Si bien la obligación de pagar las asignaciones familiares pasó a estar en cabeza de la ANSES gracias al SUAF, es necesario recordar que es obligación del empleador entregarle al empleado una copia del PS 2.61
al momento de iniciar la relación laboral. Con este formulario el empleador cumple con la obligación de notificar al empleado su inclusión en el SUAF y que documentación deberá presentar en cada uno de los casos por los cuales deba cobrar (Nacimiento, Matrimonio, Ayuda Escolar, etc.).
Sin embargo, para el caso de la Ayuda Escolar Anual el tema suele ser un poco mas complejo, por lo que creo que no esta de mas enviar una pequeña nota a los empleadores para que le avisen a sus empleados o adjuntar la misma con los recibos de haberes del mes de febrero.
Modelo de Nota para que el empleador entregue a sus empleados.
Información cobro Ayuda Escolar Anual.
Sr. Trabajador,
Usted deberá presentar en ANSES al inicio del ciclo lectivo la siguiente documentación:
Formulario PS.2.68 “Acreditación de Escolaridad/ Escolaridad Especial/ Formación”, en el que debe informar los datos de su hijo, imprimir desde la página Web de ANSES y hacerlo completar por el establecimiento educativo o el instituto de rehabilitación, según corresponda.
Posteriormente deberá enviar ese formulario a la ANSES ya sea en forma presencial (debe sacar turno al TEL. 130) o a través de la pagina Web.
En caso de no presentar o enviar el mismo, ANSES descontará lo liquidado en concepto de Ayuda Escolar Anual.
Tiene tiempo entre la fecha de inicio del ciclo lectivo y el 31 de octubre del corriente año.
Favioduar,
Gracias por el aporte.
Yo prefiero atenerme a la norma legal e informarles como tope el 31 de octubre, ya que muchas veces suelen dejar este tipo de tramite para ultimo momento…si ANSES lo toma hasta diciembre mejor!
Carla: es cierto lo que decís, la R 562 sólo lo prorrogó para el ciclo lectivo 2013. Así y todo, en la página de la ANSES, la cartilla Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual dice: “Formulario PS.2.68 “Acreditación de Escolaridad/ Escolaridad Especial/ Formación”, el que
debe completar con los datos del hijo e imprimir desde la página web de ANSES y hacerlo completar
por el establecimiento educativo o el instituto de rehabilitación, según corresponda. Luego debe
presentarlo ante ANSES o enviarlo escaneado a través de la página web de ANSES, a partir del
inicio del ciclo lectivo / inicio de rehabilitación y hasta el 31 de diciembre de cada año.”
Favioduar,
No, el plazo para la presentacion se modifico por R. 562/2013 al 30 de diciembre solo para el ciclo lectivo 2013.
Si conoces otra resolucion por favor avisame asi lo corrijo.
Carla: desde el año pasado el plazo para presenarlo es hasta el 31 de diciembre.
Saludos.
Favio.
Gracias por el comentario