Thomson Reuters consultó al Dr. Adalberto Raúl Dalmasio, Contador Público (U.B.A.) y actual coordinador de la Revista Práctica Profesional del sello editorial Thomson Reuters La Ley, sobre las preguntas más frecuentes de sus clientes y colegas sobre la Ley 27260 de Blanqueo de Capitales.
Sobre la Ley 27260 de Blanqueo de Capitales
Con fecha de 31 de mayo de 2016, el Poder Ejecutivo envió al Congreso un Proyecto de Ley sobre exteriorización y blanqueo de capitales.
El proyecto establece un nuevo régimen de declaración y/o exteriorización de capitales al que pueden acogerse las personas humanas, las sucesiones indivisas y las personas jurídicas, a fin de que éstas declaren en forma voluntaria – (hasta el 31 de marzo de 2017) sus tenencias de bienes en el país y en el exterior no declaradas previamente, con la sola salvedad, en cuyo caso no podrán declararse y/o ampararse en los beneficios que consagra, las tenencias de moneda o títulos valores en el exterior que estuvieren depositados en entidades radicadas en jurisdicciones identificadas como de alto riesgo o no cooperantes.
Si el dinero que se regulariza se encuentra en el país tendrá que depositarse en una entidad bancaria local el 31 de octubre de 2016, debiendo permanecer inmovilizado hasta el 31 de marzo de 2017.
Para los expertos, esta es una oportunidad para trabajar, para evaluar las distintas situaciones particulares a la luz del blanqueo y de la luz de la moratoria para ver las conveniencias de cada una de ellas, teniendo en cuenta que no se sabe si habrá otra oportunidad de blanqueo en el futuro.
PREGUNTAS SOBRE EL BLANQUEO
Autor: Adalberto R. Dalmasio
- Un contribuyente persona humana no presentó la declaración jurada del impuesto a las ganancias del año 2015, ¿puede acogerse al blanqueo?
Sí, no es requisito.
- Un contribuyente adquirió un inmueble en el mes de enero del año 2016 que pagó la mitad al contado y la otra mitad con un crédito bancario cuyas cuotas está pagando. ¿Cómo puede blanquear?
Blanquea el inmueble por el importe total.
- Un contribuyente ha contratado un seguro en el exterior con capitalización que pretende blanquear, ¿cómo se hace?
Regulariza el capital al 22/7/16. Las infracciones por haber realizado el seguro en el exterior se condonan por ser infracciones administrativas. Debe cancelar el seguro pues la dispensa opera respecto del pasado pero no del futuro.
- ¿Cómo se regulariza un contrato de tiempo compartido en el exterior?
Es un derecho de uso. Debe regularizarse el capital invertido valuado al costo.
- Un contribuyente pretende regularizar un cuadro de arte. ¿Cómo se blanquea?
Se blanquea valuándolo al costo de adquisición.
- Un contribuyente que se desempeña en relación de dependencia, adquirió un inmueble en el año 2013 que tiene justificado con sus ingresos, pero no se encuentra inscripto en el impuesto a los bienes personales.
Puede inscribirse y declarar el inmueble, justificándolo con sus ingresos en relación de dependencia, sin ingresar al blanqueo.
- Un inmueble pertenece a un condominio formado por dos personas, cada uno con el 50%. Uno de ellos, lo tiene declarado, el otro no. ¿Cómo se puede proceder?
La persona que no tiene declarado su parte condómina puede blanquear.
- Un contribuyente tiene un inmueble recibido por herencia en un período fiscal prescripto, que nunca declaró. ¿Cómo puede proceder? No se encuentra inscripto.
Se puede inscribir ante la AFIP y declarar el inmueble sin entrar al blanqueo.
- ¿Puede blanquear una concubina de un funcionario excluido del blanqueo?
Si, pues la que está excluida es la cónyuge.
- Un contribuyente realiza aportes irrevocables en el mes de febrero de 2016 a una SA cuyo cierre de ejercicio opera al 30/6/2015. ¿Cómo puede proceder?
Puede blanquear los aportes irrevocables, pagando el 10% de impuesto.
- Un contribuyente tiene declarado un inmueble en el impuesto a las ganancias pero no en el impuesto sobre los bienes personales. ¿Cómo procede?
El inmueble está declarado. Por el tema del impuesto sobre los bienes personales puede acogerse a la moratoria.
- Un inmueble está escriturado a nombre de una SA y se encuentra declarado. ¿Puede ser regularizado por el verdadero propietario, persona humana?
Sí, si su tenencia es al 22/7/16.
- A los efectos del blanqueo de una cuenta bancaria del exterior, ¿puede utilizarse el extracto al 22/7/16 que envía el banco o debe hacerse una solicitud especial?
No existe ningún problema en cuanto a su utilización.
- ¿Cómo se regularizan los fideicomisos no declarados en el país o en el exterior?
Debe contarse con los respectivos contratos al 22/7/16. En tales condiciones, cualquiera de las partes puede blanquear.
- Un contribuyente buen cumplidor solicitó a la AFIP sus beneficios. ¿Puede con posterioridad adherirse al blanqueo?
Sí, no existen limitaciones. Perderá la condición de buen cumplidor.
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