Hace algunas semanas publiqué unos cuadros resúmenes sobre la liquidación de la locación de inmuebles y su tratamiento en los impuestos nacionales y provinciales. Pero debido a la nueva configuración de la página a muchos se les hizo imposible descargarlos, así que decidí pasarlos a formato PDF y subirlos para que puedan descargarlos directamente.
Los cuadros están todos incluidos en una misma carpeta dentro de la cual encontraran:
- CUADRO RESUMEN LOCACIÓN DE INMUEBLES– TRATAMIENTO EN IMPUESTOS NACIONALES PARA EL 2018.
- CUADRO RESUMEN LOCACIÓN DE INMUEBLES EN PROVINCIA DE BUENOS AIRES PARA EL 2018.
- CUADRO RESUMEN LOCACIÓN DE INMUEBLESEN PROVINCIA DE CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES PARA EL 2018.
- CUADRO RESUMEN LOCACIÓN DE INMUEBLES EN CONVENIO MULTILATERAL PARA EL 2018.
Pueden descargarlos desde acá CUADROS RESUMEN LOCACIÓN DE INMUEBLES
Aprovecho para agradecer todos los comentarios que recibí sobre los cuadros. Muchos estaban un poquito enojados por no poder bajarlos, por lo que pido disculpas por el retraso. Si consideran que se podría agregar algo mas a los mismos por favor háganmelo saber.
Buen dia!!! Consulta, El titular del inmueble tiene residencia en el exterior pero cobra un alquiles (monto minimo) por un local en CABA.
Podria tener un responsable sustituto y q este emita la factura?
Estimada Carla, gracias mil por tenernos tan informados, inmenso agradecimiento por tanta generosidad.-
Carlos,
Gracias, tene en cuenta que este cuadro va a ser actualizado para el 2019.
Hola Carla, muy interesante el articulo. Te hago una consulta quizas me puedas ayudar. Actualmente tengo en alquiler un inmueble con destino vivienda en provincia BsAs que por el monto que me pagan es no gravado. Voy a alquilarle ahora a la misma persona una cochera, que es una unidad complementaria del mismo inmueble. Se considera por ser unidad complementaria que es el mismo inmueble y por ende no gravado (ya que la suma de ambos montos es menor al limite)? En caso que no sea asi, con que alicuota deberia tributar la cochera siendo que es parte de la vivienda?. Muchas gracias!
Carla, Tal vez puedas ayudarme, una propiedad gravada en Iva, cuyo condominio esta inscriptoi en Afip, y por el cual se viene abonando iva, te consulto, los condominos, unos es Responsable Inscripto en Iva, al momento de hacer ganancias paga por su 50%. En cuanto al otro condómino es Monotributista que actualmente posee 3 alquileres exentos, tengo entendido, que ese Condominio, no se tiene en cuenta para su monotributo, ya que se trata como si fuera una Sociedad de Hecho, y cdo este monotributista, (que además esta inscripto en Ganancias (por los ingresos de Jubilación) , hace su DDJJ de Ganancias, paga ganancias por su 50% de ingresos del condominio.
Esto es correcto?? o puede ser excluido del monotributo??
Te agradeceria inmensamente tu opinión
Estimada Carla, primero agradezco tu trabajo! Sos muy buena.
Me surge la siguiente duda: en el caso de un inmueble con dos titulares (monotributistas por su actividad profesional) que lo dan en alquiler para vivienda, se debe inscribir el condominio ante la afip? o corresponde que se distribuyan el ingreso y lo sumen al de su actividad profesional para categorizarse en monotributo?
En la provincia de Buenos Aires, como seria el encuadre?
Carla te queria consultar con respecto a los condominios, segun la ID 134899 de Afip en caso de condominio de los bienes cuya locacion se encuentre gravada por el Iva , la factura deberá ser emitida a nombre de éste, correspondiendo además indicar en el comprobante el nro de CUIT del mismo. En el cuadro que nos facilitas, en el apartado de condominio indica que no sería necesario crear la figura, sino que se puede facturar a nombre de alguno de los condóminos. Esto es así? Desde ya muchas gracias.
Quedó confuso en el cuadro, de tratarse de condominio, la factura o el recibo podrá ser emitido a nombre de alguno de los condóminos, quien deberá ser siempre el mismo, correspondiendo además indicar en ese documento el apellido y nombre o denominación, y la CUIT de los restantes condóminos. En caso de condominio de bienes cuya locación se encuentre gravada por IVA el art. 2 de la RG 1032/01, establece que cuando los condóminos de un inmueble lo den en locación, corresponderá al condominio la inscripción en el IVA y la factura deberá ser emitida a nombre de éste, correspondiendo además indicar en dicho comprobante su CUIT.
Perfecto! muchas gracias!!
Excelente!!! Muchas gracias por compartirlo!!! De mucha utilidad
Gracias Carla, por saber escuchar y ocuparte .
Gracias Carla por compartir tu conocimiento, sos muy generosa!
Gracias no se como alguno se pueda enojar solo hay agradecimiento por lo que haces
Lucila
Gracias Carla!!, genia total!!
¡Muchas gracias!!
Muchas gracias Carla!!
Carla, perdón lo tengo que decir… Aparte que te molestas de onda en armar estos cuadros cien por cien didácticos y útiles, tenes que aguantar que colegas te reclamen por no poder bajarlos? Que paciencia y que amor por la profesión que tenes!!!!!
Yo respeto la libertad de opinión de todos, siempre me acuerdo de un dicho que dice: “Cuando hablan de ti, escúchalos, si tienen razón corrígete, sino ignóralos” y en este caso, tenían razón con el pedido.
Gracias!!!! Muy util!!
Muy util, gracias por compartir
Hola Carla, algo no me queda claro. Me llegó al domic.electrónico de Agip de un cliente con actividad 701990 que la alícuota a aplicar es del 3% a partir de enero/18 para ingresos anuales iguales o menores a 55 millones y 5% para ingresos mayores , por aplicación de la Ley 5948 de Consenso fiscal. Está vigente la L.5948?
Muchas gracias
Si, https://www.agip.gob.ar/normativa/leyes/2018/ley-n-5948–2018—modificaciones-al-codigo-fiscal-con-vigencia-en-el-ano-2018 esta vigente y la alícuota del 1.5% esta vigente también.
Me comentaron otros colegas que les paso lo mismo, al parecer es un problema con el código de actividad…
Como siempre informacion de calidad
Gracias
Muchas gracias Carla!
Carla, un millón de gracias
Gracias Carla
Como siempre muy eficaz
Saludos
Mil gracias Carla!! sos una genia!!
GRACIAS!!!! GENIAL
Muchas gracias Carla!
No diria que estuviesemos enojados ..al contrario! Capaz ansiosos
Jajajaja… alguno se me enojo!
Muchas gracias por el trabajo extra Carla!
Carla: excelente trabajo como siempre.
Muy agradecido.
Te agradezco muchisimo la ayuda que nos brindas!!!!
Nos haces la vida mucho mas facil!!!
gracias…muy útiles…
Excelente resumen, muchas gracias
Muchas gracias por la información muy útil!! Hay cuadro resumen de la liquidación de locación de inmuebles en la provincia de Córdoba?
No ejerzo la profesión en Córdoba, con lo cual no tengo nada armado para esa jurisdicción.