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Certificado MIPYME ¿Por qué puede quedar pendiente la solicitud? Motivos y Soluciones para cada caso.

La renovación del “Certificado MiPyME” es automática así como la reinscripción de la empresa en el “Registro de Empresas MiPyMES”, durante el cuarto mes posterior al cierre del ejercicio fiscal de cada empresa.

Por este motivo los contribuyentes recibirán una notificación al domicilio fiscal electrónico donde se informa que esta a disposición, desde el primer día hábil del cuarto mes posterior al cierre de su ejercicio fiscal y durante 20 días corridos, la información correspondiente a los campos del Formulario N° 1272 denominado “PYMES/Solicitud de categorización y/o beneficios”, a fin de ser verificada.

El primer día hábil posterior al vencimiento del plazo de los 20 días corridos, la solicitud es presentadas en forma automáticas. Los Certificados MIPYMES se descargan a través del servicio LUFE disponible en la web de AFIP. Recordemos que una vez recibida la confirmación de la caracterización en DFE, el certificado puede demorar 72 hs. en poder ser descargado del servicio LUFE.

Si al realizar la consulta en el servicio LUFE no cuentan con certificado para descargar, deben consultar el motivo en la web pyme.produccion.gob.ar/certificado/ por el que su trámite podría estar pendiente.

Certificado MIPYME ¿Por qué queda pendiente la solicitud? Motivos y Soluciones para cada caso.

 

 

 

 

 

 

 

 

Tené en cuenta que si se trata de una persona jurídica que declara ganancias en cabeza de sus socios (SH, Soc. Colectiva, etc) la solicitud no podrá ser procesada de forma sistémica. Ingresá a TAD, y a través del Trámite Categorización MiPyME – Documentación adicional, enviá una nota declarando el activo de la sociedad junto al F711 del socio que declare ganancias por la misma.

 

Si no efectuaste dicha presentación, debés regularizar la situación en AFIP y pedir la baja del registro MiPyME a fin de poder rectificar el formulario F1272 y que la solicitud sea reprocesada.

 

 


Importante: Si el trámite tiene que ser completado a través de TAD, es necesario que quién realiza el trámite esté correctamente apoderado para actuar en representación de la empresa. Podés consultar acá cómo apoderar representantes en TAD para actuar en nombre de una persona humana o jurídica dentro de la plataforma.


 

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