Solicitud de Afectación al Beneficio Automotor por Actividad Ingresos Brutos (RN 54/14 y modificatorias)
Permite solicitar la afectación de camiones, camionetas, pick-ups, jeeps o furgones (vehículos comprendidos en el inciso B del artículo 44 de la Ley impositiva Nº 15311) al desarrollo de actividades económicas que requieran la utilización de los mismos, para la aplicación del beneficio en el impuesto Automotor que la Agencia de Recaudación estipula en la Resolución Normativa N° 54/14 y sus modificatorias.
Requisitos
- El vehículo debe estar clasificado en los términos del segundo párrafo del inciso A) del Artículo 44 de la Ley Impositiva 2021 (Ley N° 15226).
- Los/las propietarios/as o adquirentes deben encontrarse inscriptos/as en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, ya sea como contribuyentes locales o sujetos al régimen del Convenio Multilateral, por el ejercicio de alguna de las actividades detalladas en el Anexo de la Resolución Normativa vigente, y registrar facturación por dicha actividad.
- De existir pluralidad de propietarios/as o adquirentes respecto de un mismo automotor resultará suficiente la inscripción, de al menos uno de ellos, en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos con alguno de los códigos de actividad indicados en el Anexo de la Resolución Normativa vigente.
- En caso de Socios/as o Asociados/as de Sociedades en General: El Vehículo debe encontrarse afectado al desarrollo de actividades de las cooperativas, sociedades de hecho, sociedades o asociaciones en general, debidamente inscriptas en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, por el ejercicio de alguna de las actividades detalladas en el Anexo de la Resolución Normativa vigente.
- Matrimonio: cuando la titularidad del vehículo esté a nombre del cónyuge del titular del Impuesto sobre los Ingresos Brutos deberá acreditarse tal condición, además de verificarse la inscripción con alguno de los códigos de actividad indicados en el Anexo de la Resolución Normativa vigente.
- Contratos de leasing: los/las arrendatarios/as deberán verificar la inscripción en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos con alguno de los códigos de actividad indicados en el Anexo de la Resolución Normativa vigente.
Documentación
Toda DOCUMENTACIÓN -sin excepción- se presentará en Original y Copia, o copia certificada por Escribano Público. No es válida la certificación Bancaria.
Todos los CERTIFICADOS deberán tener una vigencia de emisión no superior a los 120 días corridos. Salvo que el certificado exprese lo contrario o plazo diferente
- Documento Único o Pasaporte (sólo Extranjeros).
- Nota, (podés descargar la nota tipo haciendo click aquí), clara y precisa, la cual deberá contener:
- Datos Personales de el/la Titular: nombre y apellido, carácter invocado, DNI, CUIT, CUIL o CDI
- Domicilio Constituido: domicilio, teléfono y correo electrónico.
- Fundamento que avale la situación particular por los que considera estar enmarcado en la RN 54/14 y sus modificaciones.
- Título Automotor.
- En caso de revestir el carácter de Cónyuge: Certificado de Matrimonio (Actualizado).
- En caso de revestir carácter de Socio/a o Asociado/a: Acta de Socios/as o Asociados/as.
- En caso de revestir el carácter de Socios/as en S.H. y no poseer Contrato Constitutivo: Constancia de AFIP con el detalle de los socios/as.
Mas información sobre el trámite en www.arba.gov.ar/GuiaTramites/TramiteSeleccionado.asp?tramite=357&categ=37#anclaRequisitos
consulta, tengo el mismo vehículo que compre en 2019, con cuotas al dia y un plan de pago que cancele . De repente me aparece deuda desde el momento en que lo compre con difrencias y deuda acumulada de todos los años hasta el presente. LA diferencia ARVBA aduce que hubo un cambio en el IIBB del tituals, sin medir aviso , retrotraen una deuda y ademas sin consulta sobre la actividad del vehiculo
Consulta para nuevos inscriptos en regimen simplificado es atumático el beneficio o hay que hacer el trámite presencial si o si? gracias
hola de cuanto es el descuento que aplica arba, del 30% o cuanto? muchas gracias
Buen día, podrían informar dónde descargar el listado de actividades para 2023 del anexo? Gracias
Hola, buenas tardes. Consulta. Mi cliente al pasarlo al regimen simplificado , perdió el beneficio de reducción de patente, como debo hacer para que vuelva a tener , no es compatible con dicho regimen el beneficio?
buen dia, quisiera saber si aplica en mi caso el beneficio ya que es un automovil inciso A, y el codigo de actividad NAIIB18 en el que estoy es el 492120,
Buen día tengo dos casos
1- camioneta pick up 2017 el titular inicio actividad de flete .debo realizar el tramite para afectarla a la actividad. Cual es el beneficio?
2- camioneta pick up 2018 con actividad de flete de años tiene actualmente un 20% de descuento en la patente . eso es automático por la actividad y que no es mayor a 5 años? debo realizar el tramite de afectación para obtener otro beneficio o es el mismo mencionado con anterioridad
Consulta, el beneficio vale para régimen simplificado de Ingresos Brutos?
hola tengo la misma duda mañlan vence la bolerta de automotor y no se afectaron las patentes, sera por que estan adheridos al monotributo unificado ?
BBBB
hola tengo un cliente con actividad principal en CABA y actividad Secundaria en PCIA de BS AS. inscripto en convenio en CABA como jurisdiccion sede y PCIA de bs AS como jurisdiccion secundaria. el rodado utilitario lo tiene afectado a la actividad secundaria y radicado en la PCIA de BS AS. alguien sabe si aplica el beneficio? muchas gracias!
Recién consulté a ARBA y el beneficio continúa para quienes ya lo tienen.
Deben pedirlo los que den nuevas altas de vehículos afectados? Dejó de ser automático?
Es decir que no se aceptan nuevos trámites? Gracias
Buenos días, he hecho varias veces la consulta en ARBA y lo que nos han indicado es que el trámite es automático, por tener alta en IIBB y actividades que requieren el uso de vehículo.
Exacto, con varios clientes que se me presentò este tema siempre la situaciòn fue esa, lo que no queda claro es si hubo un cambio en la reglamentación del beneficio
No lo hubo, la publicación se realizó en función a la consulta de un colega sobre el beneficio y si seguía vigente en 2022.
BUEN DÍA, TENGO CLIENTES QUE YA TIENEN ESTE BENEFICIO. TIENEN QUE PRESENTAR IGUAL TODA LA DOCUMENTACION ?
MUCHAS GRACIAS
SALUDOS
El beneficio continúa para quienes ya lo tienen.
Para los automóviles nuevos a partir de ahora? No es más automático por el código de activad
La misma consulta, qué sucede con quienes ya tienen el beneficio, ¿deben renovarlo? Gracias!
El beneficio continúa para quienes ya lo tienen.
Consulta, tengo varios clientes que ya gozan del beneficio hace años, se tiene que presentar igual toda la documentacion que figura ahi ?
El beneficio continúa para quienes ya lo tienen.