Mediante la Disposición 8/2021 a fin de posibilitar el funcionamiento del Programa de Crédito Fiscal correspondiente al año 2021 resulta se aprueban los instrumentos operativos de evaluación, así como establecer el puntaje mínimo de pre-aprobación de las propuestas.
Disposición 8/2021
DI-2021-8-APN-DNFC#MT
Ciudad de Buenos Aires, 04/10/2021
VISTO el Expediente N° EX-2021-80973790- -APN-DGD#MT, la Ley N° 22.317 y sus modificatorias, la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992), y sus modificatorias y complementarias, la Ley N° 27.591 del Presupuesto Nacional para el año 2021, el Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, y N° 990 del 11 de diciembre de 2020, la Decisión Administrativa N° 1662 del 9 de septiembre de 2020, la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 784 del 28 de septiembre de 2020, la Resolución de la SECRETARIA DE EMPLEO N° 996 del 28 de septiembre de 2021, y
CONSIDERANDO:
Que a través de la Ley N° 22.317 se creó el Régimen de Crédito Fiscal para fomentar la capacitación de trabajadores ocupados y desocupados a través de la intervención de las empresas mediante la cancelación de tributos cuya percepción, aplicación y fiscalización corresponde a la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS.
Que por el artículo 3° de la Ley N° 22.317 se estableció que el cupo anual del citado régimen será fijado anualmente en el presupuesto general de gastos y cálculo de recursos de la Administración nacional.
Que la Ley N° 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021, en su artículo 31, inciso c), fijó en PESOS SEISCIENTOS CINCUENTA MILLONES ($650.000.000) el cupo anual de crédito fiscal correspondiente al año 2021 a ser administrado por el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL en el marco de lo normado por la Ley N° 22.317.
Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 784/2020, se aprobó el PLAN DE FORMACIÓN PROFESIONAL Y CONTINUA, que como Anexo forma parte integrante de la citada Resolución, el cual tiene por objeto estructurar, sistematizar e impulsar programas, proyectos y acciones desarrollados en el ámbito del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL dirigidos a mejorarlas competencias, habilidades y calificaciones de trabajadoras y trabajadores de nuestro país.
Que por el artículo 49 del Anexo de la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 784/2020, se estableció que la ejecución del cupo de crédito fiscal que anualmente se asigna al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL en el marco del Régimen de Crédito Fiscal creado por la Ley N° 22.317 y modificatorias, forma parte del PLAN DE FORMACIÓN PROFESIONAL Y CONTINUA y su administración estará a cargo de la SECRETARÍA DE EMPLEO, la cual dictará las normas necesarias para su implementación.
Que por la Resolución del SECRETARIO DE EMPLEO N° 996/2021 se aprobó el Programa Credito Fiscal correspondiente al año 2021, que como Anexo forma parte integrante de la citada Resolución, facultando en su artículo 2° a la DIRECCIÓN NACIONAL DE FORMACIÓN CONTINUAa aprobar los formularios, instrumentos operativos e instructivos necesarios para la implementación del PROGRAMA CRÉDITO FISCAL correspondiente al año 2021.
Que a fin de posibilitar el funcionamiento del PROGRAMA CRÉDITO FISCAL correspondiente al año 2021 resulta necesario aprobar los instrumentos operativos de evaluación, así como establecer el puntaje mínimo de pre-aprobación de las propuestas.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que corresponde.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 2° de la Resolución de la SECRETARIA DE EMPLEO N° 996/2021.
Por ello,
LA DIRECTORA NACIONAL DE FORMACIÓN CONTINUA, DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébanse las fechas de apertura y cierre de plazo para la presentación de propuestas en el marco del PROGRAMA DE CRÉDITO FISCAL correspondiente al año 2021, de acuerdo a la información del siguiente cuadro:
Presentación | Meses de Nómina s/ Form. 931 o s/ registro de asociados | Período de cálculo del 30% u 8‰ | Plazo de carga en Plataforma Crédito Fiscal | Plazo de presentación de documentación en TAD |
PRIMERA | 31 de agosto 2021 | 01 de septiembre 2020 a 31 de agosto 2021 | 6 de octubre 2021 al 30 de noviembre 2021 | Hasta el 3 de diciembre de 2021 |
ARTÍCULO 2°.- Apruébanse los formularios, instructivos e instrumentos operativos del PROGRAMA DE CRÉDITO FISCAL, EMPRESAS/ COOPERATIVAS DE TRABAJO que como ANEXOS forman parte integrante de la presente Disposición y a continuación se detallan:
DI-2021-92137159-APN-DNFC#MT – ANEXO A – PROCEDIMIENTO E INSTRUMENTO DE EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS
DI-2021-92137294-APN-DNFC#MT – ANEXO B – CERTIFICACIÓN CONTABLE PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS – EMPRESAS.
DI-2021-92137485-APN-DNFC#MT- ANEXO C – CERTIFICACIÓN CONTABLE PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS – COOPERATIVAS DE TRABAJO.
DI-2021-92137660-APN-DNFC#MT- ANEXO D – SOLICITUD DE CLAVE DE ACCESO A LA “PLATAFORMA GESTION EMPLEO”.
DI-2021-92137771-APN-DNFC#MT- ANEXO E – DECLARACIÓN JURADA DE LA EMPRESA/COOPERATIVA DE TRABAJO MANIFESTANDO NO ESTAR INCLUIDA EN EL REPSAL Y CUPO DE CRÉDITO FISCAL UTILIZADO EN OTROS ORGANISMOS PARA EL PERÍODO EN CURSO.
DI-2021-92138007-APN-DNFC#MT- ANEXO F – NOTA DE ACEPTACIÓN DE LA INSTITUCIÓN DE FORMACIÓN PROFESIONAL A FORTALECER.
DI-2021-92138440-APN-DNFC#MT- ANEXO G – CONSTANCIA DE RECEPCIÓN DE PROPUESTAS – EMPRESAS
DI-2021-92138511-APN-DNFC#MT- ANEXO H – CONSTANCIA DE RECEPCIÓN DE PROPUESTAS – COOPERATIVA DE TRABAJO
DI-2021-92138654-APN-DNFC#MT- ANEXO I – NOTA COMPROMISO DE LOS ORGANISMOS ADHERENTES
DI-2021-92138763-APN-DNFC#MT- ANEXO J – FORMULARIO DE CESIÓN DE EQUIPAMIENTO.
DI-2021-92138837-APN-DNFC#MT- ANEXO K – CERTIFICACIÓN CONTABLE SOBRE LA RENDICIÓN DE CUENTAS Y DETALLE DE GASTOS EMPRESAS/COOPERATIVAS.
ARTÍCULO 3°.- Fíjese un puntaje mínimo de CINCUENTA (50) puntos para la pre-aprobación de las propuestas, de acuerdo al instrumento de evaluación integrante del ANEXO A “PROCEDIMIENTO E INSTRUMENTO DE EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS”.
ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGíSTRO OFICIAL, y archívese.
Edith Byk
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 06/10/2021 N° 74308/21 v. 06/10/2021
Fecha de publicación 06/10/2021