Se publica la Resolución 491/20, a través de la cual se aprueban las condiciones para la conversión del beneficio de Crédito a Tasa Subsidiada para empresas en subsidio, según los términos del Art. 8 bis del Decreto 332/20. Es importante destacar entre otros requisitos y condiciones que el Crédito debe estar totalmente cancelado (pagado) para poder acceder al reintegro, que además variará en función a la nomina del empleador y la incorporación o no de personal. Si sos suscriptor de la plataforma contadoresenred.forumjuridicofiscal.com.ar podés acceder a un resumen completo sobre el tema. Resolución 491/2020 RESOL-2020-491-APN-MDP Ciudad de Buenos Aires, 17/09/2020 VISTO el Expediente … Sigue leyendo Crédito a Tasa Subsidiada hoy finaliza el plazo para solicitarlo y se publican condiciones para que se convierta en un “subsidio”. Resolución 491/20
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