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Aumento del monto no obligado a liquidar exportaciones de servicios

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IMPORTACION EXPORTACIÓN COURIER

Avances en el proceso de liberalización del mercado cambiario

El Banco Central de la República Argentina (BCRA) dio un nuevo paso en el proceso de remover y flexibilizar las regulaciones de acceso al mercado de cambios, que tiene como objetivo final la eliminación total de las restricciones.

El Directorio del BCRA decidió hoy acortar los plazos para las empresas que accedan al Mercado Libre de Cambios (MLC) para pagar importaciones, subir el monto que los exportadores de servicios no están obligados a liquidar en el MLC y permitir que las personas que habían recibido alguna ayuda por parte del Estado durante la pandemia o que se benefician con subsidios a los consumos de servicios públicos puedan realizar operaciones cambiarias a través de títulos valores en moneda extranjera.

La calendarización del pago de importaciones implementada a partir de diciembre de 2023 posibilitó la acumulación de reservas internacionales en forma acelerada generando un stock de deuda comercial. En respuesta a los mejores resultados de lo previsto en el desarrollo del programa, el BCRA avanza en la normalización del comercio exterior, permitiendo la reducción de las deudas contraídas.

FLEXIBILIZACIÓN EN LOS PLAZOS DE PAGO DE IMPORTACIONES

Desde que asumieron las autoridades del BCRA, el 10 de diciembre de 2023, el flujo de importaciones que se encontraba virtualmente frenado por las innumerables trabas al acceso al mercado cambiario y los niveles de endeudamiento comercial acumulados se fue normalizado con un esquema de pagos transparente y previsible. En el transcurso del primer semestre de 2024, los pagos de importaciones cursados por el MLC volvieron al entorno del 100% del monto mensual promedio de importaciones.

En la actualidad, los bienes vinculados a la energía se pagan al contado; los productos farmacéuticos, otros bienes relacionados con la atención de la salud, fertilizantes, productos fitosanitarios destinados a su elaboración local, productos de la canasta básica de consumo e importaciones oficializadas por MiPyMEs tienen acceso al MLC a los 30 días desde el registro de ingreso aduanero.

Los bienes suntuarios y los autos terminados se abonan a partir de los 120 días del registro aduanero. El Directorio decidió hoy que, a partir del 1° de agosto, estos bienes tendrán un plazo de acceso al MLC a partir de los 90 días desde el registro de su ingreso aduanero.

El resto de los productos se pagan con un esquema de cuatro cuotas por un monto equivalente al 25% del valor a contar desde los 30, 60, 90 y 120 días corridos desde su ingreso aduanero. A partir del 1º de agosto, estos bienes tendrán acceso al MLC para pagarse en dos cuotas, una a partir de los 30 días y la segunda a partir de los 60 días de su ingreso aduanero, por el 50% cada una. Este grupo representa más de la mitad del total de las importaciones.

Esta medida tiene un doble efecto positivo: i) contribuye en la reactivación de la economía porque les permite a las empresas que importan afrontar menos carga financiera; ii) reduce el traslado a precios del mayor costo asociado a la calendarización vigente, que obligaba a aquellas empresas que no obtenían financiamiento comercial de sus proveedores a pagarles a través del mercado de cambios paralelo.

AUMENTO DEL MONTO NO OBLIGADO A LIQUIDAR POR EXPORTACION DE SERVICIOS

En el marco de normalización de la política cambiaria, el Directorio decidió también ampliar el monto exceptuado de liquidación de las exportaciones de servicios de las personas humanas residentes. La adecuación permite ahora cobrar hasta USD 24.000 por año calendario en sus cuentas locales en dólares, sin obligación de liquidarlos en el MLC. La norma anteriormente permitía sólo USD 12.000.

QUITA DE RESTRICCIONES PARA ACCEDER AL DÓLAR MEP y CCL

La tercera medida que adoptó el Directorio es remover las restricciones para acceder a las operaciones de dólar MEP y de Contado con Liquidación que tenían las personas humanas que habían recibido alguna ayuda del Estado durante la pandemia o que tienen un subsidio al consumo en los servicios públicos.

Con esta medida, quedarán habilitados para suscribir créditos hipotecarios en pesos y acceder al dólar MEP para concretar sus operaciones inmobiliarias todas aquellas personas que estaban incluidas en esa categoría.

COMUNICACIÓN “A” 8073 

COMUNICACIÓN “A” 8074

Fuente: www.bcra.gob.ar/Noticias/Avances-en-el-proceso-de-liberalizacion-del-mercado-cambiario.asp

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