1. El registro de las DJAI se seguirá realizando como hasta ahora y las consultas a través de la página Web de la AFIP sobre el estado de las mismas tampoco se altera.
2. Se encontrará disponible en la página Web de la Secretaría de Comercio Interior una nueva sección que funcionará como Ventanilla Única Electrónica, a la que se deberá acceder ingresando el número de CUIT y la clave fiscal de la empresa, para:
– Presentación de información requerida a las empresas como requisitos para la aprobación de las DJAI
– Reclamos por DJAI observadas. En este caso, la Empresa deberá completar un Formulario estándar con información de importaciones y exportaciones actuales y proyectadas, producción, inversiones en curso y proyectadas, etc.) y determinados datos de las DJAI cuya aprobación se solicita.
– Pedidos de audiencia
Los reclamos por DJAI observadas deberán ser realizados en esa ventanilla única en forma directa por las empresas.
Básicamente, los requisitos para la aprobación de las DJAI seguirán siendo los mismos, si bien serán tratados con cierta flexibilidad:
– Compromiso de importaciones y exportaciones (relación 1 a 1)
– Lista de precios
– Acreditación de exportaciones
– Cupo de importaciones del año curso, autorizado en función de las importaciones del año anterior.
2. Se encontrará disponible en la página Web de la Secretaría de Comercio Interior una nueva sección que funcionará como Ventanilla Única Electrónica, a la que se deberá acceder ingresando el número de CUIT y la clave fiscal de la empresa, para:
– Presentación de información requerida a las empresas como requisitos para la aprobación de las DJAI
– Reclamos por DJAI observadas. En este caso, la Empresa deberá completar un Formulario estándar con información de importaciones y exportaciones actuales y proyectadas, producción, inversiones en curso y proyectadas, etc.) y determinados datos de las DJAI cuya aprobación se solicita.
– Pedidos de audiencia
Los reclamos por DJAI observadas deberán ser realizados en esa ventanilla única en forma directa por las empresas.
Básicamente, los requisitos para la aprobación de las DJAI seguirán siendo los mismos, si bien serán tratados con cierta flexibilidad:
– Compromiso de importaciones y exportaciones (relación 1 a 1)
– Lista de precios
– Acreditación de exportaciones
– Cupo de importaciones del año curso, autorizado en función de las importaciones del año anterior.
Importante: Para la registración de acceso a la información antes mencionada es necesario primero dar de alta el servicio interactivo “SCI-Solicitud de Contacto” a través de la pagina de AFIP con CUIT y Clave Fiscal.
Una vez dado de alta el servicio podrán ingresar al Formulario de Contacto, pueden hacerlo desde www.mecon.gov.ar/comerciointerior/contactosci/formulario_primer_ingreso