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Cómo pueden proceder quienes deban acreditar su carácter de apoderados de personas humanas o representantes de personas jurídicas ante la imposibilidad de concurrir a la dependencia en el marco de la pandemia por COVID- 19

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ID 25503108 ¿Cómo pueden proceder quienes deban acreditar su carácter de apoderados de personas humanas o representantes de personas jurídicas ante la imposibilidad de concurrir a la dependencia en el marco de la pandemia por COVID- 19? 03/07/2020 12:00:00 a.m.

Hasta el 31 de julio de 2020 inclusive, las personas humanas que requieran acreditar su carácter de apoderados de personas humanas o representantes legales de personas jurídicas, podrán suministrar la documentación mencionada ¿ respectivamente- en los puntos 3, 4 y 5 del Apartado B o en el Apartado C, ambos del Anexo III de la RG 3.713, mediante la utilización del servicio con Clave Fiscal denominado “Presentaciones Digitales”, seleccionando el trámite:

  1. a)Vinculación de Clave Fiscal para Personas Humanas, de tratarse de apoderados de personas humanas, o
  2. b)Vinculación de Clave Fiscal para Personas Jurídicas, en el caso de representantes legales de personas jurídicas.

Cuando la acreditación se haya efectuado mediante el procedimiento citado en el párrafo anterior, este Organismo podrá requerir al contribuyente y/o responsable, con posterioridad a la aludida fecha, la presentación en la dependencia en la que se encuentre inscripto, de la documentación de respaldo correspondiente.

De no cumplir con dicho requerimiento, decaerá la vinculación tramitada.

Fuente: Art. 2 RG 4727/2020

 

Tramites

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