESTA TODO BIEN. A USTEDES LES ESTA PASANDO ESTO. POR FAVOR INFORMENLO.. ESTA GENTE CREE LOS CONTADORES SOMOS PRACTICANTES DE ALPEDISMO. SALUDOS RECOMIENDO RIVOTRIL, TRANQUINAL, ALPLAC, O PLENICA, JA, JA

  12. Horacio Alfonso 22 julio, 2015 at 14:32 Responder

    Igualmente, si no hay una Resolución que la prorrogue no tenemos elemento jurídico para defender a los contribuyentes.

  13. Liliana 22 julio, 2015 at 13:46 Responder

    Hola a todos! A mi no me parece correcto que una vez presentado el 731, presentemos el 2002, yo presente un 2002 cuyo saldo a pagar lo tenía que compensar con ganancias del 2014 y el sistema de cuentas tributarias me mostro el saldo adeudado para hacer la compensación. Presente otro por 731 porque era el vto. y no tenía más opcion y tambien cancele con ganancias del 2014, si vuelvo a presentar éste último por 2002, me va a generar nuevamente un saldo a pagar… asi que ¡ojo! tengan cuidado con las dobles presentaciones.

    • MARCELO 22 julio, 2015 at 15:09 Responder

      HAY QUE TENER CUIDADO SI TENES SALDO LIBRE POR RET O PERCEP, SI VOS SOS UN GIL, ENTRAS COMO EL MEJOR, ES MAS TE LO MUESTRA EL FORMULARIO, PERO CUANDO LIQUIDASTE SI NO PASASTE POR LA PANTALLITA DE LIBRE Y PROBANDO SI UNO DE LOS SALDOS QUE TENES LO TENES Q USAR, GENERAS UNA DDJJ CON DEUDA QUE ES LA DIFERENCIA DEL DE LO QUE TENES QUE PAGAR MENOS LA RET O PERCEPCION PORQUE EL SALDO LIBRE NO TE LO ARRASTRA. AHORA HAY QUE HACER UNA PLANILLITA CON LO QUE TIENE EL SISTEMA DE CUENTAS TRIBUTARIAS Y VER MES A MES AÑO A AÑO Y VER CUALES SON TUS SALDOS Y VER QUE TENES SINO TE HICIERON UNA COMPENSACION MAL DESDE ADENTRO, OSEA UNA CONFISCACION DE LO QUE TENES. CUIDADO. SI TE DORMIS TE VAS A ENTERAR DE LA DEUDA CUANDO EL CLIENTE TE CAIGA CON LA INTIMACION PARA PAGAR Y VAS A QUEDAR COMO EL MAS INEPTO EN TU TRABAJO.

  14. Jorge Enrique 22 julio, 2015 at 12:24 Responder

    Una aspirina para el dolor de cabeza de un Elefante.
    Cuando implementen algo primero asegúrense que funciona
    No solo el 1ro de Mayo , sino los días de Vencimientos !!!!

  15. Ana María Capria 22 julio, 2015 at 11:47 Responder

    Por qué el CPCE que nos debería de representar y proteger, no saca una solicitada diciendo que hasta que no estén dadas las condiciones para trabajar dignamente presentando la DJ rápidamente, que se dé presentado en tiempo y forma la presentación vía aplicativo?
    No podemos seguir permitiendo que nos quiten tiempo productivo!

    • Liliana 22 julio, 2015 at 13:47 Responder

      Ojo Yanina, que el 2002 tambien actualiza el sistema de cuentas tributarias, no vaya a ser que te genere doble la deuda. Saludos!

    • MARCELO 22 julio, 2015 at 15:13 Responder

      EL CONSEJO INFORMA

      Mendoza, 22 de Julio 2015.-

      POSIBILIDAD DE PRESENTAR
      LAS DDJJ DE IVA CON APLICATIVO SIAP

      Estimado colega:

      Nos dirigimos a Ud. con el objeto de informarle que en el marco del diálogo permanente que mantenemos con las autoridades de la AFIP, nos han trasmitido lo siguiente: Ante dificultades en el uso del Sistema “IVA web” para la generación del Formulario 2002, ya sea por problemas de conectividad a Internet, o bien, por problemas de navegación en la página web de la AFIP, las DDJJ de IVA correspondientes al Período Fiscal Junio/2015 pueden ser presentadas utilizando el programa aplicativo “IVA – Versión 5.2 Release 16”, el cual permite la generación del Formulario 731.

      Consejo Directivo

      http://cpcemza.org.ar/?p=3909#more-3909

  16. Natalia 22 julio, 2015 at 09:50 Responder

    Buen dia! Yo creo que con esto ahora se va a colapsar todo el dia 24, afectando a los que vencen realmente en este dia… Lo correcto tal vez hubiera sido dejar todos para el 30-07 o directamente poner una base mas potente en sus sistemas!

  17. Lucía 22 julio, 2015 at 09:41 Responder

    Buen día: al estudio llegó ayer una notificación del Consejo comunicando la prórroga al 24/07 para presentación y pago de todos los cuit´s y la validez de la presentación tanto por Siap como por F.2002 sin presentaciones posteriores.
    Aparentemente no es el único Consejo que se expidió al respecto.
    Saludos desde Bariloche

  18. Carlam 22 julio, 2015 at 09:01 Responder

    Sí, lo prorrogaron, acabo de ver la Cta Tributaria de un cliente, lo presenté vencido el martes, pero no hay multa y cuando quiero generar el VEP aparace como vencimiento el 24/7/2015, y no me genera intereses.

  19. Laura 22 julio, 2015 at 08:28 Responder

    Hola, yo quería consultar si alguien me puede orientar respecto de la compensación del saldo a pagar con el saf de ganancias. ya que no me aparece el destino.
    Gracias

    • Liliana 22 julio, 2015 at 13:50 Responder

      Laura buscalo en cuentas tributarias, te tiene que aparecer, de última si no te aparece hacelo por el aplicativo del volante de compensaciones, yo lo he usado en otras oportunidades en que llegaba muy justo con la presentacion y no tuve problemas.
      Espero te sirva, saludos!

  20. Martin 22 julio, 2015 at 00:38 Responder

    Cada vez se presenta mas por la pagina de AFIP. Antes se colapsaba por cualquier cosa, imaginate ahora con la presentacion del iva mas la confeccion de las facturas electronicas. Lindos problemas vamos a tener, pero segun ellos esto sirve para agilizar las cosas, por favor que desastre!!!!

    • Liliana 22 julio, 2015 at 13:52 Responder

      Yo no lo volveria a presentar por 2002, el 2002 tambien impacta en cuentas tributarias, y al no ser rectificativa, para mi va a duplicar la deuda. Saludos!

  21. Nacho 21 julio, 2015 at 20:57 Responder

    No creo que AFIP se haya tomado esa molestia. Me parece que ese cronograma resulta de la Feria Fiscal de Invierno la cual casualmente finaliza el 24 del corriente.

  22. marcelo 21 julio, 2015 at 19:52 Responder

    Que poca seriedad. Hay que adivinar que quisieron decir y demás.. Quien sera el chupatintas que maneja la página de afip??? Son un desastre . colegas a estar atentos desde este blogs por multas y demás ya que es el único lugar donde nos expresamos. Que desamparados que estamos ante unos pocos inútiles de afip no?? Me gustaría saber y si alguien lo sabe como se llama el responsable de los sistemas aparte de Etchegaray ,un burócrata de primera linea. !!!

  23. Silvina 21 julio, 2015 at 16:54 Responder

    Buenas tardes: en caso de que para el período 05/2015 tenga que hacer una rectificativa, porque medio la hago? en su momento fue presentada por el 731 y a partir de julio se debe utilizar F2002, pero no tengo periodo presentado para hacer esto….La resolución nada aclara.
    Si alguien puede sacarme de la duda se lo agracedería

    • MARCELO 22 julio, 2015 at 15:25 Responder

      Rectifica todo por 731, y cuando tengas todo bien mandate al F 2002, si no lo podes presentar envia un 731 por julio ya la afip lo esta permitiendo en caso que no funcione. Abrazi

  24. Carola 21 julio, 2015 at 16:54 Responder

    Lo mejor que podrían hacer los Consejos de cada jurisdicción es invertir una moneda de todo lo que recaudan y publicar una SOLICITADA informando a la población sobre todos los problemas que estamos atravesando los contadores para poder cumplir con nuestro trabajo decorosamente. Los clientes no tienen idea de lo que vivimos diariamente porque todo se esconde.

    • MARCELO 22 julio, 2015 at 15:28 Responder

      OLVIDATE QUE HAGAN ESO, ESTAN PENSANDO, EN LA MATRICULA, LAS COLONIAS DE VACACIONES QUE SIEMPRE ESTAN OCUPADAS POR EL CONSEJO DIRECTIVO, OBVIO LOS MEJORES LUGARES, Y NOSOTROS BIEN GRACIAS, SINO NO ESTARIAMOS COMO ESTAMOS

  25. flor 21 julio, 2015 at 15:32 Responder

    Fijense que la resolucion que menciona para esos vencimientos es de fecha 27/04 y hace referencia a la provincia de Neuquen y Rio Negro.

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