A través de la Res. CD 3737 se reformuló y actualizó la metodología a seguir para la determinación en Provincia de Buenos Aires del valor de los parámetros cuantitativos a considerar para la categorización de los emisores de estados contables como Entes Pequeños o Entes Medianos, en el marco de la Resolución Técnica Nº 41.
Parámetros Cuantitativos para ser considerado Ente Pequeño o Mediano RT 41
Establecer que al efecto de la determinación del valor de los parámetros cuantitativos a considerar para la categorización de los emisores de estados contables como Entes Pequeños o Entes Medianos, indicados en la Resolución Técnica N° 41, Segunda Parte, Pto. 1 c), y Tercera Parte, Pto. 1 c), respectivamente:
a) Para el cálculo del importe de los parámetros hasta el mes de noviembre de 2018 inclusive, el monto base deberá reexpresarse por el Índice de Precios Internos al por Mayor publicado por el INDEC, considerando a ese fin lo establecido por la Norma de Aplicación N° 98.
b) Para los meses de diciembre de 2018 y enero de 2019 regirá el mismo valor de los parámetros correspondientes al mes de noviembre de 2018.
c) Para el cálculo del importe de los parámetros desde el mes de febrero de 2019, inclusive, en adelante, el monto base deberá reexpresarse aplicando la metodología publicada por la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas; consecuentemente, se utilizará el Índice Combinado del IPIM-FACPCE con IPC Nacional, publicado por esa Federación.