El beneficio para contribuyente cumplidor puede ser solicitado para alguna de las siguientes opciones:
a) Exención de Monotributo.
b) Deducción especial en el Impuesto a las Ganancias.
c) Micro y Pequeñas Empresas – Amortización acelerada.
Pero ¿Qué pasa en aquellos casos donde el contribuyente es monotributista y a su vez es Responsable Inscripto?
En estos casos deberá evaluar cual es el beneficio mas conveniente, sin embargo puede suceder que después de realizar la opción decida que prefiere el otro beneficio (basado en un caso real…jajaja).
Según lo informado por AFIP en estos casos se podrá desistir del beneficio solicitado y luego solicitar el que corresponda.
A fin de desistir del beneficio se deberá ingresar con CUIT y Clave Fiscal al servicio “Sistema Registral”, opción “Beneficio para Contribuyentes Cumplidores y hacer clic en el botón “Desistimiento del Beneficio”.
Tener en cuenta que de desistir el mismo, deberá dar cumplimiento a las obligaciones comprendidas en el beneficio solicitado, conforme a su condición tributaria.
Buenos dias! Se puede desistir del beneficio una vez pedido siendo una sociedad? Como seria el procedimiento?
Gracias por la información!
Alguien sabe si optar por el beneficio de exención en monotributo puede impedir la compra de los u$d 200 para ahorro?
Misma duda. Entiendo que puede comprar no?
Mi duda consiste en que si para gozar del beneficio para los contribuyentes cumplidores, aunque sea contribuyente de Ganancias , el sujeto no tiene que tener ingresos de jubilacion? ( Ya que el beneficio no aplica para jubilados).?
MUCHAS GRACIAS.
Y cual seria l fecha tope para desistir?
Saludos.