Thomson Reuters consultó al Dr. Adalberto Raúl Dalmasio, Contador Público (U.B.A.) y actual coordinador de la Revista Práctica Profesional del sello editorial Thomson Reuters La Ley, sobre las preguntas más frecuentes de sus clientes y colegas sobre la Ley 27260 de Blanqueo de Capitales.
Preguntas y respuestas sobre la Ley 27260 de Blanqueo de Capitales
Autor: Adalberto R. Dalmasio
- ¿Cómo se regularizan los inmuebles no declarados con usufructo?
Si se trata de un usufructo oneroso, declarando el 50% cada uno. En el caso de usufructo gratuito, si se dona la nuda propiedad con reserva de usufructo, declara el usufructuario y si se dona el usufructo con reserva de nuda propiedad, debe declarar el que tenga la nuda propiedad.
- Un contribuyente declaró en sus declaraciones juradas un importe en dólares equivalente al saldo de su cuenta en el exterior que no tiene declarada. ¿Cómo debe proceder para regularizar su situación fiscal?
Debe blanquear el saldo de la cuenta en el exterior, ingresando el 10% de impuesto.
- Un inmueble en el exterior está escriturado a nombre de un matrimonio, que no lo ha declarado. ¿Puede ser blanqueado por el hijo?
Sí, puede blanquearlo y a partir de allí, declararlo en sus DDJJ impositivas.
- Una cuenta en el exterior no declarada se cierra en el mes de agosto de 2016. ¿Debe ser blanqueada?
Sí.
- Un contribuyente omitió declarar ingresos en el año 2014 que fueron totalmente consumidos. ¿Cómo regulariza su situación fiscal?
Si ingresa al blanqueo, el blanqueo lo protege. Si no blanquea y presenta la DDJJ de confirmación de datos, lo protege el bloqueo del Art. 85 de la ley.
- ¿Es obligatoria la presentación de la declaración jurada de confirmación de datos para los buenos contribuyentes?
No, no es obligatoria. Pero sí es un requisito para tener derecho a usufructuar los premios para los buenos cumplidores.
- Una SA compra un inmueble que ha declarado impositivamente. ¿Puede ese mismo inmueble ser blanqueado por los socios?
Sí, puede ser blanqueado por los socios.
- Un contribuyente se encuentra con una inspección de la AFIP en curso que ha notificado de los cargos de inspección. ¿Se puede regularizar por blanqueo?
Sí, en la medida que haya bienes ocultos. No, si se trata de divergencias de criterios interpretativos.
- ¿Cómo se demuestra el blanqueo de mercaderías?
Habrá que hacer un inventario especial y pasarlo a los libros de la sociedad.
- ¿Se puede ingresar el impuesto especial con un saldo de libre disponibilidad?
No, no es posible.
- Un contribuyente piensa realizar una inversión inmobiliaria en los próximos meses. ¿Cómo puede blanquear?
Puede depositar efectivo en una cuenta bancaria especial, antes del 31/10/16. Si bien ese depósito debe estar por 6 meses, puede desafectar el saldo para la adquisición del inmueble en cualquier momento. El impuesto especial es del 10% y no del 5%, pues se regulariza efectivo.
- ¿Puede utilizarse el blanqueo de efectivo en un banco para pagar el impuesto especial?
Sí, se puede. No sólo el impuesto por la regularización de esa tenencia sino otros impuestos de otras regularizaciones.
- ¿Se puede blanquear una cuenta bancaria del exterior no declarada en cabeza de una persona que es cotitular?
Sí, y no se requiere el consentimiento ante la AFIP.
- Una cuenta del exterior ha sido declarada pero por un importe menor al verdadero saldo. ¿Podría regularizarse por el blanqueo por el saldo restante?
No, pues la cuenta ya está declarada.
- Un inmueble ha sido declarado por un importe inferior al de adquisición. ¿Puede blanquearse la diferencia?
No, pues el bien ya está declarado.
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