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Aplicativo Bs. Personales Acciones y Participaciones Societarias V. 6 – Beneficio Cumplidores

El impuesto sobre los bienes personales correspondiente a las acciones y participaciones sociales -cuyos titulares sean personas físicas y/o sucesiones indivisas domiciliadas en el país o en el exterior, y/o sociedades y/o cualquier otro tipo de persona de existencia ideal domiciliada en el exterior-, deberá ser liquidado por los sujetos comprendidos en el artículo sin número incorporado a continuación del Artículo 25 de la ley del referido impuesto.

Tratándose de fideicomisos no financieros, quien asuma la calidad de fiduciario deberá efectuar la determinación e ingreso del gravamen correspondiente a los bienes que integran el fideicomiso.

Aplicativo Bs. Personales Acciones y Participaciones Societarias VERSIÓN: 6.0 R0

Novedades:

Incorpora la posibilidad de liquidar el impuesto considerando el beneficio establecido por el Capítulo II del Título III de Ley N° 27.743 de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes – art 65 – Contribuyentes Cumplidores.


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