La Mesa Directiva del CPCECABA dictó la Resolución 11/2019 de M.D., por medio de la cual introdujo modificaciones a la segunda parte de la Resoluc. C.D. N° 107/2018 que adoptaba la Segunda Parte de la Resolución JG N° 539/2018 (FACPCE) “Normas para que los estados contables se expresen en moneda de poder adquisitivo de cierre en un contexto de inflación en los términos de la sección 3.1 de la Resolución Técnica (RT) N° 17 y de la sección 2.6 de la Resolución Técnica (RT) N° 41, aplicables a los ejercicios o períodos intermedios cerrados a partir del 1° de julio de 2018”, extendiendo algunas simplificaciones e interpretando otras ya otorgadas.