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AUMENTAN EL LÍMITE DE VENTAS ANUALES PARA SER PYME

Se sustituyen los Anexos I, II y III de la Resolución 340 de la SECPYME, la cual adopta una definición de la condición de PYME (Micro, Pequeña y Mediana Empresa), en función de las ventas totales anuales y, para ciertas actividades, del valor de los activos.

Al parecer del análisis realizado en relación a los principales indicadores económicos resulta necesaria efectuar una actualización extraordinaria de los topes MiPyME.

Listado de actividades alcanzadas por el límite de activos para ser PYME.

Actividades incluidas.

Pueden descargar los Anexos I (IF-2018-38743643-APN-SECPYME#MP), II (IF-2018-38743858-APN-SECPYME#MP) y III (IF-2018-38744086-APN-SECPYME#MP), que forman parte integrante de la presente medida desde https://www.boletinoficial.gob.ar/#!DetalleNorma/189733/20180813.

Vigencia: 14/08/2018.

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