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ARBANET MODIFICACIONES PARA LOS ANTICIPOS 4/2011 EN ADELANTE. RN (ARBA) 24/11.

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Se modifico el sistema ARBENT, por lo cual una vez que ingresen en la aplicación para la liquidación del anticipo, deberán suministrar con carácter de declaración jurada, la información del mes calendario al que corresponde dicho anticipo:
1) El total de ingresos gravados, no gravados y exentos requeridos por la aplicación informática;
2) El total de ingresos gravados de las actividades indicadas por la Agencia de Recaudación en la aplicación;
3) El total de retenciones y percepciones sufridas.
Recién una vez que se efectúa el envío de la información, el interesado puede imprimir la liquidación del anticipo, con el objeto de efectuar el pago. Es decir, ya no se puede aceptar más los anticipos preliquidados por ARBA, sin la previa información de los ingresos y deducciones.
La información deberá suministrarse tanto para las liquidaciones que se efectúen antes del vencimiento original del anticipo, como para las que se efectúen con posterioridad al vencimiento original del anticipo, y hasta el último día del mes en el cual opere dicho vencimiento. Con posterioridad sistema rechazará de manera automática cualquier intento de modificación de dicha estimación, sin perjuicio de la posibilidad de realizar pagos adicionales.
Conclusión: Con esta modificación, se debilita cada vez más la lógica de que exista un sistema como ARBANET. Debería evaluarse seriamente los motivos de su existencia y volver al sistema de liquidación anterior, donde los saldos a favor generados por las excesivas retenciones en la provincia de Buenos Aires pueden ser arrastrados de un periodo a otro.

ARBANET

11 comments

  1. Kiosquero 16 octubre, 2011 at 23:15 Responder

    Llegué acá por quilombos en el sistema de liquidación de Arbanet. ¿Cómo calculaban antes los anticipos? Te hacian pagar un impuesto sobre ingresos que desconoces ¿partiendo de que base? Una locura ese sistema. Algo raro hay… si quieren menos evasión que persigan a los grandes no a los pequeños comerciantes.

  2. Carla 16 agosto, 2011 at 19:32 Responder

    Anonimo,
    Nunca tuve el caso. Pero recorda que desde la pagia de ARBA podes consultar todas las retenciones bancarias del periodo que estas liquidando.
    No se si en agencia te podran dar una respuesta.

  3. Anonymous 16 agosto, 2011 at 19:15 Responder

    estimados: sacando el anticipo 07 de arabanet me encontre con un cartel que dice “los ingresos declarados para el periodo 05/2011 resultan inconsistentes respecto con los que cuenta la agencia” igual saque el anticipo. Que hago? donde me presento ya que la base imponible esta bien, me faltan chequear los debitos en el banco ya que me llegan cuatrimestrales y tarde (nunca los tengo en cuenta ya que siempre aparecen en el anticipo antes que yo los vea) que puede ser….como lo soluciono, o se arreglara solo (ja..ja..) espero sus comentarios

  4. Carla 20 julio, 2011 at 19:51 Responder

    Buenas tardes Carla,
    tengo varias consultas que espero me puedas responder por favor.
    1- Qué debo hacer cuando en la entrada me sale la siguiente leyenda “Los ingresos declarados para el período 04/2011 resultan inconsistentes respecto a la información con que cuenta esta Agencia.”
    2- La verdad es que no tengo mucha idea de como llenar este formulario nuevo. Consulta:
    En Ingresos no gravados y exentos, yo trabajo para una fundación que en la factura que le hago, figura como exento, el monto total de esas facturas tengo que colocarlas en este casillero o no tiene nada que ver con esto?
    3- Qué son las Retenciones y Percepciones?
    El Impuesto Determinado lo leí en el post anterior.

    Te agradeceré muchísimo tu respuesta!!
    Saludos!

  5. Carla 9 junio, 2011 at 19:15 Responder

    Sebastian,
    El impuesto determinado es el que surge de calcular la base imponible (Ventas gravadas) x la alicuota que le corresponde segun la actividad.

  6. Sebastian 9 junio, 2011 at 18:52 Responder

    Hola Carla, buenas tardes, donde dice importe determinado, cual hay que poner el que yo saco por las ventas, o el que arba me dice en el menu principal?, gracias. Saludos

  7. Choke 23 mayo, 2011 at 14:50 Responder

    Al fin se dieron cuenta de lo inútil que es ese sistema, recuerdo que cuando se implemento por varios meses no se podía retocar la DDJJ y uno tenía que pagar el importe liquidado por ARBA y cuando haciamos la DDJJ anual pagara la diferencia si fuera el caso.

  8. Carla 20 mayo, 2011 at 12:48 Responder

    Anonimo,
    Ese es el problema de ARBANET, no permite informar saldo a favor. Pero me ha pasado de liquidar hoy y entrar un par de dias despues y el anticipo figura como pagado, porque realizan algun tipo de compensacion. Pero solo ellos saben como funciona…

  9. Anonymous 20 mayo, 2011 at 01:12 Responder

    Carla, que pasará en caso de tener un saldo a favor en un periodo? Podré utilizarlo en el siguiente periodo? Porque no hay ningún casillero que permita el ingreso del saldo a favor del periodo anterior.

  10. Carla 19 mayo, 2011 at 14:38 Responder

    Carmen,
    Las modificaciones establecidas mediante la presente resultarán de aplicación a partir del anticipo correspondiente al mes de abril de 2011 (anticipo 4), cuyo vencimiento operará durante el mes de mayo del corriente.

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