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Eliminación del Párrafo sobre Prevención de Lavado en Informes de Auditoría.

En diciembre de 2024 la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE) aprobó la Resolución JG N° 635/2024, que sustituyó a la antigua Resolución JG N° 420/2011. Esta actualización responde a la nueva Resolución UIF N° 42/2024 y a la reforma de la Ley 25.246 (modificada por Ley 27.739 en 2024), que redefinen las obligaciones de los contadores públicos en materia de prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo (LA/FT) al actuar como auditores externos.

Uno de los cambios más notorios es la eliminación del párrafo específico en el informe de auditoría donde el auditor declaraba haber aplicado procedimientos de prevención de LA/FT.

A partir de los ejercicios iniciados el 1° de enero de 2024, ya no es obligatorio incluir esa constancia en los informes de auditoría conforme a la nueva normativa

¿Qué cambió?

La Resolución FACPCE 635/2024 eliminó, a partir de ejercicios iniciados el 1/1/2024, la exigencia de incluir en los informes de auditoría la frase:  “he aplicado procedimientos para prevenir el lavado de activos…”
Esta exigencia estaba establecida en la Resolución 420/2011, ahora derogada.

Impacto normativo en los Informes de Auditoría:

Impacto práctico:

Impacto comunicacional y profesional:

Conclusión: La Resolución UIF Nº 42/2024 deja de obligar a los Contadores a informar los procedimientos de lavado en sus informes de auditoría como estaba previsto en el art. 15 de la Resolución UIF Nº 65/2011.

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