Mediante la RG (AFIP) 2752/2010 el pago de los honorarios correspondientes a liquidaciones o estimaciones administrativas, se efectuará mediante transferencia electrónica de fondos a través de “Internet”.
Procedimiento:
1. Acceder a http://www.afip.gob.ar utilizando la “Clave Fiscal”.
2. Ingresar al sistema “Presentación de DJ y Pagos” opción generar“ “Nuevo VEP” y seleccionar en “Grupos de tipo de pagos” la opción “Honorarios Abogados”.
3. En el menú “Tipos de Pago”, “Honorarios de Ejecuciones Fiscales – Honorarios de Agentes Fiscales” se mostrarán los honorarios pendientes de cancelación, con todos los datos requeridos, los que deberán ser confirmados.
4. Para aquellos que no están adheridos a unos de los sistemas de pago on-line, deberán elegir la opción BANELCO – PAGO MIS CUENTAS y el VEP generado deberá ser abonado, por caja en el BANCO COMAFI.
5. El VEP caducar a las 48 horas de su generación.
6. Se presentará un ejemplar en el expediente y una copia de dicha presentación en la dependencia de la agencia que lleve el juicio, dentro de los 10 días hábiles administrativos de efectivizado el pago.