Las Empresas Elegibles serán las MIPyME hasta tramo I inclusive categorizadas con 2 años o más de actividad económica verificable y no deben poseer deuda fiscal y previsional exigible.
El Reglamento Operativo del mencionado Programa establece los términos, condiciones y procedimientos a ser observados por las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas interesadas en participar del mismo.
Resolución 20/2021
RESOL-2021-20-APN-SPYMEYE#MDP
Ciudad de Buenos Aires, 07/04/2021
VISTO el Expediente N° EX-2021-28093164- -APN-DGD#MDP, las Leyes Nros. 24.467 y sus modificaciones y 25.300 y sus modificatorias, los Decretos Nros. 11 de fecha 7 de enero de 2014 y 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, las Resoluciones Nros. 1.212 de fecha 1 de octubre de 2014 de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA y 132 de fecha 31 de marzo de 2020 del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, el Contrato de Préstamo BID Nº 2923/OC-AR suscripto por el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) y la REPÚBLICA ARGENTINA, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Nº 11 de fecha 7 de enero de 2014, se aprobó el Modelo de Contrato de Préstamo BID AR-L1145, con destino al PROGRAMA DE APOYO A LA COMPETITIVIDAD PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (MiPyME), el que fuera suscripto bajo la denominación Contrato de Préstamo BID Nº 2923/OC-AR por el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) y la REPÚBLICA ARGENTINA con fecha 26 de marzo de 2014.
Que por el Artículo 4º del citado decreto, la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA fue designada como Organismo Ejecutor del PROGRAMA DE APOYO A LA COMPETITIVIDAD PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (MiPyME).
Que por el Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta el nivel de Subsecretaría, estableciendo entre los objetivos de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, el carácter de Autoridad de Aplicación en la aplicación de las normas correspondientes a los Títulos I y II de las Leyes Nros. 24.467 y sus modificaciones y 25.300 y sus modificaciones, como así también las competencias de la SUBSECRETARÍA DE LA PRODUCTIVIDAD Y DESARROLLO REGIONAL PYME de dicha Secretaría.
Que mediante la Resolución Nº 1.212 de fecha 1 de octubre de 2014 de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA y a fin de implementar la ejecución del PROGRAMA DE APOYO A LA COMPETITIVIDAD PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (MiPyME), se aprobó el Reglamento Operativo de conformidad con lo establecido en el “Apartado a) de la Cláusula 3.02 Condiciones previas al primer desembolso del Capítulo III – Desembolsos” del Contrato de Préstamo BID Nº 2.923/OC-AR.
Que el Reglamento Operativo del mencionado Programa establece los términos, condiciones y procedimientos a ser observados por las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas interesadas en participar del mismo.
Que, con el objetivo de incentivar el desarrollo y competitividad de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, y de conformidad a los fundamentos expuestos por la SUBSECRETARÍA DE LA PRODUCTIVIDAD Y DESARROLLO REGIONAL PYME, resulta necesario establecer UNA (1) nueva convocatoria para la presentación de Proyectos en el marco del Componente 1 Asistencia Técnica a MiPyMe del PROGRAMA DE APOYO A LA COMPETITIVIDAD PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (MiPyME).
Que para ello se requiere aprobar un nuevo Documento Ejecutivo para el Componente 1 Asistencia Técnica a MiPyMe.
Que en consecuencia se estima conveniente establecer una convocatoria específica para la presentación de Proyectos, expresada en el Documento Ejecutivo del Reglamento Operativo del PROGRAMA DE APOYO A LA COMPETITIVIDAD PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (MiPyME).
Que a los fines de coordinar y consensuar lineamientos estratégicos y prioridades en materia de políticas globales y sectoriales, relativas a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, se estima conveniente establecer un procedimiento de pre aprobación de Proyectos presentados en el marco del “Componente 1 Asistencia Técnica a MiPyMe”, otorgándole dicha atribución a un Comité de Pre Aprobación de Proyectos integrado por el Director Nacional del Programa, el señor Subsecretario de la Productividad y Desarrollo Regional Pyme, el Coordinador General, la Directora Nacional de Gestión y Política de la Pequeña y Mediana Empresa y el Director de Políticas Pyme.
Que en razón de las decisiones expresadas en las actas del Comité de Pre Aprobación, la Coordinación General del Programa aprobará o rechazará los proyectos conforme la facultad prevista en el punto 3.8 inciso xi) del Reglamento Operativo del Programa.
Que mediante las Notas obrantes como NO-2021-25811005-APN-DGPYPSYE#MDP y NO-2021-21321500-APN-DNFOIC#SAE en el expediente citado en el Visto, la Dirección General de Programas y Proyectos Sectoriales y Especiales, dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, solicitó al BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), la prórroga al plazo de desembolsos del Contrato de Préstamo BID Nº 2923/OC-AR y la “No Objeción” necesaria en relación a las Bases y Condiciones y los Anexos que regirán la presente Convocatoria.
Que, conforme a lo indicado en considerando inmediato anterior, el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) ha manifestado su “No Objeción” mediante la Nota CSC/CAR 1.014/2021, a las Bases y Condiciones y los Anexos y ha otorgado la prórroga mediante la Nota CSC/CAR 870/2021, por lo que el nuevo plazo vencerá el día 26 de marzo de 2022. Ambas notas se encuentran agregadas al expediente de la referencia como IF-2021-27969251-APN-DNGYPP-MDP e IF IF-2021-27966373-APN-DNGYPP-MDP, respectivamente.
Que la Dirección de Presupuesto, dependiente de la Dirección General de Administración de Industria, Pyme, Comercio y Minería de la SUBSECRETARÍA ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO ha tomado la intervención que le compete.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 4º del Decreto N° 11/14.
Por ello,
EL SECRETARIO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Convócase a la presentación de Proyectos de Desarrollo Empresarial PAC en el marco del Documento Ejecutivo del Préstamo BID 2923 OC/AR, cuyo Reglamento Operativo fue aprobado por la Resolución Nº 1.212 de fecha 1 de octubre de 2014 de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA.
ARTÍCULO 2°.- Apruébase el “Documento Ejecutivo Componente 1 Asistencia Técnica a MiPyMe”, por el cual se regirá la convocatoria, presentación y ejecución de Proyectos de Desarrollo Empresarial en el marco del PROGRAMA DE APOYO A LA COMPETITIVIDAD PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (MiPyME) de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO que, como Anexo I IF-2021-29226824-APN-SSPYDRP#MDP, forma parte integrante de la presente resolución. Asimismo, dicho Documento Ejecutivo regirá juntamente con el citado Reglamento Operativo, la convocatoria, presentación y ejecución de los Proyectos Prioritarios en el marco de la convocatoria específica del citado Programa.
ARTÍCULO 3°.- La Convocatoria citada en el Artículo 1º de la presente medida tendrá la vigencia establecida en el Anexo I de la presente resolución y será por un monto máximo de PESOS MIL OCHOCIENTOS SESENTA MILLONES ($1.860.000.000).
ARTÍCULO 4°.- Apruébase el “Modelo de Primer Testimonio de Escritura Pública para Empresa/s (Persona/s Jurídica/s)” que, como Anexo II IF-2021-29141286-APN-SSPYDRP#MDP, forma parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 5°.- Apruébase el “Modelo de Declaración Jurada” que, como Anexo III IF-2021-29148495-APN-SSPYDRP#MDP, forma parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 6°.- Apruébase la “Carta Compromiso para la Ejecución para la Ejecución del Proyecto de Desarrollo Empresarial (PDE)”, que como Anexo IV IF-2021-29155846-APN-SSPYDRP#MDP, forma parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 7°.- Apruébase el “Modelo de Certificación Contable para la Solicitud de Desembolso de Aportes No Reembolsables/Rendición de Cuentas” que, como Anexo V IF-2021-29159486-APN-SSPYDRP#MDP, forma parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 8°.- Apruébase la “Carátula para la Presentación de Productos Verificables” y la “Lista de Productos Verificables” que, como Anexo VI IF-2021-29165399-APN-SSPYDRP#MDP, forma parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 9°.- Apruébase la “Certificación Contable para la Presentación de Proyectos del Programa de Apoyo a la Competitividad para la Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyME) conjuntamente con el Certificado MiPyME” que, como Anexo VII IF-2021-29166356-APN-SSPYDRP#MDP, forma parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 10.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas de la Fuente de Financiamiento 2.2, del Programa 45, Actividad 43, de la Jurisdicción 51 – MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, Servicio Administrativo Financiero 362, para el Ejercicio 2021.
ARTÍCULO 11.-La presente medida comenzará a regir a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.
ARTÍCULO 12.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Guillermo Merediz
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 08/04/2021 N° 21197/21 v. 08/04/2021
Fecha de publicación 08/04/2021