Cuando una persona se jubila por la Ley 24241 y se encuentra en actividad, debe abonar un aporte diferencial de $192,17.
Para realizar el empadronamiento se debe ingresar a través de la página de AFIP, al servicio “Sistema Registral”, opción “Empadronamiento/Autónomos“. Pero en el sistema no existe ninguna opción particular para jubilados, por lo cual deberán tener en cuenta que en el sistema figure dicha condición de jubilado, ya que sino, en vez de calcular el monto diferencial calculará el correspondiente al total de la categoría.
Como cambiar la categoría a jubilado:
Se deberá presentar en la dependencia de AFIP en la cual se encuentra inscripto y adjuntar:
1. F.460/F a fin de modificar dicho dato en el Padrón.
2. La documentación que acredite el efectivo inicio del trámite o la obtención del beneficio por parte de ANSES.
De esta manera, podrá realizar correctamente el empadronamiento.
Recuerden que los beneficiarios de prestaciones previsionales en el marco de la Ley 24241 que ingresen, reingresen o continúen en la actividad autónoma no tienen obligación de recategorizarse anualmente.