Mediante la RG 4162-E AFIP reavivo la obligación de solicitar la constancia de inscripción ante las operaciones de venta con responsables inscriptos, con tres agravantes:
- Aumentan la frecuencia de consulta y pasan de 6 meses a 1 vez por mes.
- Actualizan la RG 1817 que es del año 2005; cuando todavía no existía la factura electrónica, hoy en día se podría evitar toda esta pérdida de tiempo con algo tan simple como que la propia AFIP controle el CUIT al cual se va a realizar la factura (simple y fácil). Aunque creo que es más fácil pasarle el fardo al contribuyente que modificar el sistema de facturación de AFIP (ojo, el control me parece perfecto, pero creo que ese poder de policía le corresponde al fisco y no debería trasladarlo al contribuyente a quien se le deja en última instancia el libre albedrío de facturar o no).
- La pagina de AFIP está saturada, viene funcionando en forma intermitente y algo tan simple como consultar una Constancia de Inscripción en AFIP puede convertirse en toda una odisea.Hoy por ejemplo aparece este ERROR 20078 – PROBLEMAS CON EL SERVICIO AR. Considero que la RG 4162-E también debería haber previsto mecanismos optativos en caso de que la pagina de AFIP no funcione ya que es un hecho no poco frecuente.
El problema está en el “Administrador de Relaciones”. Revisen las autoridades vinculadas a la persona jurídica.
Son impresentables!!! Cuando nos van a pagar un sueldo por hacer el trabajo que ellos deberian? La multiplicidad de normas que se superponen y la carga administrativa que tiene la profesión es inhumano… O leemos, o nos capacitamos, o trabajamos.
El sitio es muy interesante y lo sigo a diario!! Gracias por toda la info!!
La pagina de afip mas que en forma intermitente funciona de manera horrible !!!!
Son deprimentes!!!
Y ojo!! que no hablo de gobiernos… Todos, quienes hayan pasado por la administración, lo único que hicieron es complicar al contribuyente y desligarse del poder de policía que tiene como organismo.-
Desde mediados del 83, abrí mi estudio y no falla… Son unos, peores que otros.-!!
Aprovecho y les deseo un año formidable el que se viene y GRACIAS!!, como siempre por todo!!
Estimado:
Con el tramite del TIRE, hay tremendas dudas para cargar en el modulo de domicilio. Tengo escrituras con condominiosw que no tienen intension de blanquearse ante el fisco por 2 0 3 ha. Como no se va preveer estas cuestiones dado que quedran tramiten PENDIENTES DECONFIRMACION !!
Otra cuestion por ejemplo: un escritura con dos personas en condominio que conforman ante AFIP una soc. de hecho: Hacer contrato de cesion con reserva de ususfructo !!! 30 dias ante escribania!! imposible sumar tanto costo a un tramite!! para esto el mecanismo de lavalidacion. Es tremendamente engorroso.
Totalmente de acuerdo contigo, pero ya nos hemos acostumbrado a trabajar para los demás como ser: Todos los Organismos de “Control???”. Un abrazo