Se otorga asueto al personal de la administración pública para los días 24 y 31 de diciembre de 2025.
La presente medida no alcanza a las instituciones bancarias y entidades financieras.
Pero el BCRA publicó este comunicado

Asueto al personal de la administración pública diciembre 2025 – Decreto 883/2025
DECTO-2025-883-APN-PTE – Otórgase asueto al personal de la Administración Pública Nacional.
Ciudad de Buenos Aires, 12/12/2025
VISTO el Expediente Nº EX-2025-137780222-APN-DGDYD#JGM y la Ley N° 27.399, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 27.399 les otorga carácter de feriados nacionales inamovibles a los días 25 de diciembre y 1° de enero de cada año, correspondientes a las festividades de NAVIDAD y AÑO NUEVO, respectivamente.
Que tales fechas poseen un arraigado significado cultural, social y familiar para la población argentina y para quienes habitan en el territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA, constituyendo tradicionalmente motivo de reunión, celebración y acercamiento entre familiares y seres queridos.
Que los días 24 y 31 de diciembre representan las vísperas de las mencionadas festividades y se encuentran habitualmente destinados a la realización de los preparativos propios de tales celebraciones, así como a los desplazamientos necesarios para posibilitar el encuentro familiar.
Que, en este marco, resulta oportuno facilitar la organización, descanso y disfrute de las festividades, permitiendo que las personas puedan disponer de un tiempo razonable para concretar los preparativos, desplazamientos y actividades vinculadas a dichas conmemoraciones.
Que, asimismo, la medida repercutirá de manera beneficiosa en el sector turístico de la REPÚBLICA ARGENTINA.
Que la presente no implica erogación presupuestaria alguna para el ESTADO NACIONAL y garantizará que todos los argentinos puedan disfrutar de las fiestas en un marco de libertad.
Que razones de conveniencia, oportunidad y buena administración justifican el otorgamiento de asueto administrativo para los días 24 y 31 de diciembre del corriente año, sin afectar la prestación de los servicios esenciales.
Que el servicio de asesoramiento jurídico pertinente ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Otórgase asueto al personal de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL los días 24 y 31 de diciembre de 2025.
ARTÍCULO 2°.- Instrúyese a los distintos organismos para que implementen las medidas necesarias a efectos de mantener la continuidad de los servicios esenciales.
ARTÍCULO 3°.- Aclárase que la presente medida no alcanza a las instituciones bancarias y entidades financieras.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
MILEI – Manuel Adorni
e. 15/12/2025 N° 94792/25 v. 15/12/2025
Fecha de publicación 15/12/2025

No comments