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Certificacion de Firmas en el CPCEPBA. Requisito

Recuerden que para certificar la firma en el Consejo Profesional de Ciencias Economicas de la Provincia de Buenos Aires, es obligatorio cumplir con el Pto. 1.5 del Anexo A del Reglamento de Autenticación de firmas – Res. CD N° 1814. El cual establece como requisito para la autenticación de firmas, acreditar haber percibido los honorarios de conformidad con las normas vigentes (art. 163 Ley 10620 o Res. CD 3033 o N. de Aplicación 64) o adjuntar la manifestación escrita de la renuncia de los mismos.
Les adjunto el modelo de Nota de Percepción de Honorarios.

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