Sólo pueden operar con esta modalidad las personas humanas que requieran ingresar mercadería cuyo valor de compra (costo de la mercadería + seguro + flete) no supere los USD 3000. La mercadería tendrá un límite de 20 kilogramos por paquete, deberá ser para uso personal, y su especie y cantidad no deben presumir una finalidad comercial. Esto será evaluado por el servicio aduanero.
¿Cuál es el procedimiento?
- Tenés que ingresar al sitio web del correo para crear un usuario; vas a tener que informar un número de teléfono celular y un mail.
- Con el usuario creado ya vas a poder completar la Declaración Simplificada de Envíos Postales Internacionales; el sistema va a pedirte el número de tracking, es decir, el número de seguimiento que te mandó el correo.
- Cuando estés haciendo la declaración, vas a poder ver la información con la que cuenta el correo: los datos de origen del envío y los de la persona que recibe el paquete; estos datos los podés confirmar o modificar.Si el correo no cuenta con esa información, tenés que colocar los datos que falten.
- También mientras completás la declaración, podés autorizar al personal del correo para que te represente cuando se haga la verificación física del paquete.
- Cuando hayas terminado de cargar la declaración, se calculará el monto a abonar.
- El servicio aduanero puede llegar a requerir que vayas personalmente para entregar el paquete. En ese caso recordá que, si autorizaste al correo para que te represente en la verificación, no es necesario que vayas a la sucursal.Una vez verificada la mercadería, vas a recibir tu envío puerta a puerta, salvo casos expresos por parte del servicio aduanero.
- Tené en cuenta que el servicio aduanero puede cambiar el valor declarado de la mercadería, de acuerdo a lo que observen en la verificación. En esos casos, se va a generar una liquidación complementaria que el correo te va a notificar inmediatamente para que abones el monto que corresponda.
Cuando del análisis de la información que brindes en la declaración o de la verificación física surja que las mercaderías requieren intervenciones o certificaciones (que no impliquen la exclusión al régimen), vas a tener que tramitarlas y después concurrir con la documentación correspondiente para la entrega presencial.
¿Cuál será el monto a abonar?
Tus primeros 12 envíos gozarán de una franquicia de USD 50 cada uno. En caso de que el valor de la compra (costo de la mercadería+seguro+flete) sea igual o inferior, no deberás abonar tributo alguno. Caso contrario, se pagará un impuesto equivalente al 50% del excedente de la franquicia mencionada. Una vez agotado el cupo franquiciado, se abonará el 50% del total de la compra.
Adicionalmente, el Correo cobrará una tasa de servicio en todos los casos.
En forma automática, la web del Correo, generará una liquidación, la que deberá ser cancelada hasta las 0 horas del día de su generación. Dicha liquidación incluirá la “Tasa de servicio y almacenaje” que corresponda abonar al Correo.
En caso de no cancelar la liquidación dentro del plazo estipulado, el usuario deberá solicitar una nueva liquidación en el sitio web del Correo por los medios allí previstos asociando nuevamente el número de tracking.
¿Quiénes no deben pagar el impuesto?
Cuando no se supere la franquicia de USD 50 no acumulable válida para 12 envíos en un año calendario y por persona, no deberás pagar el tributo.
Los envíos con destino Tierra del Fuego también están exentos de tributos.
Los libros, impresos y documentos seleccionados por el servicio aduanero, serán librados bajo el servicio puerta a puerta sin la exigencia de confeccionar la “Declaración Simplificada de Envíos Postales Internacionales” ni pago de tributos.