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Aportes no reintegrables (ANR) para Pequeños Prestadores Turísticos (InTur) ¿Cómo solicitarlo? ¿Hasta cuando hay tiempo?

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El Programa de Incentivo para Inversiones Turísticas de Pequeños Prestadores (InTur) busca promover inversiones en micro y pequeños prestadores que mejoren su oferta de productos y servicios turísticos, fortaleciendo la cadena de valor del sector y el desarrollo de las economías regionales.

Se otorgorán aportes no reintegrables (ANR), los cuales se diferenciarán según características del prestador:

A) Para prestadores turísticos independientes, el monto máximo del ANR será de $500.000 y el aporte podrá ser de hasta el 100% del proyecto.

B) Para pequeños prestadores turísticos el monto máximo del ANR será de $1.000.000. Se podrá otorgar hasta el 80% del monto total de la inversión, debiendo el beneficiario aportar el 20% restante del proyecto como contraparte.

En ambos casos el monto mínimo del ANR es de $100.000 para todos los prestadores alcanzados.

¿Qué financia InTur?

  • Bienes de capital, equipamiento y otros activos tangibles: inversiones en bienes de capital (maquinarias, partes de maquinarias, etc.) y nuevo equipamiento en general, siempre que se encuentren directamente relacionados a la actividad principal del prestador turístico (mobiliarios, electrodomésticos, equipos, hardware y demás).
  • Adecuación, ambientación, ampliación o refacción de inmuebles: gastos de los materiales para la adecuación, ambientación, ampliación o refacción de bienes inmuebles que impliquen la generación y/o mejora de un servicio turístico. No se podrán incluir en este concepto gastos relacionados a mano de obra.

Inscripción

1. Ingresá a TAD

2. Cargá la información con los datos del prestador, adjuntá la IDEA PROYECTO y la documentación respaldatoria que te solicitan.

3. Cuando termines de subir la documentación en TAD, el sistema te va a asignar un número de expediente.


Pueden ver requisitos y demás condiciones en el siguiente link www.argentina.gob.ar/turismoydeportes/intur


Plazo para solicitar el Aporte No Reintegrable

20 días corridos contados a partir de su entrada en vigencia (4/8/2022)

 

 

Disposición 71/2022

MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO ESTRATÉGICO

DI-2022-71-APN-SSDE#MTYD

Ciudad de Buenos Aires, 02/08/2022

VISTO el Expediente N° EX-2022-71217736- -APN-DDE#MTYD, la Resolución N° 331 de fecha 6 de julio de 2022 del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución N° 331/22 del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES se creó el PROGRAMA DE INCENTIVO PARA INVERSIONES TURÍSTICAS DE PEQUEÑOS PRESTADORES (INTUR), con el objeto de fortalecer la cadena de valor del sector y mejorar la oferta turística, promover el desarrollo de las economías regionales e incentivar inversiones que se orienten al aprovechamiento sustentable de los recursos naturales y las energías renovables, crear empleo local sostenible, propiciar la equidad de género y favorecer el arraigo y el desarrollo humano en el territorio.

Que el mencionado Programa otorgará Aportes No Reintegrables (ANR) para micro y pequeños prestadores turísticos, domiciliados, constituidos o habilitados para actuar dentro del territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA que desarrollen por cuenta propia y como actividad principal servicios vinculados al turismo, quienes deberán presentar previamente un proyecto de inversión, el cual tendrá que ser aprobado.

Que el proyecto de inversión presentado deberá ser destinado a la adquisición de bienes de capital, equipamiento y otros activos tangibles, como así también, de materiales destinados a adecuación, ambientación, ampliación y/o refacción de inmuebles, siempre que tengan una conexión directa con su actividad principal.

Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 3° de la mencionada Resolución, se facultó a la SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO ESTRATÉGICO a efectuar convocatorias a personas humanas y jurídicas que desarrollen por cuenta propia y como actividad principal servicios vinculados al turismo para que presenten sus proyectos de inversión; evaluar las presentaciones que se efectúen en el marco del Programa; seleccionar los proyectos de inversión de conformidad con lo establecido en el Reglamento; prorrogar los plazos establecidos en la resolución y dictar las normas complementarias que estime necesarias para su implementación.

Que, por lo expuesto, se promueve la convocatoria a personas humanas y jurídicas que desarrollen por cuenta propia y como actividad principal servicios vinculados al turismo para que presenten sus proyectos de inversión, por el plazo de VEINTE (20) días corridos contados desde la entrada en vigencia de la presente medida.

Que la Dirección Nacional de Créditos e Inversiones Turísticas de esta Subsecretaría tomó intervención en el ámbito de sus respectivas competencias.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES, ha tomado intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nros. 50 de fecha 19 de diciembre de 2019, sus modificatorios, y 48 de fecha 10 de enero de 2020, y la Resolución N° 331/22 del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES.

Por ello,

LA SUBSECRETARIA DE DESARROLLO ESTRATÉGICO

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Convócase a personas humanas y jurídicas que desarrollen por cuenta propia y como actividad principal servicios vinculados al turismo en la REPÚBLICA ARGENTINA, para que en el plazo de VEINTE (20) días corridos contados a partir de su entrada en vigencia, presenten sus proyectos de inversión, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento del PROGRAMA DE INCENTIVO PARA INVERSIONES TURÍSTICAS DE PEQUEÑOS PRESTADORES (INTUR), aprobado por la Resolución N° 331/22 del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES.

ARTÍCULO 2°.- Establécese que la convocatoria mencionada en el artículo 1° quedara sujeta a disponibilidad presupuestaria.

ARTÍCULO 3°.- La presente medida comenzará a regir a partir del día hábil siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Eugenia Benedetti

e. 03/08/2022 N° 59165/22 v. 03/08/2022

Fecha de publicación 03/08/2022

Subsidio

3 comments

  1. paula 7 enero, 2023 at 22:04 Responder

    Quisiera saber los beneficiados del proyecto. Porque mas de veinte colegas que se presentaron, ninguno salió favorecido. Y con grandes proyectos de inversión.

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