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CUADROS RESUMENES SOBRE LOCACIÓN DE INMUEBLES PARA DESCARGAR EN PDF.

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Hace algunas semanas publiqué unos cuadros resúmenes sobre la liquidación de la locación de inmuebles y su tratamiento en los impuestos nacionales y provinciales. Pero debido a la nueva configuración de la página a muchos se les hizo imposible descargarlos, así que decidí pasarlos a formato PDF y subirlos para que puedan descargarlos directamente.

Los cuadros están todos incluidos en una misma carpeta dentro de la cual encontraran:

  1. CUADRO RESUMEN LOCACIÓN DE INMUEBLES– TRATAMIENTO EN IMPUESTOS NACIONALES PARA EL 2018.
  2. CUADRO RESUMEN LOCACIÓN DE INMUEBLES EN PROVINCIA DE BUENOS AIRES PARA EL 2018.
  3. CUADRO RESUMEN LOCACIÓN DE INMUEBLESEN PROVINCIA DE CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES PARA EL 2018.
  4. CUADRO RESUMEN LOCACIÓN DE INMUEBLES EN CONVENIO MULTILATERAL PARA EL 2018.

Pueden descargarlos desde  acá CUADROS RESUMEN LOCACIÓN DE INMUEBLES

Aprovecho para agradecer todos los comentarios que recibí sobre los cuadros. Muchos estaban un poquito enojados por no poder bajarlos, por lo que pido disculpas por el retraso. Si consideran que se podría agregar algo mas a los mismos por favor háganmelo saber.

37 comments

  1. Lorena 4 febrero, 2022 at 08:43 Responder

    Buen dia!!! Consulta, El titular del inmueble tiene residencia en el exterior pero cobra un alquiles (monto minimo) por un local en CABA.
    Podria tener un responsable sustituto y q este emita la factura?

  2. Jose 29 agosto, 2018 at 17:06 Responder

    Hola Carla, muy interesante el articulo. Te hago una consulta quizas me puedas ayudar. Actualmente tengo en alquiler un inmueble con destino vivienda en provincia BsAs que por el monto que me pagan es no gravado. Voy a alquilarle ahora a la misma persona una cochera, que es una unidad complementaria del mismo inmueble. Se considera por ser unidad complementaria que es el mismo inmueble y por ende no gravado (ya que la suma de ambos montos es menor al limite)? En caso que no sea asi, con que alicuota deberia tributar la cochera siendo que es parte de la vivienda?. Muchas gracias!

  3. Mery 15 junio, 2018 at 15:25 Responder

    Carla, Tal vez puedas ayudarme, una propiedad gravada en Iva, cuyo condominio esta inscriptoi en Afip, y por el cual se viene abonando iva, te consulto, los condominos, unos es Responsable Inscripto en Iva, al momento de hacer ganancias paga por su 50%. En cuanto al otro condómino es Monotributista que actualmente posee 3 alquileres exentos, tengo entendido, que ese Condominio, no se tiene en cuenta para su monotributo, ya que se trata como si fuera una Sociedad de Hecho, y cdo este monotributista, (que además esta inscripto en Ganancias (por los ingresos de Jubilación) , hace su DDJJ de Ganancias, paga ganancias por su 50% de ingresos del condominio.
    Esto es correcto?? o puede ser excluido del monotributo??
    Te agradeceria inmensamente tu opinión

  4. Federico 6 mayo, 2018 at 18:42 Responder

    Estimada Carla, primero agradezco tu trabajo! Sos muy buena.
    Me surge la siguiente duda: en el caso de un inmueble con dos titulares (monotributistas por su actividad profesional) que lo dan en alquiler para vivienda, se debe inscribir el condominio ante la afip? o corresponde que se distribuyan el ingreso y lo sumen al de su actividad profesional para categorizarse en monotributo?
    En la provincia de Buenos Aires, como seria el encuadre?

  5. Daniela 10 abril, 2018 at 14:27 Responder

    Carla te queria consultar con respecto a los condominios, segun la ID 134899 de Afip en caso de condominio de los bienes cuya locacion se encuentre gravada por el Iva , la factura deberá ser emitida a nombre de éste, correspondiendo además indicar en el comprobante el nro de CUIT del mismo. En el cuadro que nos facilitas, en el apartado de condominio indica que no sería necesario crear la figura, sino que se puede facturar a nombre de alguno de los condóminos. Esto es así? Desde ya muchas gracias.

    • Carla Lombardi 12 abril, 2018 at 09:03 Responder

      Quedó confuso en el cuadro, de tratarse de condominio, la factura o el recibo podrá ser emitido a nombre de alguno de los condóminos, quien deberá ser siempre el mismo, correspondiendo además indicar en ese documento el apellido y nombre o denominación, y la CUIT de los restantes condóminos. En caso de condominio de bienes cuya locación se encuentre gravada por IVA el art. 2 de la RG 1032/01, establece que cuando los condóminos de un inmueble lo den en locación, corresponderá al condominio la inscripción en el IVA y la factura deberá ser emitida a nombre de éste, correspondiendo además indicar en dicho comprobante su CUIT.

  6. Karina 6 marzo, 2018 at 21:56 Responder

    Carla, perdón lo tengo que decir… Aparte que te molestas de onda en armar estos cuadros cien por cien didácticos y útiles, tenes que aguantar que colegas te reclamen por no poder bajarlos? Que paciencia y que amor por la profesión que tenes!!!!!

    • Carla Lombardi 7 marzo, 2018 at 08:49 Responder

      Yo respeto la libertad de opinión de todos, siempre me acuerdo de un dicho que dice: “Cuando hablan de ti, escúchalos, si tienen razón corrígete, sino ignóralos” y en este caso, tenían razón con el pedido.

  7. Norma 6 marzo, 2018 at 15:21 Responder

    Hola Carla, algo no me queda claro. Me llegó al domic.electrónico de Agip de un cliente con actividad 701990 que la alícuota a aplicar es del 3% a partir de enero/18 para ingresos anuales iguales o menores a 55 millones y 5% para ingresos mayores , por aplicación de la Ley 5948 de Consenso fiscal. Está vigente la L.5948?
    Muchas gracias

  8. Veronica 6 marzo, 2018 at 09:59 Responder

    Muchas gracias por la información muy útil!! Hay cuadro resumen de la liquidación de locación de inmuebles en la provincia de Córdoba?

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