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Bienes Personales 2024. Mínimo no Imponible, Exención Casa habitación y Escala.

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Bienes Personales 2024. El Decreto 912/2021 en su Art. 7 estableció que la actualización de los montos indicados en el artículo sin número a continuación del artículo 24 del Título VI de la Ley N° 23.966, de Impuesto sobre los Bienes Personales, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones, deberá realizarse, a partir del período fiscal 2022, inclusive, considerando la variación del índice allí dispuesto, operada entre los meses de octubre del año anterior al período fiscal de que se trata y octubre del período fiscal del ajuste.

Para el período 2024 el coeficiente de actualización Octubre 2023 – Octubre 2024 es de 2,9299, estimación realizada en función al IPC publicado por el INDEC el 12-11-2024.

Montos mínimos y escalas para la determinación del impuesto. Estimados S/IPC 10-23 / 10-24
Mínimo no Imponible (1) 292.994.964,89
Mínimo no Imponible Inmueble destinado a Casa Habitación 1.025.482.377,13
(1) La alícuota se aplica sobre el valor total de los bienes sujetos al impuesto, cuyo monto exceda al mínimo no imponible.
Valor total de los bienes que exceda el mínimo no imponible Pagarán $ Más el % (2) Sobre el excedente de $
Más de $ A $
0 40.107.213,89 0 0,50% 0
40.107.213,90 86.898.963,46 200.536,04 0,75% 40.107.213,89
86.898.963,47 240.643.283,39 551.474,19 1,00% 86.898.963,46
240.643.283,40 En adelante 2.088.917,42 1,25% 240.643.283,39
El gravamen a ingresar será el que resulte de aplicar, sobre el valor total de los bienes situados en el país y en el exterior sujetos al impuesto (excepto las acciones y participaciones que deban ser declaradas por las personas jurídicas en carácter de responsables sustitutos), que exceda de $ 292.994.964,89, la siguiente escala:

Agradezco al Dr. Diego Mastragostino por la información.

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