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ERRONEA APLICACIÓN DE ALICUOTA EN EL INGRESOS BRUTOS BUENOS AIRES. FISCALIZACION REMOTA FIRE.

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Desde hace unos días, muchos contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos en Buenos Aires, han comenzado a recibir en su domicilio fiscal electrónico (Ver obligados arba-domicilio-fiscal-electronico-obligados)  notificaciones donde ARBA los pone en conocimiento que han sido incluido en el sistema de fiscalización remota. (Ver tutorial sistema-de-fiscalizacion-remota)

Esto obedece a que le han detectado una errónea aplicación de alícuota en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos conforme normativa legal.

Esta circunstancia hace presumir al fisco la existencia de interés fiscal comprometido, debido a la diferencia de impuesto adeudado que surge entre la alícuota aplicada y la alícuota correcta que debería haberse utilizado.

Estas diferencias están originadas, por lo menos en parte, en la confusa e intricada redacción del Código Fiscal de la Provincia de Buenos Aires y sus diferentes alícuotas para una misma actividad. (Ver las alícuotas para el año 2016 ley-impositiva-buenos-aires-2016)

¿Cómo consultar el detalle de las inconsistencias?

Para visualizar el detalle y el monto de impuesto estimado para cada periodo deberá:

  1. Ingresar a la página www.arba.gov.ar
  2. Hacer clic en el icono “GESTIONAR”
  3. Autenticarse con CUIT y CIT
  4. Acceder al módulo “FIRE”
  5. Ir al Modulo 1° Publicación de Inconsistencias.

Las inconsistencias exhibidas no constituyen una determinación de oficio, son de carácter informativo y tienen la finalidad de que el contribuyente proceda a la regularización de las mismas, mediante la presentación o rectificación de las DJ, o fundamente su improcedencia a partir de la presentación automatizada de un descargo.

ARBA

9 comments

  1. Orlandi Julio 30 octubre, 2020 at 13:32 Responder

    Tengo un FIRE por mala aplicacion de Alicuota. Puede ser. Acepto. Ahora, cuando voy a rectificar la DDJJ de IIBB , la alicuota ya esta predeterminada. No me la deja modificar. Como REctifico ?

  2. Aníbal Perpetua 10 septiembre, 2016 at 20:38 Responder

    El error más común es que no hacen prueba de calidad de la norma que dictan.
    Como están de un solo lado del mostrador no alcanzan a conocer la realidad que existe afuera, en la calle, salvo los detalles que le relatan los contribuyentes cuando van a reclamar. Ni se fijaron en el aplicativo al que le faltan alícuotas, como lo mencionan dos lectoras. Además, urgencia porque la norma tenga vigencia, no existe y personal para verificar si la nueva norma está a derecho siempre hay. El prestigio alcanza a toda la repartición, El bochorno también.-

  3. Silvia 8 septiembre, 2016 at 09:46 Responder

    Buenos dias, me llegó esa notificación y como este año cambio la alicuota respondí que era correcto el cambio desde el año pasado y ahora me doy cuenta que no es así. Como tendria que solucionarlo

  4. Rinaldi Maria 8 septiembre, 2016 at 09:22 Responder

    He recibido una fiscalización remota en la cual me reclaman una diferencia de alícuota por alquileres. Pero esta bien abonada dado que se trata de 2 alquileres a viviendas por la cual tributamos el 3.5. El aplicativo solo contiene el código 701090, por lo cual me reclaman el 6%. El código 701020 no esta en el aplicativo.

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