Decreto 956/20 se establece la medida de “distanciamiento social, preventivo y obligatorio”, para todas las personas que residan o transiten en los aglomerados urbanos, partidos y departamentos de las provincias argentinas en tanto estos verifiquen en forma positiva la totalidad de los siguientes parámetros epidemiológicos y sanitarios: 1. El sistema de salud debe contar con capacidad suficiente y adecuada para dar respuesta a la demanda sanitaria. 2. El aglomerado urbano, departamento o partido no debe estar definido por la autoridad sanitaria nacional como aquellos que poseen “transmisión comunitaria sostenida” del virus SARS-CoV-2. 3. La razón de casos confirmados, definida como … Sigue leyendo Distanciamiento Social en casi todo el País. Se mantiene la compensación no remunerativa del Art. 24 Dto. 792/20
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