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EX – ARBANET QUE PASA A LA DJ WEB DE ARBA ¿DEBEN PRESENTAR LA DJ ANUAL ANTES DE LIQUIDAR EL ANTICIPO 1-2016? RN 1-16 ARBA

La RN 1/16 ARBA estableció que los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que se encontraren incluidos en el régimen ARBAnet, debían a partir del 1º de enero de 2016 cumplir con sus obligaciones a través del mecanismo DJ Web de ARBA.
Sin embargo, la DJ Anual de Ingresos Brutos del año 2015 debe todavía presentarse utilizando el régimen de ARBAnet y si bien la DJ Anual recién comienza a vencer el 1/4/2016 (Ver vencimientos), cuando el contribuyente Ex – Arbanet ingresa por DJ Web a liquidar el primer anticipo del 2016, el sistema emite un mensaje de alerta en el cual informa que no posee presentada la DJ Anual del año 2015.

Por supuesto, se puede liquidar el anticipo 1-2016, sin haber presentado la anual, pero la pregunta que me hago es ¿Conviene liquidar el anticipo 1-2016 sin haber presentado la DJ Anual de I. Brutos?

En los casos que tuve, la respuesta es no, ya que algunos contribuyentes tuvieron como resultado de la liquidación de la DJ Anual saldos a favor, el cual debe informarse en la liquidación 1-2016 y lamentablemente, por las grandes deficiencias que tuvo Arbanet (por algo lo eliminan definitivamente), yo nunca pude estar 100% segura del saldo a favor hasta no realizar la DJ Anual a través del sistema.
Así que en mi experiencia es conveniente 1º realizar DJ Anual I. Brutos, controlar si existe saldo a favor que surja de la misma y posteriormente liquidar el anticipo 1-2016 donde se debe informar ese saldo a favor.
¿Ustedes que opinan?

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