Los contribuyentes y/o responsables comprendidos en las disposiciones de las Resoluciones Generales N° 2.224 (DGI) y N° 1.466, sus respectivas modificatorias y complementarias, a los fines de solicitar la devolución de pagos o ingresos en exceso o la convalidación de sus créditos impositivos originados en el impuesto al valor agregado para ser transferidos a terceros, deberán utilizar, exclusivamente, el programa aplicativo denominado “DEVOLUCIONES Y/O TRANSFERENCIAS – Versión 4.0”
Versión aprobada por Resolución General 4033/2017
Novedades Devoluciones y/o Tranferencias Versión 4 Reléase 9:
- Se actualizan las tasas de intereses resarcitorios y punitorios a partir del 01/07/2021 según Resolución 598/2019 del Ministerio de Hacienda.
Buenos días, personas físicas responsables del impuesto a los BBPP con saldo a favor en DDJJ 2020, por las retenciones que le efectuaron por compra de dólares, como se procede para la devolución del importe.
En el 2021, se dio de baja a los BBP, solo es monotributistas.