Se tendrá por realizadas en término las presentaciones de las declaraciones juradas y pagos del anticipo 01/2026, de los contribuyentes que tributan el Impuesto sobre los Ingresos Brutos comprendidos en el Convenio Multilateral (SIFERE), cuyo vencimiento fue establecido en la Resolución General N° 20/2025 para los días viernes 13, miércoles 18 y jueves 19 de febrero del corriente año, hasta el día viernes 20 de febrero de 2026.
Convenio Multilateral. SIFERE Web. Presentación en término Anticipo 1/2026 – Resolución General 4/2026
COMISIÓN ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77
San Fernando del Valle de Catamarca, 11/03/2026
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que a través de la Disposición de Presidencia N° 5/2026 de fecha 18 de febrero de 2026, en atención a que desde el día viernes 13 de febrero del corriente se verificaron inconvenientes por problemas en proveedores de internet ajenos a la organización que afectaron el normal funcionamiento del servicio e imposibilitaron la presentación y pago de las declaraciones juradas del impuesto sobre los Ingresos Brutos correspondiente a contribuyentes comprendidos en el Convenio Multilateral-SIFERE, se dispuso tener por realizadas en término las presentaciones de las declaraciones juradas y pagos del anticipo 1/2026, de los contribuyentes que tributan el Impuesto sobre los Ingresos Brutos comprendidos en el Convenio Multilateral (SIFERE), cuyo vencimiento fue establecido en la Resolución General N° 20/2025 para los días viernes 13, miércoles 18, jueves 19 de febrero del corriente año, hasta el día viernes 20 de febrero de 2026.
Por ello,
LA COMISIÓN ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18/8/77
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Ratifíquese la Disposición de Presidencia de la Comisión Arbitral Nº 5/2026, que se anexa y forma parte de la presente resolución.
ARTÍCULO 2º.- Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Nación e inclúyase (conforme lo establecido en la Resolución General N° 3/2026) en la edición electrónica del ORDENAMIENTO JURÍDICO DE LAS NORMAS DE LA COMISIÓN ARBITRAL, alojado en el sitio web de la COMARB: www.ca.gob.ar, en el Título IV Resoluciones Generales, Subtítulo e) Vencimientos, Acápite Pago del Impuesto SIFERE; notifíquese a las jurisdicciones adheridas y archívese.
Luis María Capellano – Fernando Mauricio Biale
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución General se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 20/03/2026 N° 16447/26 v. 20/03/2026
Fecha de publicación 20/03/2026

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